Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 145
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 27 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 893
Córdoba, 14 de julio de 2016
VISTO:

El Expediente N 0521-050478/2016 del registro del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Ente Regulador de los Servicios Públicos propicia por Resolución N 1644/2016, la aprobación del nuevo Cuadro Tarifario para el servicio de agua potable a cargo del Concesionario Aguas Cordobesas SA.

Que en el marco de las normas vigentes, la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios, remitió al Ente Regulador de los Servicios Públicos la propuesta de modificación tarifaria, según las disposiciones contenidas en el numeral 9.2.7.1 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la ciudad de Córdoba.
Que lo propiciado surge en virtud de la presentación efectuada por la Empresa Aguas Cordobesas S.A., con fecha 18 de marzo de 2016, requiriendo la revisión tarifaria por incremento de costos en los términos del inciso iii del numeral 9.2.3.1 del referido contrato de concesión, siendo verificados los requisitos a efectos de su procedencia por el Ente de Control, en cumplimiento del punto 9.2.6 del Contrato.
Que se incorporan en autos las actuaciones seguidas al respecto, en especial el Acta N 03, de fecha 19 de mayo de 2016, elaborada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios, suscripta por los representantes del Concedente, de Fiscalía de Estado, del ERSeP y de la Concesionaria Aguas Cordobesas S.A..

Que por el acta referida se deja asentada la propuesta de modificación tarifaria, con mención de fundamentos y número de votos obtenidos, la que se integra por los ítems: Variación de los Costos del Concesionario generada en cambios de precios en el periodo julio 2015 a enero de 2016
del orden del 15,98% e implementación a partir del periodo julio de 2016.

Que conforme Resolución ERSeP N 1272/2016, se convoco a audiencia publica con las formalidades de ley y se formulo la propuesta de revisión tarifaria elaborada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios en el marco de las disposiciones contenidas en los numerales 9.2.3

Decreto N 707

y 9.2.7.2 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la Ciudad de Córdoba; teniéndose por cumplimentada la referida Audiencia Pública mediante Resolución ERSeP N 1644/2016.
Que habiéndose dado cumplimiento tanto en el aspecto formal como sustancial, al procedimiento previsto en el contrato de concesión para la fijación de una nueva tarifa numerales 9.2.7.2, 9.2.3.1, 9.2.3.2, 9.2.3.3 del contrato, pueden aprobarse los nuevos valores de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos con el N 100/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N 432/2016 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1.- APRUÉBANSE los nuevos valores tarifarios propuestos por mayoría de los miembros integrantes de la Mesa de Estudio de Valores Tarifarios y Precios, en Acta N 03, de fecha 19 de mayo de 2016, reconociendo en consecuencia una variación de costos del Concesionario generada en cambios de precios en el período de julio de 2015 a enero de 2016
del orden de 15,98% e implementación a partir del período julio de 2016
numeral 9.2.3.2 y 9.2.3.3 del Contrato de Concesión de conformidad al Anexo I, que compuesto de una 1 foja forma parte integrante del presente Decreto, debiendo remitirse las presentes actuaciones al Ente Regulador de Servicios Públicos ERSeP a los fines de su implementación, conforme lo dispuesto por la Ley N 9.279, modificada por la Ley N 9.339.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 3 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / DR. ING. FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO
DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO.

ANEXO: http goo.gl/gEgUim
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Ministerio de Agricultura y Ganadería propicia la declaración del estado de Emergencia y/o Desastre
tado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a productores agrícolas y productores ganaderos y tamberos afectados por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016; que se encuentran en las zonas afectadas que se determinan de acuerdo al criterio de cuenca hídrica, conforme el sistema de información territorial cartográfica georeferenciada.
Que con posterioridad al dictado de los mencionados instrumentos legales, se continuaron realizando nuevos relevamientos en distintas zonas del territorio provincial de los que surge que las Cuencas Río Carnero y Salsipuedes, Río Jesús María y Río Pinto, Rio Totoral y Arroyo Macha,
Agropecuario, según corresponde, a partir del 18 de Mayo de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, para diversas zonas que sufrieron los efectos adversos del fenómeno de anegamientos de suelos por lluvias extraordinarias durante los primeros cuatro meses del corriente año, incluyendo a productores que fueron afectados en su capacidad de producción en distintas áreas de esta Provincia como consecuencia del fenómeno mencionado.
Que mediante Decretos Nº 30/2016 y N 317/2016 se declaró en es-

Corral de Bustos y Arroyo del Pescadero, Río de los Tártagos y Río Seco y Sistema Río Dulce, así como las márgenes de ríos y canales en las cotas más altas de las cuencas anteriores resultaron también afectadas por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias.
Que en tal sentido se llevó a cabo una nueva reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria constando Acta Nro. 03/2016 labrada al efecto, de la que surge la necesidad de ampliar la declaración
Córdoba, 10 de Junio de 2016. VISTO:

El Expediente N 0436-000635/2016, del registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date27/07/2016

Page count7

Edition count4177

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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