Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

LUNES 25 DE JULIO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 143
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 712
Córdoba, 21 de junio de 2016
VISTO:

El Expediente N 0532-087964/2016 del registro de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que a los fines de contribuir a la eficiencia de la gestión de cobro judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora se hace necesario designar procuradores fiscales en el marco de la normativa que regula la actividad de éstos.
Que la Procuradora Fiscal que se designa por el presente instrumento legal cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir legajo que acredite los mismos y otorgar la fianza respectiva.
Por ello, las disposiciones del Decreto N 1205/2015, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N 13/2016, por el Área Legales del Ministerio de Finanzas bajo el N 230/16, por Fiscalía de Estado con el N
289/2016, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144
de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-DESÍGNASE como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora, a la abogada Lucila María UBIOS MORENO
OCAMPO M.I. Nº 25.456.068.

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 712 PAG. 1
Decreto Nº 182 PAG. 1
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución Nº 811 PAG. 2
Resolución Nº 812 PAG. 3
Resolución Nº 813 PAG. 3
Resolución Nº 814 PAG. 4
Resolución Nº 815 PAG. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA
Resolución Nº 74 PAG. 5

el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente.
Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que verifique el cumplimiento del otorgamiento de la fianza correspondiente y proceda a su aceptación.
Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de las designación dispuesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno, atento las condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINIS-

Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en
Decreto N 182
Córdoba, 11 de marzo de 2016
VISTO: El expediente N 0027-060240/2016 del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la autorización de pago de los gastos de pasajes aéreos de la comitiva integrada por siete personas de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

TRO DE FINANZAS / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

OECD, para concretar la Misión N 2 de Estudio de Caso, en función de la recolección de datos en esta ciudad, en cumplimiento del Convenio celebrado ente el Gobierno de la Provincia de Córdoba y el citado Organismo con fecha 17 de junio de 2015 y su Addenda de fecha 3 de marzo de 2016.
Que el señor Ministro de Finanzas, insta el trámite manifestando que el costo de los boletos de avión y alojamiento de la comitiva, según los términos de los Acuerdos suscriptos, son a cargo de la Provincia de Córdoba y los mismos no se encuentran incluidos en el presupuesto que integra el Convenio.

Que luce nómina de personas que integran la comisión de que se trata.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date25/07/2016

Page count6

Edition count4173

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

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