Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/04/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 21 de abril de 2015

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - T OMO DCIV - Nº 73

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 73
CORDOBA, R.A., MARTES 21 DE ABRIL DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

DIRECCIÓN GENERAL DE

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO DE

COMPRAS y CONTRATACIONES

EDUCACION

MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA
ESCUELAS DE NIVEL INICIAL Y PRIMARIO

Resolución N 11
Córdoba, 20 de Abril de 2015.VISTO: La Ley Nº 10.267 Fondo de Emergencia por Inundaciones y la Resolución N 194/2015 del Ministro de Gestión Pública que reglamenta dicha ley,
Clasificación en Grupo C de localización Resolución N 184

Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 10.267 crea el Fondo de Emergencia por Inundaciones y establece en el artículo 4 que todas las contrataciones de obras y/o bienes y/o servicios efectuadas en el marco de dicha ley deberán realizarse por el procedimiento de subasta electrónica.
Que según la Resolución N 194/2015 dictada por el Ministro de Gestión Pública en relación a la ley de referencia, esta Dirección General de Compras y Contrataciones deberá realizar las adecuaciones necesarias al Catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial a los efectos de la ejecución de la citada normativa.
Que en virtud de la competencia de la Dirección General de Compras y Contrataciones para administrar el Catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial, esta Dirección General dictó la Resolución N
10/2015 a través de la cual se incorporaron al Catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial los bienes subastables a los fines de la ejecución de la Ley N 10.267.
Que resulta pertinente la incorporación de bienes que sean objeto de la Ley N 10.267 al Catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial a los fines de cumplimentar lo dispuesto por el artículo 2 de la Resolución N
194/2015 del Señor Ministro de Gestión Pública.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gestión Pública bajo el N 211/2014, y en ejercicio de sus atribuciones;
LA DIRECTORA GENERAL
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA
R E S U E L V E:
Artículo 1 INCORPÓRESE al Catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial los bienes que como Anexo I se detallan en la presente, a los fines de la ejecución de la Ley N 10.267.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. M. GIMENA DOMENELLA
DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
ANEXO
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Córdoba, 7 de Abril de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0109-111271/12 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

Resolución N 186

Córdoba, 7 de Abril de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0109-117709/13 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

Que obran actuaciones relacionadas con la clasificación por localización de la Escuela de Nivel Primario DR.
CARLOS TAGLE ACHAVAL de Capital, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su personal docente y no docente.
Que por Resolución N 657/05 de este Ministerio, se clasificó al referido establecimiento educativo en el Grupo B
de localización, a partir del mes de noviembre de 2005 y se otorgó al personal del mismo la bonificación por localización del veinte por ciento 20% por dicho concepto.
Que posteriormente se procedió a incorporar una nueva Tabla de Puntuación de Bonificación por Localización correspondiente al citado centro educativo, de la cual se desprende que el porcentaje asignado comprende al Grupo C.
Que obran en autos los informes de las autoridades competentes que dan cuenta que la situación y las condiciones del sector donde se encuentra afincado el centro educativo ha variado, motivo por el cual corresponderá modificar el encuadramiento otorgado oportunamente, debiendo en consecuencia clasificar al aludido establecimiento en el Grupo C.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procedente en esta instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente CONTINUA EN PAGINA 2

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Que obran actuaciones relacionadas con la clasificación por localización de la Escuela de Nivel Inicial REYES
CATÓLICOS -Anexo IEE0730407 de Pampayasta Norte, Departamento Tercero Arriba, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2299/14
del entonces Departamento Jurídico y lo aconsejado por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales a fs. 16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CLASIFICAR en el Grupo C de localización a la Escuela de Nivel Inicial REYES
CATÓLICOS -Anexo IEE0730407 de Pampayasta Norte, Departamento Tercero Arriba, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonificación del cuarenta por ciento 40% a su personal docente y del veintiséis por ciento 26% a su CONTINUA EN PAGINA 2

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
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Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/04/2015 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date21/04/2015

Page count8

Edition count4177

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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