Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
Presupuesto de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF - Sociedad de Economía Mixta, en un todo de acuerdo al Convenio de Gerenciamiento y Administración de Proyectos, suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el Decreto N 1231/10 modificatorio de su similar N 1133/10 y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del precitado Decreto, la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación de precio de contrato, por lo que ha procedido a suscribir el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios por Reconocimiento de la primera y segunda Variación de Costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo prescripto en los artículos 13 y 14 del Anexo I al Decreto N 1231/10 modificatorio de su similar N 1133/10, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N 276/
12 y por Fiscalía de Estado bajo el N 0430/20l3

B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXXI - Nº 105

CÓRDOBA, 28 de junio de 2013

Convenio de Gerenciamiento y Administración de Proyectos, suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.

ARTÍCULO 5.- PROTOCOLICESE, dése intervención a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF. SEM, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura a sus efectos y archívese.

Que, el Tribunal de Disciplina Notarial informa que el Notario solicitante fue designado Adscripto al Registro Notarial cuya titularidad pretende mediante Decreto N 1400 del Poder Ejecutivo de la Provincia de fecha 29 de septiembre de 2009, habiendo ejercido funciones en forma ininterrumpida hasta el 7 de mayo de 2013, fecha en que se aceptó la renuncia de su titular por acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria y la del solicitante para acceder a la titularidad del mismo.
Que el Colegio de Escribanos de la Provincia, como el Tribunal de Disciplina Notarial se expiden favorablemente respecto a la petición de autos.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 29 de la Ley N 4183 t.o.
1975 y 33 de la Ley N 7491, modificatorio de la Ley 4183 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de la Jefatura de Gabinete y por Fiscalía de Estado bajo los Nros. 0257/13 y 473/13 respectivamente, y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

ARTÍCULO 1.- DESIGNASE al Notario Agustín Armando LAZZARINI D.N.I. N 27.390.235 - Clase 1979, como Escribano Titular del Registro Notarial N 382 con asiento en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Departamento Punilla, de la Provincia de Córdoba.

ARTICULO 3.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Agencia Córdoba de Inversión. y Financiamiento ACIF S.E.M. a suscribir la Enmienda de Contrato por Redeterminación de Precios y a requerir de la contratista la integración del importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la primera y segunda Variación de Costos de los trabajos modificatorios faltantes de ejecutar en la Obra: CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO
HOSPITAL PASTEUR, UBICADO EN RUTA N 9 ESQUINA
CALLE BUCHARDO - VILLA MARIA - DEPARTAMENTO; GENERAL SAN MARTIN PROVINCIA DE CÓRDOBA, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CUATRO MIL CIENTO
OCHENTA Y SEIS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS $
1.504.186,73 suscripta con fecha 31 de mayo de 2012, entre el señor Director General de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ por una parte, y los Apoderados de la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., señores Rodolfo Adalberto GRASSI y Miguel Ángel ROSSI, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de TRES 3 fojas, integra el presente decreto.

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO: http boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/resol.531anexo.pdf
Decreto Nº 702

Córdoba, 7 de junio de 2013

VISTO: El Expediente Letra LN 24/13, Registro del Tribunal de Disciplina Notarial.

ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministro Jefe de Gabinete y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

y CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 2.- El egreso que asciende a la suma de PESOS
UN MILLÓN QUINIENTOS CUATRO MIL CIENTO OCHENTA
y SEIS CON SETENTA y TRES CENTAVOS $ 1.504.186,73, estará a cargo de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF - Sociedad de Economía Mixta, conforme
Que por las presentes actuaciones el Escribano Agustín Armando LAZZARINI, Adscripo al Registro Notarial N 382, con asiento en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Departamento Punilla, solicita a su favor la titularidad de dicho Registro.

DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

SECRETARÍA DE

INGRESOS PÚBLICOS
Resolución Nº 26

Córdoba, 26 de junio de 2013

1 Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

VISTO: El expediente N 0473-049946/2013.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1356/10 se dispuso un régimen de facilidades de pago de carácter permanente.
Que por los artículos 8º y 9º del Decreto Nº 1356/10, se facultó a esta Secretaría a establecer el porcentaje de anticipo que opera como primera cuota del plan y en función del tributo, antigedad de la deuda y/o características de los contribuyentes y/o responsables, la cantidad máxima de cuotas y los importes mínimos de las mismas.
Que atento a las facultades conferidas a esta Secretaría se procedió al dictado de la Resolución N
62/10 por medio de la cual se establecieron y reglamentaron distintos aspectos y/o condiciones para el otorgamiento de los planes de facilidades de pago en el marco del Decreto N 1356/10.
Que en esta oportunidad, se estima necesario disponer que los contribuyentes y/o responsables que posean Resolución Determinativa y/o de aplicación de sanciones de la Dirección de Policía Fiscal y se allanen a las pretensiones del Fisco, puedan acogerse a un plan de facilidades de pago de hasta 36 cuotas abonando como anticipo la primera cuota del respectivo plan.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal en Nota Nº 19/13 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 180/13,
ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR el apartado 1 del Artículo 1 de la Resolución de esta Secretaría N
62/10, por el siguiente:

CR. LUIS DOMINGUEZ
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE FINANZAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2013 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date28/06/2013

Page count10

Edition count4173

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Dernière édition05/07/2024

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