Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/11/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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La Legislatura de la Provincia de Córdoba sanciona con fuerza de Ley: 9337

Córdoba, 23 de noviembre de 2006

PODER EJECUTIVO
Decreto N 1578

Artículo 1º.RATIFÍCASE el Decreto No 218/05 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial Córdoba, 22 de Noviembre de 2006
en Acuerdo General de Ministros con fecha 6 de abril de 2005, mediante el cual se encomendó a la CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA S.A., la administración o venta de determinados Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9337, cúmplase, protocolicese, comuníquese, publíquese inmuebles pertenecientes al dominio privado del Estado Provincial, que como Anexo I, compuesto de en el Boletín Oficial y archívese.cinco 5 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2º.RATIFÍCASE el Decreto No 1275/06 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial en Acuerdo General de Ministros con fecha 2 de octubre de 2006, mediante el cual se aprueba la transferencia del dominio fiduciario a favor de la CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA S.A.
y a los fines de su venta, del inmueble donde funcionara la ex Escuela Gobernador Olmos, que como Anexo II, compuesto de cuarenta y seis 46 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 3º.AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a transferir a la CORPORACIÓN
INMOBILIARIA CÓRDOBA S.A., el dominio fiduciario de los inmuebles que se describen a continuación, a los fines de su venta mediante el sistema de Licitación Pública, cuyo precio base no podrá ser inferior a la tasación que realice el Consejo General de Tasaciones:
a Predio ubicado en la parte Sud de la Ciudad de Córdoba, barrio Rogelio Nores Martínez, comprendido entre el terreno de la vía del Ferrocarril a Malagueño calle de por medio que la limita por el Este y Sud; al Norte la calle separativa del parque cuya extensión es de cuatrocientos 400
metros; al Oeste la calle que lo separa de los lotes Nos 170, 190, 203 y 215 de la Nueva Córdoba, teniendo este frente ochocientos noventa y un 891 metros, todo de acuerdo al plano que cita el título, confeccionado por el Departamento de Ingenieros y autorizado el 19/04/1898. La superficie total es de treinta y tres 33 hectáreas y su nomenclatura catastral 01010411020001, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula 714.818 del Departamento Capital. De esta mayor superficie, la Dirección de Catastro de la Provincia confeccionó Plano de Mensura y Subdivisión No 3247, visado con fecha 2 de Noviembre de 2006 Expte. 0047-0121225/05, ciñéndose la presente autorización a las siguientes fracciones ubicadas en la Manzana Veinte 20: Lote Siete 7 de ciento noventa mil ochocientos veintidós metros con ochenta y seis decímetros cuadrados 190.822,86
m2; Lote Ocho 8 de cinco mil cuatrocientos cuarenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados 5.440,62 m2; Lote Nueve 9 de cuatro mil novecientos cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados 4.904,54 m2; Lote Diez 10 de cuatro mil novecientos cincuenta y siete metros con veinticinco decímetros cuadrados 4.957,25 m2; Lote Once 11 de cinco mil setecientos cincuenta y cinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados 5.755,32 m2 y Lote Doce 12 de cinco mil ochocientos ocho metros con ocho decímetros cuadrados 5.808,08 m2, y b Predio correspondiente a la Estación Mitre que perteneciera al Ferrocarril General Mitre, ubicado dentro de las calles Bv. Perón, 24 de Septiembre, Costanera Río Primero y Poeta Lugones de la Ciudad de Córdoba, y conformado por las siguientes fracciones que se designan como Lotes Siete 7, Ocho 8, Nueve 9, Diez 10 y Once 11, inscriptos en el Registro General de la Provincia bajo las Matrículas Nos 1.039.621, 1.039.622, 1.039.623, 1.039.624 y 1.039.625, respectivamente, todos del Departamento Capital. El dominio consta a nombre del Estado Nacional Argentino, habiendo sido adquirido por la Provincia de Córdoba mediante boleto de compraventa inmobiliaria aprobado por Decreto No 2435/99. La autorización otorgada por medio de la presente Ley se encuentra condicionada al otorgamiento de la escritura traslativa de dominio por parte del titular registral a favor de la Provincia de Córdoba, facultándose al Poder Ejecutivo Provincial a constituir hipoteca en primer grado a favor del vendedor, para garantizar el saldo de precio del contrato en cuestión.
Artículo 4º.ESTABLÉCESE que la totalidad de los fondos obtenidos con la realización de los bienes inmuebles descriptos en el artículo anterior, serán destinados específicamente a la financiación de las siguientes erogaciones de capital, en la proporción que para cada una de ellas disponga el Poder Ejecutivo Provincial:
a Refacción, remodelación y refuncionalización del Museo Palacio Ferreyra;
b Refacción, remodelación y refuncionalización del Museo Provincial Emilio Caraffa, con la incorporación del inmueble que ocupara el Instituto Provincial de Educación Física IPEF;
c Construcción de la obra Paseo del Buen Pastor en el predio que ocupara la Cárcel de Mujeres Buen Pastor;
d Refacción y refuncionalización del nuevo Museo de Ciencias Naturales que funcionará en el inmueble del ex Foro de la Democracia, y e Obras de infraestructura básica.
Artículo 5º.-

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE
CÓRDOBA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS
GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

FRANCISCO FORTUNA
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
SR. JORGE LUCIANO MONTOYA
MINISTRO DE GOBIERNO, COORDINACION Y
POLÍTICAS REGIONALES
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/11/2006 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date23/11/2006

Page count4

Edition count4173

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