Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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Córdoba, 20 de noviembre de 2006

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN

DIRECCIÓN DE TRANSPORTE

Art. 1. Decreto 003/04

RESOLUCION Nº 383

El Poder Ejecutivo Provincial, en uso de las atribuciones del Artículo144 inc. 9º de la Constitución de Córdoba, ha procedido a remitir a la aprobación de la Legislatura Provincial, la propuesta de designación como Vocal del Superior Tribunal de Justicia del Dr. Carlos Francisco García Allocco.
En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 003/04, se efectúa la presente publicación de todos los datos curriculares del propuesto, a fin que, durante los próximos 15 días, la ciudadanía y sus organizaciones sociales, culturales, económicas, laborales y jurídicas, presenten ante el Ministerio de Justicia del Gobierno de Córdoba, por escrito y fundadamente, sus opiniones, consideraciones, observaciones u objeciones que consideren de interés en relación a las condiciones morales y técnicas del postulante y su compromiso con los principios fundamentales de la Constitución Nacional y Provincial.
INFORMACIÓN PERSONAL
Carlos Francisco García Allocco.
Fecha de Nacimiento: 16 de agosto de 1949
Lugar de Nacimiento: Córdoba, República Argentina L.E. . N: 8.009.435
Edad: 57 años Estado civil: Casado Nombre del cónyuge: Norma N. BERMEJO
Hijos: Diego Rafael, Carlos Sebastián y María de los Ángeles.
Domicilio: Belgrano N 643- MARCOS JUAREZ Cba.
ESTUDIOS
Estudios primarios en Colegio Jesuita San José de la ciudad de Córdoba.
Estudios secundarios en Liceo Militar General Paz de la ciudad de Córdoba.
Estudios Universitarios en la Facultad de Derecho y Cs. Sociales de la Universidad Nacional de CórdobaTítulo de Abogado: 04-12-72.
Estudios de Post Grado Capacitación Profundizada en Derecho Judicial Universidad Católica de Santa Fe. Año 2003.
CARRERA JUDICIAL
Escribiente ad honorem en el Juzgado Civil y Comercial de 12 Nominación de la ciudad de Córdoba desde 1970.
Aspirante en el Juzgado Civil y Comercial de 12 Nominación de la ciudad de Córdoba desde 1972.
Secretario de Primera Instancia en el Juzgado Civil, Comercial y Paz Letrado de la ciudad de Marcos Juárez Cba. desde 1973.
Secretario Letrado de Cámara Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Contencioso Administrativa de Bell Ville Cba. desde 1978.
Asesor Letrado y Procurador del Trabajo en Bell Ville Cba. desde 1986.
Juez de Instrucción y Faltas de Bell Ville Cba. desde 1988.
Vocal de Cámara Civil, Comercial, Familia, Trabajo y Contencioso Administrativa de Marcos Juárez Cba. desde 1991 hasta la fecha.
ACTIVIDADES DOCENTES
Escuela Nacional Nocturna Esteban Echeverría de la ciudad de Marcos Juárez secundario en materias jurídicas.
Instituto María Inmaculada y Centros de Estudios del Sur ambos terciarios de Marcos Juárez en materias jurídicas.
Centro de Perfeccionamiento Ricardo Núñez.
ACTIVIDADES INSTITUCIONALES
Integrante de la Sala Laboral, Contencioso Administrativa y Electoral del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba por el período 2000/2002.
Integrante de la Sala Laboral, Contencioso Administrativa y Electoral del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba por el período 2002/2004.
Consejero Titular del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba, por el estamento Jueces y Fiscales de la Sección Electoral Segunda, por el período 2004/2006.
Consejero Titular del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba, por el estamento Jueces y Fiscales de la Sección Electoral Segunda, desde 2006 hasta la actualidad.
Miembro Titular de la Comisión Directiva de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia de Córdoba, por el período 2002/2004.
Coautor de experiencias piloto, en la Jurisdicción Marcos Juárez del Poder Judicial de la Provincia, destinadas al mejoramiento del servicio de justicia Oficiales de Justicia y Notificadores, Médicos Forenses, archivo regional, etc..
Centro de Perfeccionamiento Ricardo Nuñez como Miembro integrante del Primer Comité de Necesidades y Planificación Acuerdo n 341 Serie A del 10-12-96 T.S.J.
OTROS ANTECEDENTES
Disertante en el Centro de Capacitación del Poder Judicial, Dr. Ricardo Núñez, en el Seminario sobre Medidas Cautelares.
Disertante invitado por la revista El Foro sobre Beneficio de Litigar sin gastos.
Coautor, con el Dr. Oscar H. Vénica de capítulos del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba, Comentado y concordado Tomos IV, V y VI.
Publicaciones varias en revistas especializadas Semanario Jurídico y La Ley Córdoba, sobre temas de Derecho Procesal.
MINISTERIO DE JUSTICIA
3 DÍAS - 22/11/2006

Córdoba, 2 de Noviembre de 2006
VISTO: Que en este expediente Nº 0048.29501/06 la empresa LUMASA VIAJES
S.R.L. solicita se le otorgue la pertinente autorización a los fines de prolongar el servicio de transporte de pasajeros desde la Ciudad de VILLA CARLOS PAZ hasta la Ciudad de LA
FALDA, en la modalidad de regular común.
Y CONSIDERANDO:
Que el pedido formulado por la recurrente se encuentra previsto en el Artículo 9º inciso A-1 de la Ley Nº 8669 reglamentada mediante Decreto Nº 254/03 que determina los requisitos a cumplimentar por la prestataria.
Que consta información acompañada de copias respaldatorias de la que surge que la solicitante es prestataria de servicio regular diferencial con recorrido por distintas localidades de la Provincia, como así también de servicio regular común en el tramo comprendido entre las Ciudades de CORDOBA y VILLA CARLOS PAZ, a tenor de lo dispuesto mediante Resolución 314/03.
Que se han considerado relevantes las notas de solicitud de prestación y respaldo a los servicios, remitidos por la autoridades municipales y comunales de las Ciudades de LA FALDA, VALLE HERMOSO, PARQUE SIQUIMAN, BIALET MASSE y SAN ROQUE, los que manifiestan un marcado interés en contar con la aprobación de la factibilidad de servicios que beneficie a los habitantes de sus respectivas jurisdicciones con localidades vecinas, y no sólo respecto de aquellas asentadas sobre Ruta 38, sino también de la existente sobre Ruta E-55, que posee un sector totalmente carente de prestación de transporte regular. Fundamentan su presentación, entre otras, en razones de índole laboral, educativa, sanitaria, y de integración socio-económica sumados a los que son propios de la estacionalidad de la región de características marcadamente turísticas y de esparcimiento.
Que las necesidades de mayor prestación, de mejora de eficacia en los existentes o de prestación en sectores carentes han sido corroboradas mediante informe solicitado a la Autoridad de Control, el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia.
Que con el objeto de aportar principio de solución a las distintas problemáticas de transporte planteados en la región recorridas por las Rutas 38 y E-55, el área de Ingeniería de Transporte
realizó un análisis integral, el que concluye con la sugerencia de autorizar prolongación de servicio regular común a la empresa LUMASA VIAJES
S.R.L. con carácter experimental y precario, y de conformidad al marco de la preceptuado por el Artículo 6º de la Ley Nº 8669, que consiste en autorizar la prolongación de servicio en la modalidad de regular común a prestar por la empresa en el tramo comprendido entre las Ciudades de CORDOBA y LA FALDA, consideradas ambas ciudades como puntos terminales de ruta, con recorridos sobre Rutas 38 y E-55, de acuerdo al detalle efectuado en el informe obrante en el expediente, conceptos que son compartidos por esta Dirección.
Por ello y atento las constancias obrantes en el expediente y a las facultades conferidas por el Artículo 25º inciso A de la Ley Nº 8669 y lo establecido por el Artículo 9 - A del Decreto Nº 254/03, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTOR DE LA
DIRECCION DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR a la empresa LUMASA VIAJES S.R.L. para que con carácter experimental y precario y por el término de UN
1 año , preste un Servicio Regular Común de transporte público de pasajeros entre las localidades de CORDOBA - LA FALDA, con el recorrido que a continuación se detalla:
1 Arribado a la Ciudad de VILLA CARLOS PAZ
proveniente de CORDOBA, transitará por el denominado Camino de las Cien Curvas, Ruta E-55 que la une con la localidad de SAN ROQUE, BIALET MASSE, sobre Ruta 38 con destino final en la Ciudad de LA FALDA y viceversa.
2 Arribado a la Ciudad de VILLA CARLOS PAZ
proveniente de CORDOBA, transitará por Ruta 38 en recorrido hasta la Ciudad de LA FALDA y viceversa.
ARTÍCULO 2º.- FACULTAR al Departamento Técnico de Transporte a determinar la diagramación horaria y habilitar el parque móvil que se afectará al servicio, ajustado todo a la demanda efectiva.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, comunicación al Poder Ejecutivo y pase al Departamento Técnico de Transportes.
DR. JORGE ANÍBAL MONAYAR
DIRECTOR
DIRECCIÓN DE TRANSPORTE

ACUERDOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERINTENDENCIA

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES - SERIE A En la ciudad de CÓRDOBA, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil seis, con la Presidencia de su titular el Dr. Luis Enrique RUBIO, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN y María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, con la intervención del señor Fiscal General de la Provincia, Dr. Gustavo VIDAL LASCANO y la asistencia del Director General de Superintendencia Dr. Miguel Ángel DEPETRIS y ACORDARON:
Y VISTO: La solicitud efectuada por la Comisario Jefa del Deposito de Armas y Efectos Secuestrados Tribunales II, de que se considere la posibilidad de proceder a la incineración de efectos secuestrados cuyas Cooperaciones Técnicas corresponde a los años 2002 y anteriores.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2006 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date20/11/2006

Page count5

Edition count4175

Première édition01/02/2006

Dernière édition10/07/2024

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