Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/4/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XIX ARTICULO 2º- Una vez determinado el monto definitivo para el año 2010 el mismo se deberá liquidar retroactivamente al 1º de enero del ejercicio en vigencia, de corresponder.
ARTICULO 3º- La liquidación indicada en el artículo precedente, no podrá exceder la suma equivalente a la remuneración bruta mensual, excluidas las asignaciones familiares que corresponda percibir a cada agente de acuerdo a la categoría en que revista.
ARTICULO 4º- No corresponderá la liquidación del adicional en los casos que se indican a continuación: Licencias extraordinarias sin goce de haberes y aplicación de medidas disciplinarias de suspensión, cesantías y exoneración, en los meses que las mismas se produzcan o decreten.
ARTICULO 5º- De forma.
DANDREA
RESOL. Nº 17

22-02-10

ARTICULO 1º- Aprobar los gastos efectuados con afectación de fondos de la cuenta Pagadora Nº 1710682/7 - Ley Provincial Nº 211
del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, por la suma total de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS TREINTAY OCHO $
15.238,00 de acuerdo al detalle según el Anexo I que forma parte integrante de la presente, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º- Aprobar la rendición por el importe de PESOS
QUINCE MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y OCHO $
15.238,00.
ARTICULO 3º- Las erogaciones fueron registradas al ejercicio económico y financiero del año 2009, según Anexo II que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4º- De forma.
DANDREA
RESOL. Nº 18

22-02-10

ARTICULO 1º- Aprobar los gastos efectuados con afectación de fondos de la cuenta Pagadora Nº 1710650/6 - Ley Nacional Nº 26197 del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, por la suma total de PESOS VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE

Ushuaia, Lunes 26 de Abril de 2010 - Nº 2710

CON CUARENTA Y SIETE
CENTAVOS $ 20.779,47.- de acuerdo al detalle según el Anexo I
que forma parte integrante de la presente, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º- Aprobar la rendición por el importe de PESOS
VEINTE MIL SETECIENTOS
SETENTA Y NUEVE CON
CUARENTA Y SIETE CENTAVOS $ 20.779,47.-
ARTICULO 3º- Las erogaciones fueron registradas al ejercicio económico y financiero del año 2009, según Anexo II que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4º- De forma.

desde la CiudadAutónoma de Buenos Aires a la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, desde el día veintitrés 23 y hasta el día veintiséis 26 de Febrero de 2010 inclusive, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º- Autorizar la extensión de una orden de pasaje por los tramos BUENOS AIRES USHUAIA - BUENOS AIRES y la liquidación de viáticos correspondientes, los cuales serán afrontados con Fondos de Afectación Específica del sector.
ARTÍCULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias UGG
DANDREA 8850 - INCISO 371 y 372, del ejercicio económico financiero en viRESOL. Nº 19
23-02-10 gencia.
ARTÍCULO 4º- De forma.
ARTICULO 1º- Reconocer y autorizar la Comisión de Servicios del DANDREA
Señor Director Provincial de Capacitación y Proyectos Ing. RicarRESOL. Nº 21
25-02-10
do Luis SAPORITI D.N.I. Nº 10.266.578 y del Coordinador de ARTICULO 1º- Autorizar las CoProyectos de Energías Alternatimisiones de Servicios efectuada por vas, Sr. Juan Manuel GARCIA el Director de Administración FiTRABA, DNI Nº 29.531.355 a nanciera Sr. Juan Carlos DIAZ y el trasladarse desde la Ciudad AutóSr. Director de Reservorios y Evanoma de Buenos Aires a la Ciudad luación deAreas Petroleras Geólode Ushuaia, Provincia de Tierra del go Alejandro AGUIRRE, los cuaFuego, desde el día veintidós 22 les se trasladaron a la Ciudad de y hasta el día veintiséis 26 de Río Grande, Provincia de Tierra del Febrero de 2010 inclusive, por los Fuego, el día veinticinco 25 de motivos expuestos en los consideFebrero de 2010.
randos.
ARTICULO 2º- Autorizar la suma ARTICULO 2º- Autorizar la exde PESOS TRESCIENTOS $
tensión de una orden de pasaje por 300,00.- en concepto de liquidalos tramos BUENOS AIRES - ción de viáticos.
USHUAIA - BUENOS AIRES y ARTICULO 3º- El gasto que dela liquidación de viáticos corresmande el cumplimiento de la prepondientes, los cuales serán afronsente deberá ser imputado a las partados con Fondos de Afectación tidas presupuestarias UGG 8850 Especifica del sector.
INCISO 372, del ejercicio econóARTICULO 3º- El gasto que demico y financiero en vigencia.
mande el cumplimiento de la preARTICULO 4º- De forma.
sente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias UGG
DANDREA
8850 - INCISO 371 y 372, del ejercicio económico financiero en viRESOL. Nº 22
01-03-10
gencia.
ARTICULO 4º- De forma.
ARTÍCULO 1º- A partir del día veintisiete 27 de Febrero de 2010, DANDREA reasumen sus funciones el Señor Director Provincial de CapacitaRESOL. Nº 20
23-02-10 ción y Proyectos Ing. Ricardo SAPORITI y el Coordinador de ProARTÍCULO 1º- Autorizar la Coyectos de Energías Alternativas Sr.
misión de Servicios del Señor DiJuan Manuel GARCIA TRABA.
rector Provincial de Asuntos JuríARTÍCULO 2º- De forma.
dicos y Licitaciones, Dr. Omar Amilcar ESPOSITO, a trasladarse DANDREA

RESOL. Nº 23

3
01-03-10

ARTICULO 1º- Reconocer y autorizar la Comisión de Servicios efectuada por el Jefe de Departamento Control Fiscalización Ambiental Sr. Juan Carlos LEAL, Legajo Nº 12576145/00, el cual se traslado a la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, el día veintiséis 26 de Febrero de 2010.
ARTICULO 2º- Autorizar la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA $ 150,00.- en concepto de liquidación de viáticos.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias UGG
8850 - INCISO 372, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4º- De forma.
DANDREA
RESOL. Nº 24

02-03-10

ARTÍCULO 1º- Liquidar a partir del 1º de Enero de 2010 la Bonificación Anual Colectiva, a todo el personal de Planta Permanente de la Secretaría de Hidrocarburos detallados en elAnexo I el cual forma parte integrante de la presente, según lo establecido mediante acuerdo de fecha 03 de abril de 2008, homologado por Resolución Nº 084/08 de la Secretaria de Trabajo y al Acuerdo de fecha 20 de marzo de 2009.
ARTÍCULO 2º- La liquidación indicada en el artículo precedente, no podrá exceder la suma equivalente a la remuneración bruta mensual, excluidas las asignaciones familiares, que corresponda percibir a cada agente de acuerdo a la categoría en que revista.
ARTÍCULO 3º- No corresponderá la liquidación del adicional en los casos que se indican a continuación: Licencias extraordinarias sin goce de haberes, en situación de comisión de servicio, en situación de adscripto, en situación de disponibilidad y encontrándose cumpliendo medidas disciplinarias de suspensión, cesantías y exoneración.
ARTÍCULO 4º- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
DANDREA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/4/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date26/04/2010

Page count35

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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