Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 5/4/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
"2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO"
AÑO
XIX - Ushuaia, Lunes 05 de Abril de 2010 - Nº 2701
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Nº 2701
AÑO XIX
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU
Sr.RubénAlbertoBAHNTJE
M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS
Lic.AmandaRuthDELCORRO
MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO
Sr.SergioDanielALVAREZ
Dr.MarceloOscarECHAZU
Prof.AndreaMaríaCERVANTES
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sra.LilianaGracielaPRELI
Dra.EleonoraLucíaDEMAIO
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA
Dr.NicolásJuanLUCAS
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 05 de Abril de 2010
25-03-10 miento de la Cuestión Malvinas con el objeto de desarrollar prograVISTO el Convenio suscripto enmas de coordinación de políticas tre el Observatorio Parlamentario consensuadas en un ámbito partiCuestión Malvinas - y la Provincipativo.
cia de Tierra del Fuego,Antártida e Que en virtud de ello la Provincia Islas del Atlántico Sur de fecha 12 adopta como medida la de crear un de Febrero de 2007, registrado bajo Observatorio Provincial sobre la el número 11869 y aprobado mecuestión Malvinas, que revestirá el diante resolución Nº 12/07 de la carácter de cuerpo colegiado.
Legislatura Provincial, y Que dicho cuerpo colegiado dependerá funcionalmente de la SeCONSIDERANDO:
cretaría de Relaciones InstitucioQue la Honorable Cámara de Dipunales, dentro del ámbito del Mitados de la Nación creó en fecha 29 nisterio de Gobierno, Coordinación deJuniode2006elObservatorioParGeneral y Justicia.
lamentario - Cuestión Malvinas -.
Que la suscripta se encuentra faQue la Provincia de Tierra del Fuecultada para dictar el presente acto go suscribió el Convenio del visto administrativo en virtud de lo discon este Observatorio a fin de copuesto en el Artículo 135º de la ordinar acciones destinadas a estuConstitución Provincial.
diar la Cuestión Malvinas.
Que con la aprobación de la Ley Por ello:
Nacional Nro. 26.552 que define LA GOBERNADORA DE LA
los espacios territoriales de la ProPROVINCIA DE TIERRA DEL
vincia de Tierra del Fuego, es meFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
nester promover e impulsar un ámDEL ATLANTICO SUR
bito de análisis, discusión y seguiD E C R E TA:
DECRETO Nº 738
ARTICULO 1º- Crear el Consejo Asesor, denominado - Observatorio Malvinas - que dependerá funcionalmente de la Secretaría de Relaciones Institucionales dentro de la estructura del Ministerio de Gobierno, Coordinación General y Justicia.
ARTICULO 2º- Establecer que dicho Cuerpo Colegiado estará integrado por un representante a designar por la Secretaría de Relaciones Institucionales, un representante de los centros de excombatientes de Malvinas, un representante de los partidos políticos acreditados en la Provincia, un representante de la Legislatura de la Provincia de Tierra del Fuego y un representante de las Organizaciones no Gubernamentales relacionadas a la temática, y todo organismo público o privado relacionado con el tema que así lo solicite y sea aprobado por el Consejo Asesor, cuyas funciones serán de carácter ad-honorem.
ARTICULO 3º- Establecer que luego de conformado el Consejo Ase-
sor el mismo deberá fijar un Reglamento Interno de funcionamiento en el plazo de noventa 90 días y sus resoluciones tendrán el carácter de recomendaciones al Poder Ejecutivo Provincial.
ARTICULO 4º- Imputar el gasto que demandelapresentealaspartidaspresupuestariasdelEjercicioEconómico FinancieroenvigenciaUGG7606.
ARTICULO 5º- Solicitar al Observatorio Parlamentario - Cuestión Malvinas - de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que en el mismo participe un representante del Consejo Asesor - Observatorio Malvinas - de la Provincia de Tierra del Fuego.
ARTICULO 6º- Comunicar a quienes corresponda, notificar al Observatorio Parlamentario - Cuestión Malvinas de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Manuel F. BENEGAS
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"