Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 9/4/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO"
AÑO"2010
XIXAÑO
- DEL
Ushuaia, Viernes 09 de Abril de 2010 - Nº 2703

1
Nº 2703

AÑO XIX

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU

Sr.RubénAlbertoBAHNTJE

M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS

Lic.AmandaRuthDELCORRO

MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO

Sr.SergioDanielALVAREZ

Dr.MarceloOscarECHAZU

Prof.AndreaMaríaCERVANTES

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sra.LilianaGracielaPRELI

Dra.EleonoraLucíaDEMAIO

Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA

Dr.NicolásJuanLUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 09 de Abril de 2010
DECRETO N 797

31-03-10 ARTICULO 2º- De forma.

ARTICULO 1º- Modificar el artículo 2º del Decreto Provincial Nº 907/00; el cual quedará redactado de la siguiente manera: Modificar el punto 5 del Anexo I del Decreto Provincial Nº 215/98; el que quedará redactado de la siguiente manera. 5.- El no usufructo del período de Descanso Anual por parte del funcionario de Nivel Político en el tiempo, no generará derecho a resarcimiento alguno excepto en caso de renuncia y/o cese de funciones, el que se abonará con la liquidación final, prohibiéndose la acumulación de períodos no gozados. Cuando ocurra una modificación de cargo, existiendo continuidad laboral con el mismo organismo, no se entenderá que existe cese de funciones, por lo tanto se computarán los días de licencia anual que corresponda, sin considerar interrupciones para el goce de la misma. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.

VISTO el Expediente Nº 14772GM/09, del registro de esta Gobernación; y
Que el mismo se suscribió con fecha veintiocho 28 de Octubre de 2009 y registrado Bajo el Nº 14201, resultando procedente su ratificación.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135º de la Constitución Provincial.

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la ratificación del Convenio Estado - Organizaciones Sociales Coordinación deAcciones para la Satisfacción de Intereses Comunes a través del Esfuerzo Mancomunado, suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Sr. Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia Dr. Guillermo HoracioARAMBURU y la Central de Trabajadores de la Argentina - CTA -, representada por el Secretario General Dn. JorgeAlfredo PORTEL.

RIOS
Por ello:
Guillermo H. ARAMBURU
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL DECRETO N 799
31-03-10
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
ARTICULO 1º- Rectificar el priD E C R E T A:
mer considerando del Decreto Provincial Nº 439/10, el que quedará ARTICULO 1º- Ratificar en sus redactado de la siguiente manera:
trece 13 cláusulas, el Convenio Que mediante la misma se soliciregistrado bajo el Nº 14201, susta autorización para que el señor cripto el día veintiocho 28 de Secretario de Promoción EconómiOctubre de 2009, entre la Provinca y Fiscal, C.P. Fabio DELAMAcia de Tierra del Fuego,Antártida e TA, se traslade a la ciudad AutóIslas del Atlántico Sur, representanoma de BuenosAires entre los días da por el Sr. Ministro de Gobierveinticuatro 24 al veintiocho 28
no, Coordinación General y Justide febrero del corriente año, secia Dr. Guillermo HoracioARAMgún lo expuesto en el exordio.

RIOS
Rubén A. BAHNTJE
DECRETO N 798

31-03-10

BURU y la CTA, representada por el Secretario General de su Comisión Ejecutiva Provincia de Tierra del Fuego de la Central de Trabajadores de la Argentina, Dn. Jorge Alfredo PORTEL, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- De forma.

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 9/4/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date09/04/2010

Page count35

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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