Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/1/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS AÑO 2005

Martes 31 de enero de 2006

DECRETO N 369
La Rioja, 15 de marzo de 2005

DECRETO Nº 205
La Rioja, 08 de febrero de 2005
Visto: el Decreto Nº 004 de fecha 03 de enero del corriente año; y, Considerando:

Considerando:

92

992

0

17

2

1

1

0

F.F.

Increm.
CED

- Del importe total asignado al Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos, corresponden $ 30.000 a la Secretaría de Seguridad.

S.A.F. N 250 - D.G.A.M. y D.H.
S.A.F. N 256 - Policía de la Provincia Expte. Cód. B34 N 00129-8-05
Sbcon
Importe $ 50.000
$ 90.000
$ 20.000

Conc.

Organismo Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos Ministerio de Educación Subsecretaría de Infraestructura
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.

Clase
ANEXO I

Artículo 1.- Modifícanse los importes del Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.785, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley de Presupuesto N 7.785 como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria, a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto N 7.785.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Tipo
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Sbjur.

Artículo 1º.- Modifícanse los montos de los Fondos Rotatorios establecidos en el Anexo I del Decreto Nº 004 de fecha 03 de enero de 2005, correspondientes a los Servicios de Administración Financiera de los siguientes Organismos:
Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos, Policía de la Provincia y Ministerio de Educación, conforme se indica en el Anexo que forma parte integrante del presente Acto Administrativo.
Artículo 2º.- Incorpórase al Anexo I del Decreto Nº 004 de fecha 03 de enero de 2005, a la Subsecretaría de Infraestructura Escolar -S.A.F. Nº 410- dependiente del Ministerio de Educación, cuyo monto de Fondo Rotatorio se indica en el Anexo I del presente decreto.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

S.A.F.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Que los recursos transferidos a la Provincia se encuentran enmarcados en las disposiciones contenidas en la Resolución N
329/05 del Ministerio del Interior de la Nación.
Que el aporte constituye un recurso propio de la Provincia, única destinataria de los fondos transferidos de conformidad a la normativa que regula su ejecución, por lo que es propósito de esta Función Ejecutiva, en su carácter de órgano administrador y ejecutor del presupuesto provincial, transferir la suma de $ 150.000,00 a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos -S.A.F. N 259-, y $ 350.000,00 a la Policía de la Provincia -S.A.F. N 256.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785, faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la citada ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución N 02/05, Reglamentario de la Ley de Presupuesto N 7.785.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785 y 123 de la Constitución Provincial,
Jur.

Que mediante el citado acto administrativo se establecen los montos máximos para cada fondo rotatorio que se constituyan en el ámbito de la Administración Provincial, detallados en el anexo que forma parte integrante del mismo.
Que el Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos pone de manifiesto la necesidad de modificar los montos asignados en ese carácter por el Decreto Nº 004/05, a esa Jurisdicción y al de la Policía de la Provincia.
Que, por otro lado, ante la creación del Servicio de Administración Financiera de la Subsecretaría de Infraestructura Escolar, dependiente del Ministerio de Educación, corresponde su incorporación al Anexo I del decreto de cita, para permitir su normal funcionamiento.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva efectuar las modificaciones correspondientes al Anexo del Decreto Nº 004/05.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial,-

SAF Nº 250
400
410

Visto: el Expediente Código B34-N 00129-8-Año 2005, mediante el cual la Tesorería General de la Provincia en Nota N
20/05, informa el ingreso en la cuenta corriente del Gobierno Provincial, de la suma de $ 500.000,00 en concepto de aportes del Ministerio del Interior de la Nación; y,
111
TOTAL

500.000,00
500.000,00

Dismin.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/1/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date31/01/2006

Page count10

Edition count2476

Première édition02/01/1998

Dernière édition18/06/2024

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