Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/7/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO Nº 052
La Rioja, 07 de enero de 2005
Visto: el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 051/05 y el Decreto Nº 047 de fecha 10 de diciembre de 2003; y, Considerando:
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 051/05
reformula el nivel de Autoridades Superiores del Ministerio de Educación.
Que el Decreto Nº 047 de fecha 10 de diciembre de 2003 establece la Estructura Orgánica Funcional de la citada Jurisdicción.
Que el Ministerio de Educación ha elevado un proyecto por el cual se crean la Subdirección General de Administración Financiera bajo directa dependencia de la Dirección General de Administración y la Dirección de Administración con reporte directo a la Subsecretaría de Infraestructura Escolar.
Que, asimismo, la propuesta incluye un reordenamiento del reporte de las restantes Unidades Orgánicas desde el nivel de Direcciones Generales en línea descendente, adecuándolas a las modificaciones por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 051/05.
Que la Subsecretaría de Gestión Pública ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución de la Provincia y el Inciso 6
del Artículo 15º de la Ley Nº 7.632.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo directa dependencia de la Dirección General de Administración Financiera de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, la Subdirección General de Administración Financiera, la que tendrá como competencia el asistir a la Unidad Orgánica de reporte en el desarrollo de todos los procesos técnico-administrativos inherentes al cumplimiento de su misión.
Artículo 2º.- Créase el cargo con carácter de Funcionario no Escalafonado de Subdirector General de Administración Financiera.
Artículo 3º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Infraestructura Escolar la Dirección de Administración, la que tendrá la competencia siguiente:
1. Dirigir las actividades vinculadas a la administración de recursos económicos, financieros, presupuestarios y al mantenimiento de los distintos sistemas de información que de los mismos se desprende.
2. Implementar los procesos técnico-administrativos relativos a las contrataciones, licitaciones y compras que efectúe la Subsecretaría de Infraestructura Escolar.
3. Coordinar los procesos sectoriales de la administración financiera.
4. Entender en materia de la gestión patrimonial institucional, coordinando la asignación de cargos y el cumplimiento de la normativa vigente.
5. Entender en los procesos administrativos y técnicos inherentes a la rendición de cuentas.

Viernes 29 de julio de 2005

6. Relevar, identificar y sintetizar las demandas de capacitación de los recursos humanos dependientes de la Subsecretaría de Infraestructura Escolar, coordinando su satisfacción a través de las áreas competentes en la materia.
7. Producir informes relativos a precios testigos de los distintos artículos y demás bienes que adquiera la Subsecretaría de Infraestructura Escolar.
8. Producir información actualizada y consolidada para apoyar el proceso de toma de decisiones.
Artículo 4º.- Créase el cargo con carácter de Funcionario no Escalafonado de Director de Administración.
Artículo 5º.- Establécese que en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo su directa dependencia funcionarán las Unidades Orgánicas siguientes:
1. Instituto Provincial de Información y Evaluación del Sistema Educativo.
2. Dirección General de Despacho.
3. Dirección Legal y Técnica.
4. Coordinación del Centro Provincial de Información Educativa.
Artículo 6º.- Establécese que en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo su directa dependencia reportarán 4 cargos de Promotor Social Educativo con carácter de Funcionario no Escalafonado.
Artículo 7º.- Establécese que en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo directa dependencia de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Educativo funcionará la Dirección General de Planeamiento.
Artículo 8º.- Establécese que en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo directa dependencia de la Secretaría de Gestión Educativa funcionarán la Dirección General de Educación Obligatoria y la Dirección General de Educación Superior.
Artículo 9º.- Establécese que en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa funcionarán la Dirección General de Administración Financiera, la Subdirección General de Administración Financiera y la Dirección de Recursos Humanos.
Artículo 10º.- Establécese que en el ámbito del Ministerio de Educación y bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Infraestructura Escolar funcionarán la Dirección General de Proyectos, la Dirección General de Mantenimiento y la Dirección de Administración.
Artículo 11º.- Sustitúyese el Anexo I del Decreto Nº 047 de fecha 10 de diciembre de 2003 -Organigrama Funcional del Ministerio de Educaciónpor el Anexo I del presente decreto.
Artículo 12º.- El gasto que demande la aplicación del presente decreto será imputado -previa adecuacióna las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 13º.- Comuníquense las disposiciones del presente decreto a las Direcciones Generales de Presupuesto, de Gestión de Recursos Humanos y de Organización y Capacitación Administrativa, todas del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, a los efectos pertinentes.
Artículo 14º.- El presente decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
Artículo 15º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.I.C. y E. Paredes Urquiza, A.N., M.G. y D.H. - Buso, A.E., M.S. .
Busto, R.R., M.E. - Catalán, R.C., S.G. y L.G. a/c M.H. y O.P.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/7/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date29/07/2005

Page count18

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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