Boletin Judicial de Costa Rica del /23/1/2019

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Firmado digitalmente por
CARLOS ANDRES
CARLOS ANDRES TORRES SALAS
TORRES SALAS FIRMA FIRMA
Fecha: 2019.01.22 15:50:20 -0600

AÑO CXXV

La 23 febrero de enerodel del2016
2019
LaUruca, Uruca,San SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,miércoles lunes 1 de
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN
HUMANA DEL PODER JUDICIAL
SEGUNDA AMPLIACIÓN CONVOCATORIA CV-010-2018
La Corte Suprema de Justicia y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial, invitan al personal judicial activo, personas jubiladas y pensionadas mayores de edad del Poder Judicial, interesadas en participar en la siguiente convocatoria, para conformar un listado de postulantes en el cargo de:
INTEGRANTE DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO
DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PODER JUDICIAL
Plazas
Período de nombramiento
3 personas titulares electas democráticamente por el colectivo judicial
Rige a partir de la fecha
3 personas suplentes electas democráticamente por el colectivo
en que se haga efectivo
judicial
el nombramiento, por
3 personas titulares designadas por Corte Plena
un plazo de 5 años.

3 personas suplentes designadas por Corte Plena
Forma de participar, requisitos y otros detalles de la convocatoria se pueden acceder en las siguientes direcciones electrónicas:
Internet:
http www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/msrsinfo/msrs-concursos/vigentes Intranet:
http intranet/gestionhumana/index.php/msrsinfo/msrs-concursos/vigentes Periodo de inscripción:
Inicia: lunes 21 de enero de 2019
Finaliza: viernes 25 de enero de 2019
Horario de atención al público: L-V: 7:30 a.m. a 12:00 m.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo electrónico reclutamiento@poder-judicial.go.cr /
Teléfonos 2295-3590 o 2295-3654
17 de enero del 2019.Jennifer Carrillo Cárdenas.1 vez.
O. C. N 364-12-17.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019312478 .
SALA PRIMERA
A la señora Flory Alvarado Salazar, de domicilio ignorado, se hace saber: que en diligencias de exequátur promovidas por Ricardo Francisco Falco González, contra ella para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio emitida por la Corte Superior del Estado de California, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes.
La petición se apoya en el artículo 99.2 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica.
La Sala procedió a nombrar una curadora para que lo represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: Exp. Nue: 12-0000880004-FA. Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las siete horas cincuenta minutos del siete de junio de dos mil doce.
Acerca de la solicitud que formula el señor Ricardo Francisco Falco González, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por
Nº 16 20 Páginas
el plazo de diez días a la señora Flory Alvarado Salazar , representada por su apoderado generalísimo Freddy Alvarado Domian, a quien se le previene que, en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio de notificación adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien, un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger únicamente dos medios, con indicación de cuál se utilizará como principal. Mientras no lo haga cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, ya no existiere, o imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con la finalidad de notificar al referido apoderado, aporte el promovente un juego de copias de las piezas que conforman el expediente e indique la dirección o lugar en donde puede ser habido. Anabelle León Feoli. Presidenta y Exp. 12000088-0004-FA. Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.
San José, a las ocho horas quince minutos del doce de noviembre de dos mil dieciocho. De conformidad con el artículo 19.4 del Código Procesal Civil, notifíquese a la señora Flory Alvarado Salazar la petición inicial de exequátur, así como las resoluciones de las 07
horas 50 minutos del 07 de junio de 2012 y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Tramítese el presente asunto con intervención del curador el Lic. Mauricio Alvarado Prada, a quien se omite conferir audiencia en razón de contestación mediante escrito presentado en fecha 05
de noviembre de 2018, visible a folios 44 y 45. F Luis Guillermo Rivas Loáiciga. Magistrado.
San José, 20 de diciembre del 2018.
Anthony Quirós Madrigal, Notificador a. í.
1 vez.O. C. N 364-12-2017.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2019308690 .
SALA CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
PRIMERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 18-015825-0007-CO que promueve Otto Claudio Guevara Guth, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y cuarenta y dos minutos de diecinueve de octubre de dos mil dieciocho. / Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Otto Claudio Guevara Guth, para que se declare inconstitucional el artículo 24 de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Alajuelita, por estimarlo contrario a los artículos 11, 33, 46, 50, 57, 63 y 68 de la Constitución Política.
Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Alcalde Municipal de Alajuelita y al Secretario del Sindicato de Trabajadores Municipales de Costa Rica. La norma

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del /23/1/2019

TitreBoletín Judicial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date23/01/2019

Page count20

Edition count5055

Première édition01/01/2003

Dernière édition23/10/2023

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