Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2023

cita y emplaza para que comparezcan a estar a derecho y contestar la demanda por el término de veinte días y a ofrecer la prueba de la que intente valerse, todo bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida. Agréguese la documental acompañada. Dese intervención a la Defensoría General. A los fines de tratar el pedido de cuota provisional de alimentos, cítase a las partes a la audiencia del día 02 de noviembre de 2023 a las 9:30 hs., quienes deberán comparecer bajo apercibimientos de ley. Asimismo, atento a que el decreto correspondiente al escrito cargo N 26385 se encuentra agregado en el expediente soporte papel, y siendo que el proveído cargado electrónicamente pertenece a otro CUIJ, en este estado se procede a subirlo al SISFE: Santa Fe, 21 de Junio de 202. Como lo solicita, autorízase a notificar por edictos art. 67 CPCC. Notifíquese. Firmado: Dra. Adriana Braga Secretaria. Dra. Liliana Lourdes Michelassi Jueza.
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Oct. 11 Oct. 19
$ 90


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2 Secretaría N 1, Santa Fe, para los autos ARCE, ELIANA EMILCE c/Herederos de VASCHETTO, ALBERTO
RAMON s/Filiación extramatrimonial y daños y perjuicios; 21-10755378-6, se ordena lo siguiente: Santa Fe, 26 de septiembre de 2023 Proveyendo escrito cargo N
30879/2023: Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebeldes a los demandados Herederos de Vaschetto Alberto Ramón.
Notificado que fuere el presente, se proveerá lo que por derecho corresponda.
Santa Fe, 29 de septiembre de 2023. Firmado Dra. Maria Carolina Moya, Jueza;
Dra. Maria Sol Novello, Secretaria.
$ 40
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Oct. 11 Oct. 17


Por disposición del Señor Juez del Tribunal Colegiado de Familia Número Tres de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, Dr. Fabio M. Della Siega, en autos caratulados OJEDA, DAMIAN OSCAR OJEDA, ADRIANA NICOL Y MORALES
BLASCO, JOSE LUIS s/Inscripción de sentencia dictada en el extranjero; CUIJ Nº 21-10745843-0 que tramitan por ante el Tribunal arriba mencionado, Secretaría a cargo del Dr. Marcelo A. Albrecht, se notifica al Señor José Oscar Ojeda, DNI Nº 14.558.217 con domicilio actual desconocido y a toda persona que tenga interés legítimo en la causa, de lo resuelto en autos: Santa Fe, 29 de setiembre de 2.023. Vistos y considerando: Los presentes descritos en el acápite en trámite por ante la Secretaría 2da, en los que el 16 de mayo pasado se dictó la resolución Nº 451 inserta al Tº 73; Fº 207, que luce a Fs. 46. En relación a dicho pronunciamiento, los peticionarios apuntan que para su debida registración, debe aclararse que el efecto de su adopción es pleno y que se ordene la inscripción de la sentencia de adopción dictada en el Reino de España Fs. 59. El Art. 248 del Código de rito prevé que, aun cuando ya haya concluido la competencia del magistrado que dictó una resolución, éste podrá corregir cualquier error material del fallo, aclarar algún concepto oscuro o suplir cualquier omisión, siempre y cuando, va de suyo, ellono conlleve alterar los fundamentos jurídicos del pronunciamiento ni llevar a cabo un nuevo análisis de los elementos de convicción valorados C.S.J.S.F., San Cristóbal S.M.S.G. c/Osella de Varvello, Norma Estela s/Consignación-recurso de inconstitucionalidad. Juris, 90, 184. En esta inteligencia y virtud de la normativa invocada, cuadra aclarar tales datos en el segmento resolutivo del fallo, por lo cual; Resuelvo: 1 Aclarar que la adopción de Damián Oscar Ojeda y Adriana Nicol Ojeda fue otorgada con efecto pleno. 2 Ordenar la inscripción de la sentencia de adopción plena de Damián Oscar Ojeda y Adriana Nicol Ojeda dictada en el Reino de España el 17 de mayo de 2.022
auto Nº 111/2022 en los libros del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Fabio M. Della Siega Juez. Dr. Marcelo A. Albrecht Secretario. Santa Fe, 02 de octubre de 2023.
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Oct. 11 Oct. 19


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos ESCOBAR, NATALIA LUCIA s/ Solicitud Propia Quiebra CUIJ 21-02040706-6.- se ha dispuesto: Santa Fe, 27/09/23 - RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de NATALIA LUCIA ESCOBAR, D.N.I. 27.487.886 apellido materno Villalba, soltera, con domicilio real en calle 9 de Julio 5093 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle 25 de Mayo 2423 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2 Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes.- 3 Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla.- 4 Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art.
86 L.C.- 5 Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 6 Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 1 1 Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 11 de octubre de 2023 a las 10.00 hs. 13 Fijar el día 10 de noviembre de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14 Fijar el día 29 de noviembre de 2023 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.-15 Señalar el día 29 de diciembre de 2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF
para su publicación en el sistema informático; y el día 15 de marzo de 2024 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago art. 89- 3er párrafo Ley 24522
Fdo. Dr. Pablo Silvestrini, Dr. Carlos Marcolin Juez.28 de septiembre de 2023.
S/C

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Oct. 6 Oct. 12


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N 1 en lo Civil y Comercial de la 11ma.
Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: FRETE, GABRIELA ELIZABET
s/Solicitud propia quiebra, CUIJ 21-02024612-7, ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 07 de Septiembre de 2023. AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO: Disponer la conclusión por pago total de la quiebra de Gabriela Elizabet Frete. Ofíciese a los organismos pertinentes a los efectos de comunicar la presente resolución. Regístrese y hágase saber Firmado: Sandra Silvina Romero, Secretaria - Ana Rosa Alvarez, Jueza. Santa Fe, 25 de Septiembre de 2023. Magdalena Cabal, Prosecretaria.
S/C

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Oct. 11 Oct. 19

Pág. 45

Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe; se hace saber que en los autos: CIORCIARI, PATRICIA AURORA s/Pedido de quiebra Expte Nro.
21-02030597-2, se hace saber que la Sindicatura ha presentado el informe Final y el Proyecto de Distribución lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 21 de septiembre de 2023. Por presentado informe final y proyecto de distribución, publíquense edictos. Notifíquese Fdo.: Dr. Gabriel O. Abad - Juez; Dra. Verónica G. Toloza, Secretaria. Santa Fe, 29 de Septiembre de 2023. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C
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Oct. 11 Oct. 19


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: GOGMAN, JOSE LUIS s/Solicitud propia quiebra CUIJ: 21-02042291-9 tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 04 de Octubre de 2023. AUTOS Y
VISTOS RESULTA CONSIDERANDO RESUELVO: 1 .Declarar la quiebra de JOSE LUIS GOGMAN argentino, DNI N 38.726.815, soltero, empleado Sergio Ariel Malaspino, CUIL: 20-38726815-5, apellido materno Oviedo, domiciliado según dice en calle Agote N 347 de localidad de Barrancas, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe N 2970 de esta ciudad de Santa Fe.
2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.-7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.-11- Designar el día miércoles 04 de octubre de 2023 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la. que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día lunes 12 de junio de 2023
inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes art. 32 Ley 24.522. 13- Señalar el día martes 06 de febrero de 2024 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos art. 35 Ley 24.522 y designar el día viernes 22 de marzo de 2024 como fecha para que el Síndico presente el informe general art. 39 de la Ley Concursal. 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. Art. 23 Ley 3.456 y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo.: Aldao Juez a/cargo Pacor Alonso Secretaria.- OTRO DECRETO: Santa Fe, 06 de Octubre de 2023. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Valiente Alicia Nélida, domiciliada en calle Pasaje Koch N
1057 - depto 2, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Aldao Juez a/cargo - Pacor Alonso Secretaria.
S/C
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Oct. 11 Oct. 19


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados GOMEZ, ANALIA ELIZABETH s/Pedido de quiebra CUIJ: 21-02041574-3 tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 04 de Octubre de 2023. AUTOS Y
VISTOS RESULTA CONSIDERANDO RESUELVO: 1.- Declarar la quiebra de Analía Elizabeth Gómez, argentino, DNI Nº 32.730.165, soltera, empleado Sergio Ariel Malaspino, CUIL: 27-32730165-4, apellido materno Gómez, domiciliada según dice en calle Brarda n 1233 de localidad de Gálvez, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Amenábar N 2965 de esta ciudad de Santa Fe. 2Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.-3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.
5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha17/10/2023

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones707

Primera edición03/05/2002

Ultima edición10/07/2024

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