Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/10/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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notificación fehaciente delpresente acuerdo; en igual tiempo optar por el plan depago en el que se cancelará la totalidad de la deuda según reglamentación vigente.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de T ierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el Artículo anterior, la cual será remitida al interesado.El adjudicatario declara conocer los Artículos4º, 5º, 6º y 8º de la Ley Nº 63, como de las obligaciones esenciales a cargo de cada adjudicatario establecidas en el Artículo 16º de la Ley Provincial Nº 1392.
El adjudicatario deberá presentar ante la autoridad de aplicación del código de edificación uso y división del suelo de El Chalt én el correspondient e proyect o de obra a llevar adelante antes de dar inicio a las construcciones, una vez visado por la autoridad comunal deberán girar copia certificada del mismo para ser agregado a su expediente, los planos de obra a presentar deberán coincidir con el uso por el cual la tierra ha sido otorgada, en ningún caso se podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere notificado de manera fehaciente al Consejo Agrario Provincial quién otorgará o no la autorización pertinente, siemprey cuando corresponda con la legislación vigente en la materia.Es obliga ción de l adjudicat ario ce rca r co mpletamente el predio antes de dar inicio a la obra que llevará adelante, con la finalidad de resguardar sus derechos frente a terceros evitando de esta forma posibles inconvenientes entre linderos, dicha obligación deberá ser cumplida dentro de los treinta 30
días de notificado delpresente acuerdo, siendo facultad deeste Consejo Agrario Provincial a travésdel personal de la Delegación presente en esa localidad o en sede centra l de practicar en este caso y en general inspecciones respecto del inmueble y parcela, en toda oportunidad que se considere necesaria, verificando así el cumplimiento y control de la cargas impuestas.Para que este Organismo pueda declarar cumplidas las obligaciones, en ejercicio de las facultades que la Ley Provincial 1009 otorgaa su Honorable Directorio el a djudic at ario deberá cump lir lo s siguie nt es requisitos: tener cancelado totalmente el precio de la tierra, haber cumplido las prescripciones contenidas en el Artículo 5º de la Ley Provincial número 63, tener presentado el certificado de final de obra extendido por la autoridad comunal y constancia de libre deuda comunal.
Se considerará domicilio legal para notificaciones y o comunicaciones emanadas por este organismo y se tendrán por válidas al constituido por el adjudicatario a fojas 3; si por algún motivo el adjudicatario variare el domicilio legal deberá constituir otro y notificar al Consejo Agrario Provincial por telegrama colacionado.LUIS MARIA CAMPO S MO REL
Presidente Consejo Agrario Provincial P-3


RESO LUCIO N Nº 1466
RIO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2005.Expedient e Nro. 482.676/05 y el Acuerdo Nº 048/05.ADJUDICAR EN VENT A a favor del señor José María GARCIA VENT UREYRA, D.N.I. 27.235.434, de acuerdo a la Ley Nº 63 y 1392, la superficie de trescientos setentay dos metros cuadradoscon setenta y cinco decímetros cuadrados 372,75m2, ubicada en la parcela Nº 5, Manzana Nº 23 de la Circunscripción III del pueblo de El Chaltén de esta provincia, con destino a vivienda familiar.Para que esta adjudicación en venta quede formalizada, el adjudicatario deberá abonar el 10% del valor correspondiente al precio de la tierra dentro de los treinta 30 días contados a partir de la fecha de notificación fehaciente delpresente acuerdo; en igual tiempo optar por el plan depago en el que se cancelará la totalidad de la deuda según reglamentación vigente.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de T ierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el Artículo anterior, la cual será remitida al interesado.-

BO LETIN O FICIAL

RIO GALLEGO S S.C., 25 de O ctubre de 2005.-

El adjudicatario declara conocer los Artículos4º, 5º, 6º y 8º de la Ley Nº 63, como de las obligaciones esenciales a cargo de cada adjudicatario establecidas en el Artículo 16º de la Ley Provincial Nº 1392.
El adjudicatario deberá presentar ante la autoridad de aplicación del código de edificación uso y división del suelo de El Chaltén, el correspondiente proyecto de obra a llevar adelante antes de dar inicio a las construcciones, una vez visado por la autoridad comunal deberán girar copia certificada del mismo para ser agregado a su expediente, los planos de obra a presentar deberán coincidir con el uso por el cual la tierra ha sido otorgada, en ningún caso se podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere notificado de manera fehaciente al Consejo Agrario Provincial quien otorgará o no la autorización pertinente siempre y cuando corresponda con la legislación vigente en la materia.Es obligación del adjudicatario cercar completamente el predio antes de dar inicio a la obra que llevará adelante, con la finalidad de resguardar sus derechos frente a terceros evitando de esta forma posibles inconvenientes entre linderos, dicha obligación deberá ser cumplida dentro delos treinta 30 días de notificado del presente acuerdo, siendo facultad de este Consejo Agrario Provincial a través del personal de la Delegación presente en esa localidad o en sede central de practicar en este caso y en general inspecciones respecto del inmueble y parcela, en toda oportunidad que se considere necesaria, verificando así el cumplimiento y control de la cargas impuestas.Para que este Organismo pueda declarar cumplidas las obligaciones, en ejercicio de las facultades que la Ley Provincial 1009 otorgaa su Honorable Directorio el a djudic at ario deberá cump lir lo s siguie nt es requisitos: tener cancelado totalmente el precio de la tierra, haber cumplido las prescripciones contenidas en el Artículo 5º de la Ley Provincial número 63, tener presentado el certificado de final de obra extendido por la autoridad comunal y constancia de libre deuda comunal.
Se considerará domicilio legal para notificaciones y o comunicaciones emanadas por este organismo y se tendrán por válidas al constituido por el adjudicatario a fojas 2; si por algún motivo el adjudicatario variare el domicilio legal deberá constituir otro y notificar al Consejo Agrario Provincial por telegrama colacionado.LUIS MARIA CAMPO S MO REL
Presidente Consejo Agrario Provincial P-3


RESO LUCIO N Nº 1467
RIO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2005.Expedient e Nro. 482.675/05 y el Acuerdo Nº 048/05.ADJUDICAR ENVENTA a favor del señor Marcelo Fabián QUINT EROS, D.N.I. 20.677.725, de acuerdo a la Ley Nº 63 y 1.392, la superficie de quinientos cuarenta y cinco metros cuadrados con diez decímetros cuadrados 545,10m2, ubicada en la Parcela Nº 4, Manzana Nº 1 de la Circunscripción II del pueblo de El Chaltén de esta provincia, con destino a vivienda familiar y emprendimiento comercial.Para que esta adjudicación en venta quede formalizada, el adjudicatario deberá abonar el 10% del valor correspondiente al precio de la tierra, dentro de los treinta 30 días contados a partir de la fecha de notificación fehaciente delpresente acuerdo; en igual tiempo optar por el plan depago en el que se cancelará la totalidad de la deuda según reglamentación vigente.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de T ierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el Artículo anterior, la cual será remitida al interesado.El adjudicatario declara conocer los Artículos4º, 5º, 6º y 8º de la Ley Nº 63, como de las obligaciones esenciales a cargo de cada adjudicatario establecidas en el Artículo 16º de la Ley Provincial Nº 1392.
El adjudicatario deberá presentar ante la autoridad de aplicación del código de edificación uso y división del suelo de El Chaltén el correspondiente proyecto de obra a llevar adelante antes de dar inicio a las cons-

trucciones, una vez visado por la autoridad comunal deberán girar copia certificada del mismo para ser agregado asu expediente,los planos de obraa presentar deberán coincidir con el uso por el cual la tierra ha sido otorgada, en ningún caso se podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere notificado de manera fehaciente al Consejo Agrario Provincial quien otorgaráo no la autorización pertinente, siempre y cuando corresponda con la legislación vigente en la materia.Es obligación del adjudicatario cercar completamente el predio antes de dar inicio a la obra que llevará adelante, con la finalidad de resguardar sus derechos frente a terceros evitando de esta forma posibles inconvenientes entre linderos, dicha obligación deberá ser cumplida dentro delos treinta 30 días de notificado del presente acuerdo, siendo facultad de este Consejo Agrario Provincial a través del personal de la Delegación presente en esa localidad o en sede central de practicar en este caso y en general inspecciones respecto del inmueble y parcela, en toda oportunidad que se considere necesaria, verificando así el cumplimiento y control de las cargas impuestas.Para que este Organismo pueda declarar cumplidas las obligaciones, en ejercicio de las facultades que la Ley Provincial 1009 otorgaa su Honorable Directorio el adjudicatario deberá cumplir los siguientes requisitos: tener cancelado totalmente el precio de la tierra, haber cumplido las prescripciones contenidas en el Artículo 5º de la Ley Provincial número 63, tener presentado el certificado de final de obra extendido por la autoridad comunal y constancia de libre deuda comunal.
Se considerará domicilio legal para notificaciones y o comunicaciones emanadas por este organismo y se tendrán por válidas al constituido por el adjudicatario a fojas 13, si por algún motivo el adjudicatario variare el domicilio legal deberá constituir otro y notificar al Consejo Agrario Provincial por telegrama colacionado.LUIS MARIA CAMPO S MO REL
Presidente Consejo Agrario Provincial P-3


RESO LUCIO N Nº 1468
RIO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2005.Expedient e Nro. 482.623/05 y el Acuerdo Nº 048/05.ADJUDICAR EN VENT A a favor del señor Carlos Daniel VALDEZ, D.N.I. Nº24.234.510, de acuerdo a la Ley Nº 63 y 1392, la superficie de cuatrocientos dieciséis metros cuadrados con noventa y cuatro decímetros cuadrados 416.94m2, ubicada en la Parcela Nº 14, Manzana Nº 27 de la Circunscripción III del pueblo de El Chaltén de esta provincia, con destino a vivienda familiar.Para que esta adjudicación en venta quede formalizada, el adjudicatario deberá abonar el 10% del valor correspondiente al precio de la tierra, dentro de los treinta 30 días contados a partir de la fecha de notificación fehaciente delpresente acuerdo; en igual tiempo optar por el plan depago en el que se cancelará la totalidad de la deuda según reglamentación vigente.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de T ierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el Artículo anterior, la cual será remitida al interesado.El adjudicatario declara conocer los Artículos4º, 5º, 6º y 8º de la Ley Nº 63, como de las obligaciones esenciales a cargo de cada adjudicatario establecidas en el Artículo 16º de la Ley Provincial Nº 1392.
El adjudicatario deberá presentar ante la autoridad de aplicación del código de edificación uso y división del suelo de El Chaltén el correspondiente proyecto de obra a llevar adelante antes de dar inicio a las construcciones, una vez visado por la autoridad comunal deberán girar copia certificada del mismo para ser agregado a su expediente, los planos de obra a presentar deberán coincidir con el uso por el cual la tierra ha sido otorgada, en ningún caso se podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere not ificado de m anera fehacient e alConsejo Agrario

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/10/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha25/10/2005

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1772

Primera edición19/02/2002

Ultima edición30/07/2024

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