Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/7/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 29 de julio de 2011
de los recursos de queja, no ha sido factible agregar ficha del sistema informático de seguimiento de expedientes dado que no consta en el mismo ningún registro de trámite relacionado con el reclamo que se urge en esta instancia;
Que no obstante ello, y según los dichos de la quejosa en su escrito recursivo, nunca obtuvo una respuesta de parte del ente previsional pese al tiempo transcurrido desde su interposición;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
María Noelia Colombo de Carballo, con domicilio legal en calle Córdoba N 667, primer piso, Of. A de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 326 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 25 de febrero de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Gerónimo Emilio Ulrich; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 4 de febrero de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de presentado por el actor, encontrándose a su entender paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente Nº 477770 RU por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 13 de octubre de 2010 en el Area Liquidación el ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Gerónimo Emilio Ulrich, constituyendo domicilio legal en calle Laprida N 374, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres
SECRETARIA DE SALUD
RESOLUCION Nº 5235 SS
Paraná, 4 de diciembre de 2008
Facultando a la Dirección de Administración Jurisdiccional a efectuar la entrega de fondos al Sr. jefe del Programa Provincial VIH/SIDA
de la Dirección de Epidemiología dependiente de la Subsecretaría de Promoción y Prevención de la Salud de esta Secretaría de Salud, por la suma de $ 6.082,85, para solventar los gastos del evento, que se llevará a cabo el día 1º de diciembre del corriente año, en conmemoración del Día Internacional del SIDA, en la Peatonal y Plaza 1 de Mayo de esta ciudad, debiendo rendir cuentas con comprobantes originales ante el Departamento Tesorería de la citada Secretaría debidamente conformados con ajustes a las normas vigentes Ley de Contrataciones.
Encuadrando el presente gasto dentro de los Decretos Nº 5933/07 y N 3999/08 ambos del MSAS, Decretos N 404/95 y N 795/96 ambos MEOSP y Decretos modificatorios N 5526/07
y N 6721/07 ambos del MHEyF.
RESOLUCION Nº 5236 SS
Paraná, 4 de diciembre de 2008
Autorizando la transferencia de fondos al Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por la suma de $ 17.340,00, con destino a la compra de inmunoglobulina para pacientes oncológicos por el mes de octubre de 2008, correspondiente a Licitación Privada Nº 83/08
atento a lo solicitado a fs. 1 de autos y en mérito a lo expresado.
Dejando establecido que el destino de los fondos transferidos deberá ajustarse estrictamente al procedimiento de compras establecido por la Ley 5140 - texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP y su Decreto reglamentario N 795/96 MEOSP y Decreto modificatorio Nº 5526/07 y Decreto N 6721/07 ambos del MEHyF, como así también deberá acreditarse el destino de los fondos remitiendo fotocopias de facturas debidamente conformadas, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Facultando a la Dirección de Administración Jurisdiccional a efectuar la transferencia de fondos al Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por un importe de $ 17.340,00, en virtud a lo autorizado.
RESOLUCION Nº 5237 SS
Paraná, 4 de diciembre de 2008
Autorizando la transferencia de fondos al Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por la suma de $ 21.154,00, con destino a la compra de medicamentos para pacientes oncológicos por el mes de octubre a diciembre de 2008, correspondiente a Licitación Privada Nº 78/08, atento a lo solicitado a fs. 1 de autos y en mérito de lo expresado.
Dejando establecido que el destino de los fondos transferidos deberá ajustarse estrictamente al procedimiento de compras establecido por la Ley 5140 - texto único y ordenado Decreto N 404/95 MEOSP y su Decreto reglamentario N 795/96 MEOSP y Decreto modificatorio Nº 5526/07 y Decreto Nº 6721/07 ambos del MEHyF, como así también deberá
5 acreditarse el destino de los fondos remitiendo fotocopias de facturas debidamente conformadas, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Facultando a la Dirección de Administración Jurisdiccional a efectuar la transferencia de fondos al Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por un importe de $ 21.154,00, en virtud a lo autorizado.
RESOLUCION Nº 5238 SS
RECTIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 4 de diciembre de 2008
VISTO:
La Resolución N 4490 SS del 29.10.08; y CONSIDERANDO:
Que por la citada resolución se aprueba la contratación directa - vía de excepción con la firma Unidad de Cardiología Intervencionista Sociedad Anónima de Paraná, en concepto de la atención prestada al paciente Castro Ricardo, DNI Nº l8.579.579, en el mes de agosto/08, derivado por ser de alta complejidad del Hospital San Martín de Paraná, por la suma pesos cuatro mil quinientos cincuenta $
4.550,00 según factura Nº 0001-00002924 del 30.8.085;
Que de lo solicitado a fs. 28 de autos, se solicita se rectifique el número de la factura a abonar, correspondiendo el N 0001-00003093
del 14.11.08 que obra agregada a fs. 26 de autos;
Por ello;
La Secretaria de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º Rectificar la Resolución N 4490
SS del 29.10.08, donde dice factura Nº 000100002924 del 30.8.08, debe leerse factura N
0001-00003093 del 14.11.08, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Graciela Traverso
RESOLUCION Nº 5239 SS
Paraná, 4 de diciembre de 2008
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la firma Sanatorio La Entrerriana SA
de Paraná, por la atención prestada al paciente Claudio Ismael Serra, DNI Nº 33.713.674, en el mes de enero/08 derivado del sector público por ser de alta complejidad, por la suma de $
4.065,35, según factura B N 0001 00010627 del 31.1.08, obrante a fs. 2 de autos, debiendo efectuarse débitos según surge de fs. 56 y 56 vta. de autos por un monto de $
48,52, atento a lo expuesto.
Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 - texto único y ordenado Decreto N
404/95 MEOSP - artículo 27 -inciso c - apartado b - punto 3 concordante con su Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP, artículo 142 -inciso 4 puntos a y b, y Decretos Ns 5526/07 y 6721/07 ambos del MEHyF.
Facultando a la Dirección de Administración de esta Secretaría de Salud, para que abone a favor de la firma Sanatorio La Entrerriana S.A. de Paraná, la suma de $ 4.016,83, debiendo el prestador presentar nota de crédito por la suma $ 48,52, en concepto de lo aprobado.
RESOLUCION Nº 5240 SS
Paraná, 4 de diciembre de 2008
Aprobando la contratación directa, vía excepción, de los servicios prestados por el Sanatorio La Entrerriana S.A. de Paraná, al paciente Abel Omar Salazar, DNI Nº 12.187.359, por el mes de abril/06 derivado del sector público por falta de cama y por prórroga de internación en UTI, por la suma total de $ 4.864,89, según factura B Ns 0001 00008179 y 0001
00008180 ambas del 30.4.06, obrante a fs. 2 y 42 de autos, atento a lo expuesto.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley 5140 de Administración Financiera, los Bienes y las Contrataciones,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/7/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha29/07/2011

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4780

Primera edición01/12/2003

Ultima edición03/07/2024

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