Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/10/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 08 de Octubre de 2012

Nº 5081

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 36 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 36

DECRETOS

DECRETO Nº 1242
Viedma, 20 de Septiembre de 2012.
Visto, el Expediente Nº 140516-DA-2012, del Registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente tramita la asignación de un aporte no reintegrable a favor de productores frutícolas para tareas de poda, por un monto de Pesos Trece Millones Cuarenta Mil Seiscientos Veinte $13.040.620,00, el cual será distribuido de acuerdo al cronograma de desembolsos anunciado por el Gobernador de la Provincia como una de las medidas adoptadas para atender la crisis del sector;
Que el presente Decreto se enmarca en la operatoria propuesta por el Señor Gobernador de la Provincia donde se incluye un aporte de Pesos Cuarenta y Dos Millones Ochocientos Setenta Mil $42.870.000,00;
Que el objeto del aporte a realizar es asistir a pequeños y medianos productores frutícolas en las prácticas culturales, mas precisamente, la poda a fin de atender la grave situación que se encuentra atravesando el sector, la cual se refleja en la escasa rentabilidad de las últimas temporadas sumado a diversos fenómenos naturales, como es el caso del granizo que azoto zonas productivas afectando, en algunos casos, el cien por ciento de la producción;
Que a fojas 429/478 la Secretaría de Fruticultura elaboro listado de productores beneficiarios agrupados por Municipio resultando una cantidad de dos mil sesenta y dos 2062 productores con una superficie de veintitrés mil ciento cuarenta y nueve con ochenta y siete 23.149,87 hectáreas resultando un importe total de Pesos Trece Millones Cuarenta Mil Seiscientos Veinte $13.040.620,00;
Que a fojas 46 el Secretario de Fruticultura elabora informe técnico expresando que para la elaboración del mencionado listado se tomo como universo a productores independientes con plantaciones frutícolas de superficie productiva hasta cien 100 hectáreas netas contrastando con la base de datos de galpones de empaque y frigoríficos habilitados;
Que posteriormente, se considera la superficie neta de cada productor tomando el total de la superficie cuando no supera el límite de veinte 20
hectáreas netas; superado ese valor y hasta las cien 100 hectáreas, se considera un máximo de veinte 20 hectáreas;
Que de acuerdo a dicho Informe se estima conveniente otorgar a las Municipalidades que se detallan en la Planilla Anexa I distribuido conforme el siguiente detalle: Municipio de Allen, la suma de Pesos Un Millón Setecientos Ochenta y Seis Mil Ochocientos Treinta y Ocho con Sesenta y Siete Centavos $ 1.786.838,67; Municipio de Campo Grande, la suma de Pesos Quinientos Cincuenta y Tres Mil Noventa y Dos con Sesenta y Siete Centavos $ 553.092,67, Municipio de Catriel, la suma de Trece Mil Trescientos Treinta y Tres con Treinta y Tres Centavos $ 13.333,33, Municipio de Cervantes, la suma de Pesos Setecientos Noventa y Un Mil Quinientos Dieciseis $ 791.516,00, Municipio de Chichinales, la suma de Pesos Setecientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Catorce $ 767.214,00;
Municipio de Chimpay, la suma de Pesos Ciento Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho $ 132.468,00, Municipio de Choele Choel, la suma de Pesos Cien Mil Nueve con Treinta y Tres Centavos $
100.009,33, Municipio de Cinco Saltos, la suma de Pesos Trescientos Cuarenta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro $ 347.944,00;
Municipio de Cipolletti, la suma de Pesos Un Millón Trescientos Dieciséis Mil Quinientos Ochenta y Cuatro $ 1.316.584,00; Municipio de Coronel Belisle, la suma de Pesos Ocho Mil Setecientos Veintidós $ 8.722,00;

Municipio de Contralmirante Cordero, la suma de Pesos Ciento Cincuenta y Dos Mil Treinta y Dos con Sesenta y Siete Centavos $ 152.032,67;
Municipio de Darwin la suma de Pesos Treinta y Un Mil Setecientos Sesenta y Dos con Sesenta y Siete $ 31.762,67; Municipio de El Bolsón, la suma de Pesos Un Mil Seiscientos Setenta y Cuatro $ 1.674,00; Municipio de Fernández Oro, la suma de Pesos Trescientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Siete con Treinta y Tres Centavos $ 334.757,33; Municipio de General Conesa, la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Seis Mil Quinientos Sesenta y Seis con Sesenta y Siete Centavos $ 146.566,67; Municipio de General Roca, la suma de Pesos Un Millón Trescientos Quince Mil Seiscientos Veinte $ 1.315.620,00; Municipio de General E. Godoy, la suma de Pesos Seiscientos Un Mil Ciento Sesenta y Cuatro $ 601.164,00, Municipio de Ingeniero Huergo, la suma de Pesos Setecientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Sesenta y Cinco con Treinta y Tres Centavos $ 735.765,33;
Municipio de Lamarque, la suma de Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuatro $ 164.404,00; Municipio de Luis Beltrán, la suma de Pesos Doscientos Setenta y Siete Mil Doscientos Treinta y Siete con Treinta y Tres Centavos $ 277.237,33; Municipio de Mainque, la suma de Pesos Setecientos Seis Mil Quinientos Cuatro $ 706.504,00; Municipio de Pomona, la suma de Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Dos Con Sesenta y Siete Centavos $ 164.532,67; Municipio de Río Colorado, la suma de Pesos Setecientos Veinticuatro Mil Doscientos Veinte con Sesenta y Siete Centavos $ 724.220,67; Municipio de Viedma, la suma de Pesos Setenta y Cinco Mil Setecientos Siete con Treinta y Tres Centavos $ 75.707,33; Municipio de Villa Regina, la suma de Pesos Un Millón Setecientos Noventa Mil Novecientos Cuarenta y Nueve con Treinta y Tres Centavos $ 1.790.949,33;
Que asimismo se detalla en Planilla Anexa II el listado de productores beneficiarios agrupados por Municipio;
Que el Departamento de Rendiciones de Cuentas de la Contaduría General de la Provincia, informa a que los Municipios beneficiarios de los aportes, no mantienen cargos pendientes de rendición;
Que ha tomado intervención la Secretaría General de la Gobernación autorizando el total de la operatoria;
Que la utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto Nº 134/10 siendo responsables de ello los intendentes de cada Municipio;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 30º y 31º del Decreto H Nº 1.737/98;
Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 1069/12, se encarga el Despacho del Ministerio de Producción al Señor Ministro de Economía;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal del Ministerio de Producción, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 06588-12;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181º Inciso 1 la Constitución Provincial y el Decreto N 134/10;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar un aporte no reintegrable de Pesos Trece Millones Cuarenta Mil Seiscientos Veinte $ 13.040.620,00, en concepto de asistencia económica, a los Municipios de la Provincia de Río Negro detallados en Planilla Anexa I, con el objeto de ser distribuidos entre los pequeños y medianos productores destinados a realizar tareas de poda, por los montos consignados en la Planilla Anexa II, que forman parte integrante del presente Decreto.Art. 2º.- Aprobar el listado de los productores beneficiarios de la operatoria en trámite detallados en Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente Decreto.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/10/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha08/10/2012

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1924

Primera edición03/01/2002

Ultima edición29/07/2024

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