Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/08/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Rojos, constituida y con domicilio en San Carlos de Bariloche, Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 5 de diciembre de 2009 y apruébase su Estatuto Social obrante de fojas treinta y ocho 38 a cuarenta 40 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Seiscientos Cincuenta y Seis Nº 2.656.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, ordenar al Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remitir la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese.
Dra. Virginia Francioni, Subinspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 556
Viedma, 4 de agosto de 2010.
Visto, el Expte. Nº 7089-IGPJ-2010, mediante el cual la asociación civil denominada Asociación Civil Club de Pesca Brazo Sur, registrada en este Organismo bajo el Nº 2203, solicita declarar eficaz asamblea y la modificación introducida al Estatuto Social; y CONSIDERANDO:
Que la Asamblea General Extraordinaria que trató dicha reforma se realizó con fecha 4 de junio de 2010, ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827 y demás reglamentaciones vigentes;

BOLETIN OFICIAL N 4854
Que a fojas 19 y 21 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería respectivamente, donde consta que estaría en condiciones de dictarse resolución declarando eficaz la misma.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase Eficaz a los efectos administrativos, la Asamblea General Extraordinaria de fecha 4 de junio de 2010, la reforma del Art.
33 del Estatuto Social de la asociación civil denominada Asociación Civil Club de Pesca Brazo Sur, con domicilio en Lamarque, Departamento Avellaneda, de esta Provincia, en la forma de foja nueve 9 y su estatuto actualizado de fojas trece 13 a dieciocho 18 del expediente aludido.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, ordenar al Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remitir la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese.
Dra. Virginia Francioni, Subinspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 557
Viedma, 4 de agosto de 2010.
Visto, el Expte. Nº 7066-IGPJ-2010, mediante el cual la fundación denominada Fundación Codo a Codo, solicita la concesión de la personería jurídica; y
Viedma, 12 de Agosto de 2010
CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art.
33 Inc. 1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por Leyes Nacional Nº 19.836; Provincial Nº 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor;
Que a fojas 33 y 35 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo, en los cuales consta que estaría en condiciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la fundación denominada Fundación Codo a Codo, constituida y con domicilio en San Carlos de Bariloche, Departamento Bariloche, de esta Provincia, el día 10 de mayo de 2010 y apruébase su Estatuto Social, obrante de foja cuatro 4 a doce 12 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Seiscientos Cincuenta y Cinco Nº 2.655.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Virginia Francioni, Subinspectora General de Personas Jurídicas.

oOo Provincia de Río Negro DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
E INFORMACION TERRITORIAL
Resolución Nº 023/10
Viedma, 3 de Junio de 2010.
Visto el plano 775-08, de mensura particular con fraccionamiento de la parcela 11, Quinta 012, Paraje Villa LLanquin, Departamento Pilcaniyeu, que fuera registrado el 13 de Noviembre de 2008;
CONSIDERANDO:
Que por nota de fecha 2 de Junio de 2010, el profesional solicita el original del plano 775-08, para efectuar correcciones;
Que se ha detectado la omisión de la inscripción dominial, según matrícula 19-36224, del plano citado en el visto;
Que del informe del área Registración Parcelaria surge que el mencionado plano no ha sido utilizado para su inscripción en el dominio, no existiendo inconveniente para acceder a lo solicitado;
Que el presente acto se encuadra en las finalidades y facultades previstas en los Art. 1 inc. a y f y Art. 2 inc. n de la Ley 3483;
Por ello:
El Director General de Catastro e Información Territorial R E S U E LV E :
Artículo 1.- Ordenar la suspensión de la Registración otorgada con fecha 13 de Noviembre de 2008 del plano 775-08, de mensura particular con fraccionamiento de la parcela 11, Quinta 012, Paraje Villa LLanquin, Departamento Pilcaniyeu, Nomenclatura Catastral DC 19, C4, Secc. A, Qta. 012, Parc. 11A, 11B, 11C, 11D, 11E, 11F, 11G y 11H.Art. 2.- Regístrese, comuníquese, al profesional actuante, al Propietario, al Registro de la Propiedad Inmueble, a la Comisión de Fomento de Villa LLanquin, Delegación Zonal Andina y Areas de esta Repartición que correspondan, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Gral. de Catastro e Información Territorial.

Resolución Nº 024/10
Viedma, 3 de Junio de 2010.
Visto el plano Dup. 3153 de mensura particular de deslinde y amojonamiento, sobrantes de los lotes 22-b-1, 22-b-2, 22-b-3 y 23 Colonia La Picasa, Localidad Cinco Saltos, Departamento General Roca, que fuera registrado con fecha 3 de Abril de 1989;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 20-89, se suspendió como medida preventiva el otorgamiento de certificado catastral;

Que del informe técnico realizado por el Área Registración de Mensura surge que no hay incongruencias referidos al análisis de antecedentes;
Que del informe surge que no existen inconvenientes para el otorgamiento de Certificados catastrales, del plano citado en visto;
Que por ello es necesario restituir la emisión de certificados catastrales del plano Dup. 3153;
Por ello:
El Director General de Catastro e Información Territorial R E S U E LV E :
Artículo 1.- Ordenar la restitución de la emisión de certificados catastrales del plano Dup. 3153, que corresponde a la mensura particular de deslinde y amojonamiento, sobrantes de tos lotes 22-b-1, 22-b-2, 22-b-3 y 23 Colonia La Picasa, Localidad Cinco Saltos, Departamento General Roca, Nomenclatura Catastral DC 02, C1, Secc. C, Ch. 009, Parcela 09;
Art. 2.- Regístrese, comuníquese, a los profesionales actuantes, a la Subsecretaría de Tierras, Colonias y A.T.I., a la Municipalidad de Cinco Saltos, Delegación Zonal Alto Valle y Areas de esta Repartición que correspondan, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Gral. de Catastro e Información Territorial.

Resolución Nº 026/10
Viedma, 15 de Junio de 2010.
Visto el Expediente N 919-09 de mensura particular para tramitar prescripción adquisitiva de dominio sobre la parcela identificada catastralmente como 17-1-279123, a favor de Feliciana JÉREZ L.C.
9.955.940 y;
CONSIDERANDO:
Que por Nota DGCeIT N 17-09 de fecha 04/11/09 foja 6 se solicitó la pertinente intervención municipal en los términos del Art. 16 del Decreto N 1220/02 en virtud de la presentación efectuada por el Agrim. Walter Favretto según nota de fecha 10/09/09, obrante a fojas 5, sin obtener respuesta a la misma;
Que por Nota DGCeIT N 09/10 de fecha 08/03/10 foja 17 se reitera la solicitud antedicha, nuevamente sin respuesta;
Que por Carta Documento 853967225 de fecha 20/04/10 foja 20 la DGCeIT vuelve a solicitar la intervención municipal con la prevención de que en caso contrario se procederá a la registración provisoria del documento, deslindando cualquier responsabilidad sobreviviente;
Que por Carta Documento 934265681 de fecha 30/04/10 foja 21 la Dirección de Catastro del Municipio de San Antonio Oeste informa que resulta imposible visar el plano presentado por el Agrim. Favretto y solicita a la DGCeIT que se abstenga de realizar la registración provisoria del mismo;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/08/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha12/08/2010

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1921

Primera edición03/01/2002

Ultima edición18/07/2024

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