Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Agosto de 2010

Nº 4855

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 3,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LI
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS
Resolución Nº 442
Viedma, 26 de Julio de 2010.
Visto: La Ley E N 1.274, el Decreto N 939/
78 y el expediente N 72.322-SDE-2005 del registro del Ministerio de Producción, por el que tramita la petición de renovación de los beneficios establecidos por la Ley E N 1.274 efectuada por la firma FRIDEVI S.A.F.I.C., y;
CONSIDERANDO:
Que la peticionante ha presentado ante este Ministerio un Proyecto Global de Crecimiento de su Planta Industrial ubicada en la Ruta Provincial N 1, Km. 3,5 de Viedma;
Que por Resolución N 644 de fecha 29 de abril de 2.005 de este Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos se declaró a la peticionaria comprendida en los alcances del Artículo 2 inciso a de la Ley E N 1.274 en relación al mencionado proyecto, otorgándosele el beneficio de desgravación del setenta y cinco por ciento 75%
de los impuestos sobre los ingresos brutos, automotores e inmobiliario, por el término de tres 3 años;
Que los beneficios promocionales otorgados fueron prorrogados, en las mismas condiciones y hasta el 31 de diciembre de 2.009, mediante Resolución N 1295 de esta misma Jurisdicción, de fecha 04 de Septiembre de 2008;
Que la renovación de los beneficios fiscales comprendidos en el marco de la Ley E N 1.274 se encuentra sujeta a: 1.- la verificación del cumplimiento de los planes que sirvieron de base a la concesión de la franquicia; y 2.- la limitación al plazo que establece el Artículo 3 de la Ley E N
1.274;
Que el cumplimiento del programa de inversión que ha servido de base a la concesión de los beneficios ha sido fiscalizado a fs. 154 por la Dirección de Industria, Comercio y Servicio dependiente del Ministerio de Producción y a fs. 284/288 por la Subsecretaría que hoy lleva el mismo nombre. Se ha concluido en esta última oportunidad que la firma ha dado cumplimiento a las obras previstas en la presentación realizada;
Que por su parte la desgravación dispuesta por Resolución MHOySP N 644/05 y prorrogada por Resolución MHOySP N 1295/08 se encuentra dentro de los parámetros temporales que establece la Ley E N 1.274;
Que solo resta analizar el impacto que la renovación de los beneficios a otorgar provocaría en la recaudación de los distintos impuestos que administra la Dirección General de Rentas;

Que a fs. 252/254 la Dirección de Planeamiento de la Dirección General de Rentas efectuó la estimación del costo fiscal de la medida por el período de dos 2 años;
Teniendo en cuenta los ingresos declarados por el mismo contribuyente para los anticipos 01/2008
a 12/2009, el costo fiscal bianual para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos es de Pesos Dos millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos diez con 72/100 $ 2.448.410,72 y el costo anual para los impuesto automotor e inmobiliario de Pesos Trece mil doscientos sesenta y uno con 50/100 $
13.261,50 y de Pesos Doce mil trescientos veinticinco con 53/100 $ 12.325,53, respectivamente;
Que dadas las particularidades del proyecto, como asimismo las cifras presupuestadas en las proyecciones, corresponde hacer lugar a la petición, y prorrogar los beneficios fiscales otorgados a la firma FRIDEVI S.A.F.I.C. mediante Resolución N
644/05 de este Ministerio;
Que dicha prórroga se concede por el período comprendido entre el 31 de diciembre de 2.009 y 31 de diciembre de 2011;
Que han tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos a fs. 301/302 y Fiscalía de Estado a fs. 303 vuelta;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley K N
4.002;
Por ello:
El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos R E S U E LV E :
Artículo 1.- Prorrogar los beneficios fiscales otorgados a FRIDEVI S.A.F.I.C. CUIT 3060226033-6 por Resolución N 644/05 de este Ministerio de Hacienda; Obras y Servicios Públicos en las mismas condiciones, desde el 31 de diciembre de 2.009 al 31 de diciembre de 2011.Art. 2.- Registrar, publicar, comunicar a los interesados, remitir copia al Ministerio de Producción y a la Dirección General de Rentas, cumplido, archivar.
Ing. Carlos Alberto Oliva, Mtro. de Hacienda, Obras y Servicios Públicos. Cr. Roberto Aníbal Gil, Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección Gral. de Rentas. Mirta Mabel Duré a/c Dirección Gral. Cr. Edgardo Marastoni, Director Técnico Tributario. Dr. Luis F. Prieto Taberner, Asesor Legal y Técnico.

Resolución Nº 458
Viedma, 26 de Julio de 2010.
Visto, la Ley E N 1.274, la Ley I N 4378 y el expediente N 134.593-S-2009 del registro de la Dirección General de Rentas, y;

CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones tramita la solicitud del beneficio de exención en el pago del impuesto sobre los ingresos brutos previsto en la Ley E N 1274, impetrada por la firma Sanatorio Juan XXIII S.R.L., C.U.I.T. N 30-59520102-7, con domicilio fiscal en la calle Buenos Aires N
1429 de la localidad de General Roca;
Que a fs. 04/07 se describe el proyecto de inversión, el cual implicaría una importante ampliación de las instalaciones. Concretamente, una ampliación de 4.095 metros cuadrados y una remodelación de 1.935 metros cuadrados;
Que la peticionante menciona -a título de ejemploque a la fecha de la solicitud de los beneficios se encontraba en proceso de culminación el sector de terapia intensiva, con el cual se duplicarían la cantidad de camas y que inauguraron el Hospital de Día, el que cuenta con seis 6
camas que permite la internación de los pacientes que deben quedar en observación por algunas horas;
Que asimismo arguye que los trabajos que impliquen dichas reformas se realizan con mano de obra que contrata la empresa constructora, en tanto la Institución se encargaría de la contratación de la mano de obra para las tareas de instalación eléctrica y de gas, instalación de ascensores, trabajos de carpintería, pintura, etc., y que los materiales de construcción para la obra han sido adquiridos en su totalidad en la ciudad de General Roca y en su zona;
Que de acuerdo al informe elaborado por el arquitecto que tiene a cargo la dirección de obra, el proyecto se llevaría a cabo en seis 6 etapas y tendría un costo estimativo total de pesos dieciséis millones quinientos ochenta y un mil quinientos $
16.581.500;
Que a fs. 08/47 luce copia del Estatuto Social y de los balances correspondientes a los ejercicios económicos N 27 y 28 cerrados al 31 de julio de 2007 y 2008, respectivamente;
Que la Dirección de Planeamiento dependiente de la Dirección General de Rentas indica a fs- 70/
71 que el contribuyente computa hasta el mes de abril de 2009 una bonificación del treinta por ciento 30% del impuesto autodeterminado y a partir de mayo del mismo año adiciona un quince por ciento 15% más en concepto de bonificación por inversiones realizadas en la provincia de Río Negro otorgada por ResoluciónDGR N 398/2009;
Que de conformidad a lo informado surge que el contribuyente se encontraría usufructuando los beneficios por pagó en término e inversiones establecidos por la Ley I N 4378;
Que al Artículo 17 del referido texto legal dispone que los beneficios establecidos en la presente ley son excluyentes entre sí y de otras bonificaciones o incentivos creados o a crearse, siempre y cuando se refieran al mismo objeto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha16/08/2010

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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