Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4509

Viedma, 23 de Abril del 2007
DECRETO Nº 164
Viedma, 22 de marzo de 2007.Visto, el expediente N 38.467-DI-07, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación en todos sus términos del Convenio suscripto entre el Ministerio de Familia y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro, mediante el cual se propicia la transferencia de créditos desde el Ministerio de Familia a favor del Ministerio de Gobierno, por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y
CINCO MIL NOVECIENTOS CATORCE $ 155.914,00
para proveer a las Comisiones de Fomento de combustibles líquidos, en el marco del Operativo Plan Calor 2.007;
Que la cantidad asignada a cada una de las Comisiones de Fomento mencionadas en el convenio, será determinada por el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección General de Comisiones de Fomento;
Que el Ministerio de Gobierno deberá comprar respetando los procedimientos de contrataciones previstas en la Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público Provincial N 3.186 y el Reglamento de Contrataciones de la Provincia Decreto N 188/04;
Que el Ministerio de Familia supervisará, en el momento que lo considere oportuno y sin previo aviso la entrega de los combustibles, a los efectos de velar por el correcto cumplimiento del Programa, para lo cual se debe designar a un 01 responsable;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado, a fojas 13 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio suscripto entre el Ministerio de Familia, representado por el Señor Ministro Don Alfredo Daniel PEGA DNI N 12.711.465 y el Ministerio de Gobierno, representado por el Señor Ministro, Don Pedro Iván LAllERI DNI N 14.853.721, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Desígnese como responsable por parte del Ministerio de Familia para el seguimiento del Programa, al Director de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Familia, Don Amilcar Alfredo DIRENE DNI N
12.698.685 de acuerdo a la Cláusula Cuarta del mencionado Convenio.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Familia y de Gobierno.Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tomese razón, dése al Boletín Oficial y archíves.SAIZ.- A. D. Pega.- P. I. Lázzeri.-

CONVENIO
DE TRANSFERENCIA DE FONDOS
PARA LA COMPRA Y DISTRIBUCION
DE COMBUSTIBLES
OPERATIVO PLAN CALOR 2007
Entre el MINISTERIO DE FAMILIA de la Provincia de Río Negro, representado en este acto por el Sr.
Ministro, Dn. Alfredo PEGA, en adelante FAMILIA
por una parte y el MINISTERIO DE GOBIERNO, representado en este acto por el Sr. Ministro, Dn. Pedro Iván LAZZERI, en adelante GOBIERNO por la otra, se acuerda celebrar el presente CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS PARA LA COMPRA DE
COMBUSTIBLES, EN EL MARCO OPERATIVO
PLAN CALOR 2007, sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: El presente Convenio tiene como objetivo, la compra y distribución de combustibles en el marco del Operativo Plan Calor, en todas las Comisiones de Fomento dependientes de GOBIERNO.
Segunda: FAMILIA, se compromete a transferir a GOBIERNO, la cantidad de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CATORCE
$155.914,-, que serán destinados a la compra de combustibles calefaccionantes para luego distribuirlos en las siguientes Comisiones de Fomento: Cona Niyeu;
Arroyo Ventana; Arroyo los Berros; Sierra Paileman;
Aguada Cecilio; Chipauquil; El Salado; Nahuel Niyeu;
Treneta; Yaminue; Comicó; Prahueniyeu; Aguada de Guerra; El Cain; Pilquiniyeu; Ojos de Agua; Mamuel Choique; Colan Conhue; Clemente Onelli; Laguna Blanca; Río Chico; Villa Llanquin; Dina Huapi;
Pilquiniyeu del Limay; Pasos Flores; El Cuy; Cerro Policia; Aguada Guzmán; Mencue; Naupa Huen; Peñas Blancas; El Manso.
La cantidad asignada a cada una de las Comisiones de Fomento mencionadas será determinada por GOBIERNO, a través del Area correspondiente.
Asimismo, una vez asignado el cupo correspondiente a cada una de ellas, GOBIERNO se compromete a comunicar, en forma fehaciente, los mismos a FAMILIA.
Tercera: GOBIERNO, se compromete a comprar respetando los procedimientos de contrataciones previstos en la Ley de Administración Financiera n 3186, su reglamentación, y en el Reglamento de contrataciones de la Provincia - Decreto N 188/
04.Cuarta: FAMILIA supervisará en el momento que lo considere oportuno y sin previo aviso la entrega de los combustibles, a los efectos de velar por el correcto cumplimiento del Programa.
Quinta: FAMILIA, remitirá la partida de dinero acordada en un solo pago una vez suscripto el presente.
Sexta: GOBIERNO, deberá rendir a FAMILIA
con planillas conformadas por los beneficiarios directos, para constatar la efectiva entrega del insumo.
Séptima: Para el supuesto en que los responsables de la rendición a que está obligado GOBIERNO, no la realizaren en tiempo y forma, o realizada ésta, fuere incorrecta, el presente convenio prevé la
substanciación de sumarios administrativos por responsabilidad patrimonial previstos en la Ley N 170
y N 2394.
Las partes intervinientes, ratificando todo lo expuesto en el presente convenio, firman 03 tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Localidad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los días del mes de febrero del año 2.007.
oOo DECRETO Nº 167
Viedma, 22 de marzo de 2007.Visto, el Expediente N 32803-G-07 del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones se propicia un Aporte del Tesoro Nacional, a favor de las Municipalidades de Los Menucos e Ingeniero Jacobacci, destinado a atender el desequilibrio financiero de dichas Municipalidades;
Que por Resoluciones N 368/07 y, 369/07 del Ministerio del Interior de la Nación se transfieren los fondos necesarios para ser aplicados a tal fin;
Que la Ley de Presupuestos N 4015 prevé para el presente ejercicio el crédito para afectar los Aportes del Tesoro Nacional a los Municipios de la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control: Dirección de Asuntos Legales, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado a Fojas 27 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Otórguese un aporte financiero por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA MIL $
130.000,00, a favor de las Municipalidades de Los Menucos e Ingeniero Jacobacci, detallando la distribución del mismo en Anexo I, que forma parte del presente decreto, para ser destinado a atender el desequilibrio financiero de dichas municipalidades.
Art. 2.- El monto total acordado deberá ser girado a la orden de las Municipalidades de Los Menucos e Ingeniero Jacobacci, Señores Intendentes Municipales y/o Funcionarios Municipales, detallados en Anexo I
que forma parte del presente decreto, quienes serán responsables de su utilización.
Art. 3.- La presente erogación será imputada a los créditos del Programa 29 Subprograma 00 Proyecto 00 Actividad 02, Partida 572, Código Financiamiento 17231, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL
$ 130.000,00 financiado con el aporte del Ministerio del Interior de la Nación mediante las Resoluciones N
368/07, 369/07.
Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.-

ANEXO I DECRETO N 167

Municip.

Los Menucos Ingeniero Jacobacci Total
Monto
N Cuit
Autoridades
D.N.I.

Firma Autorizada
50.000,00
80.000,00

130.000,00

30-66073848/3
30-99923873/0

Mabel Fanny Yauhar Gabriela Analia Buyayisqui
13.899.913
13.377.842

Ilda Elizabeth G a r c i a Karina Mabel Perdomo
D.N.I.

16.692.981
21.387.559

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/04/2007

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1918

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/07/2024

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