Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/04/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 30 de Abril del 2007

Nº 4511

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,80
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVIII
EDICION DE 24 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 24

DECRETOS

DECRETO Nº 229
Viedma, 22 de marzo de 2007.Visto, el Expediente N 80455-DGP-05 del Registro del Consejo Provincial de Educación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepcional Artículo 5 de la Ley N 3238 del Señor Roberto Fabián BELLONI, D.N.I N 22.246.314-CUIL N 23-22246314-9, para desempeñarse como personal administrativo en la Delegación Regional Valle Medio del Ministerio de Educación;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la Contratación del Señor Roberto Fabián BELLONI fué autorizada por excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238 por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión de Estado;
Que el citado agente ha prestado servicios durante el período 14 de Marzo de 2005 hasta el 31 de Diciembre de 2005;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que la aptitud psicofísica del postulante, exigida por la normativa de riesgos de trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por la ex Junta Médica Central y Unica de la Provincia de Río Negro el 03 de Junio de 2005, de acuerdo a fojas 86;
Que deberán remitirse las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro, conforme las atribuciones conferidas por la Ley N 2747;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Educación, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 03354/06;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Educación representado por el Señor Ministro de Educación, Señor César Alfredo BARBEITO D.N.I. 17.065.380 y el Señor Roberto Fabian BELLONI, D.N.I N 22.246.314-CUIL N 23-22246314-9, para desempeñarse en la Delegación Regional Valle Medio del Ministerio de Educación, el que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por el señor Roberto Fabian BELLONI, CUIL N 23-222463149 durante el período 14 de Marzo de 2005 al 31 de Diciembre de 2005.Art. 3.- El citado agente se incorporará en la categoría tres 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1844 - Personal Temporariodel Ministerio de Educación.Art. 4.- Para atender los gastos correspondientes, proceder a la Reserva Interna imputando los créditos correspondientes a la Jurisdicción 45- Ministerio de EducaciónFinanciamiento Rentas Generales por la suma total de PESOS: SIETE
MIL DOSCIENTOS OCHO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS $7.208.94
del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 5.- Facultar a la Dirección Contable del Ministerio de Educación a realizar de oficio los ajustes presupuestarios que correspondan.-

Art. 6.- Remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro para la intervención que le compete por las atribuciones conferidas por la Ley N 2747.Art. 7.- A través de la Dirección de Sueldos del Ministerio de Educación, proceder a la liquidación de los haberes correspondientes, equiparados salarialmente a la Categoría tres 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1844.Art. 8.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Educación.Art. 9.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- C. A. Barbeito.
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
En la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Educación representado en este acto, por el Señor Ministro BARBEITO, César Alfredo CUIL N 20-17065380-8 con domicilio legal en la calle Alvaro Barros y Rivadavia de la Ciudad de Viedma, en adelante El CONTRATANTE por una parte y el Señor Roberto Fabian BELLONI DNI N 22.246.314, CUIL N 23-22246314-9, con domicilio en calle Mansilla Entrada 9 Dpto. K de la Ciudad de Choele-Choel Provincia de Río Negro, por la otra en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia, como personal administrativo en el Departamento Administración Areas Licencias, Rendiciones de Cuentas y notas generales, en la Delegación Regional Valle Medio, dependiente del Ministerio de Educación, con asiento en la ciudad de Choele-Choel.
SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 14 de Marzo de 2005 hasta el 31 de Diciembre de 2005.
CUARTA: EL CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.
QUINTA: EL CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley N 3487 Capítulo IX y Acta 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.
SEXTA: La retribución de EL CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios ; cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del Instituto Provincial del Seguro de Salud y sus modificatorias seguros obligatorios que correspondan.
SEPTIMA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.
OCTAVA: Las partes podrán sin causa alguna, rescindir el presente contrato, sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la Ciudad de Viedma.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares del presente contrato y cada parte recibe el suyo en este acto, en la Ciudad de Viedma a los días del mes de del año 2006.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/04/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha30/04/2007

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1915

Primera edición03/01/2002

Ultima edición26/06/2024

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