Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/06/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 26 de Junio del 2006

Nº 4423

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVII
EDICION DE 36 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 36

DECRETOS

DECRETO Nº 512
Viedma, 06 de junio de 2006.Visto, el expediente N 95348-DOYRH-05, del registro de la Secretaría de Familia, dependiente del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios - mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238 - del señor Antonio MANRIQUE DNI.
N 12.648.946 Programa 01, Categoría 01 - Agrupamiento Administrativo, quien desempeñará tareas como Coordinador Local del Programa Comer en Familia, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Nutricionales del Ministerio de Familia, en la ciudad de Villa Regina, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2006;
Que el señor Antonio MANRIQUE DNI. N 12.648.946 cumple con los requisitos de ingreso establecidos en el Artículo 1 de la Ley N 2596, modificatorio del Artículo 14 de la Ley N 1844;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, mediante ACTA N 02/2006, Punto 01, autoriza por excepción a contratar al citado agente;
Que el presente tramite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Apruébese, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA
DNI N 12.711.465 y el señor Antonio MANRIQUE DNI. N 12.648.946 Programa 01, Cateoría 01, Agrupamiento Administrativo, para desempeñarse como Coordinador Local del Programa Comer en Familia, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Nutricionales del Ministerio de Familia, en la ciudad de Villa Regina a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2006, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto. Art. 2.- Comprométase el gasto que demande la presente erogación a los créditos presupuestarios pertenecientes a la Jurisdicción 19, Programa 01.00.00.02, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Nutricionales del Ministerio de Familia.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Familia.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.
CONTRATO
DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA DNI. N 12.711.465 con domicilio en calle Belgrano y Buenos Aires de la ciudad de Viedma, por una parte y el señor Antonio
MANRIQUE DNI. N 12.648.946, con domicilio en calle Onas N 965 de la localidad de Villa Regina, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará servicios bajo relación de dependencia de la Subsecretaría de Políticas Nutricionales, dependiente del Ministerio de Familia, quien se desempeñará como Coordinador del Programa Comer en Familia en la localidad de Villa Regina, con un régimen de 06 seis horas diarias y un total de 30 treinta horas semanales.SEGUNDA: La retribución a favor de EL CONTRATADO, será equivalente al básico de una categoría 01 del Agrupamiento Administrativo de la Ley 3487, de acuerdo a los montos establecidos en la misma con bonificaciones por Título, Salario Familiar y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: La vigencia del contrato será a partir de la firma del presente hasta el 31 de Diciembre de 2006.CUARTA: La retribución de EL CONTRATADO estará sujeta a los descuentos de Ley correspondientes.QUINTA: EL CONTRATADO quedará sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarías y métodos de trabajos que establezca el Contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, ni a la carrera Administrativa que establecen las normas legales vigentes para los empleados públicos provinciales.SEXTA: Cada una de las partes, podrán rescindir el presente Contrato, dando aviso fehaciente de la finalización del mismo con 30 treinta días de anticipación, sin que esto implique para la Secretaría de Familia reconocimiento de indemnización alguna.SÉPTIMA: EL CONTRATADO pondrá en conocimiento a la Secretaría de Familia, de toda ocupación, empleo actividad profesional que haya ejercido o ejerza aún en caso de encontrarse en uso de licencia de cualquier tipo o percepción de jubilación, pensión o retiro por parte del Estado Nacional, Municipal, Empresas del Estado y/u Organismos Descentralizados.OCTAVA: Para todos los efectos judiciales emergentes en este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados up-supra, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales de la Provincia de Río Negro con asiento en la Ciudad de Viedma.En prueba de conformidad se firman tres 03 ejemplares de un mismo tenor y a una solo efecto, quedando el original en poder de la Secretaría de Familia, el duplicado para el Contratado y el triplicado para ser agregado al Expediente. N
95348-DOYRH-05, en la ciudad de Viedma capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes del 2.006.oOo DECRETO Nº 519
Viedma, 06 de junio de 2006.Visto, el expediente N 17343-DI-06, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación del convenio suscripto entre el Ministerio de Familia y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro, mediante el cual se propicia la transferencia de créditos desde el Ministerio de Familia a favor de la Dirección General de Comisiones de Fomento, dependiente del Ministerio de Gobierno, por la suma total de PESOS NOVENTA
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA $ 90.950,00, quien proveerá a las distintas Comisiones de Fomento de la Provincia, combustible líquido en cantidades y puntos de entrega de acuerdo al listado que forma parte integrante del Convenio oportunamente firmado, en el Marco Operativo PLAN CALOR
2.006;
Que el Ministerio de Gobierno deberá comprar respetando los procedimientos de contrataciones previstas en la Ley de Administración Financiera N 3186 y Reglamento de Contrataciones de la Provincia, Decreto N 188/04;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/06/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha27/06/2006

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1918

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/07/2024

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