Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/07/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 25 de Julio del 2002
4º - Elección de todos los miembros titulares y suplentes para integrar la Comisión Directiva por el término de un año, pudiendo ser reelegidos los miembros actuales.
5º - Elección de los miembros titulares y suplentes para integrar la Comisión Revisora de Cuentas.
6º - Comentarios sobre los proyectos que lleva adelante la Asociación, preguntas, propuestas y sugerencias para el próximo ejercicio.
Stella Maris Pascarosa, Presidenta.- Edith H. Iriani, Secretaria.
oOo PEÑA DE TANGO VIRULAZO
Asamblea General Ordinaria Viedma, julio del 2002.
La Peña de Tango Virulazo, convoca a los Sres.
Asociados a la Asamblea General Ordinaria, el día 11
de agosto del 2002, a las 18 horas, en el Salón Comunitario del barrio Santa Clara, sito en el Boulevard Ituzaingó Nº 948 de esta ciudad, para considerar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1º - Lectura y aprobación del Acta anterior.
2º - Designación de dos socios para presidir la Asamblea y un socio para Secretario.
3º - Designación de dos socios para firmar el acta de la Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario.
4º - Lectura y consideración de la Memoria y Balance de los períodos comprendidos entre el 1 de mayo del 2001 y 30 de abril del 2002.
5º - Renovación total de la Comisión Directiva por cese de mandato.
6º - Tratar cuota de socios y entradas.
7º - Asamblea fuera de término, por atraso en la entrega del balance.
8º - Declarar Socios Honorarios a los Sres. Onetti Julio; León Adalberto y Zegarelli María.
Ramón Gómez, Presidente.- Nelda Tolosa, Secretaria.
oOo
ACLARACION

En el Boletín Oficial Nº 3931, de fecha 18 de octubre del 2001, Sección Administrativa.
Donde Dice:
ANEXO UNICO
LEY Nº 3543
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Debe Anularse el texto ANEXO UNICO, quedando de la siguiente manera:
LEY Nº 3543
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:

21

BOLETIN OFICIAL N 4013
En el Boletín Oficial Nº 3988, de fecha 29-04-02 Sección Administrativa - Ley Nº 3628 - En el Art. 3º.
Donde Dice:
Nº 3973
Debe Decir:
Nº 2973

DECRETO Nº 521
Registrada bajo el número tres mil seiscientos treinta y cuatro 3634.
Viedma, 31 de mayo del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.-

oOo
En el Boletín Oficial Nº 3996, de fecha 27-05-02 Sección Administrativa - Ley Nº 3631 - En el Art. 9º.
Donde Dice:
El Art. 9º de
Debe Decir:
El Art. 6º de la Ley Nº 3602, quedará reordenado como Art. 10, de forma.
oOo En el Boletín Oficial Nº 4002, de fecha 17-06-02 Sección Administrativa - Ley Nº 3632.
Donde Dice:
Artículo 1º - Agrégase como segundo párrafo al Art.
1º Debe Decir:
Artículo 1º - Agrégase como tercer párrafo al Art.

ANEXO A LA LEY Nº 3634
LEY 25.367
CREACION DEL SISTEMA
DE EMERGENCIAS COORDINADAS
BUENOS AIRES, 22 de noviembre de 2000
BOLETIN OFICIAL, 19 de diciembre de 2000
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º - Créase dentro del ámbito del Ministerio del Interior, el Departamento de Emergencias Coordinadas, el que tendrá a su cargo dar las primeras instrucciones frente a los distintos tipos de emergencias y derivar el pedido o denuncia a las reparticiones públicas o privadas con competencia.

oOo
En el Boletín Oficial Nº 4002, de fecha 17-06-02 Sección Administrativa - Ley Nº 3634
Debe Publicarse con su Anexo, quedando de la siguiente manera:
LEY Nº 3634
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Adhiérese a la Ley Nacional N 25.367
-Asignación del número telefónico asterisco novecientos once 911 para la atención de emergencias-, cuyo texto se acompaña como anexo de la presente.
Art. 2.- El Ministerio de Gobierno, a través del área responsable de la Defensa Civil en la Provincia, tendrá a su cargo la implementación y difusión del sistema en coordinación con el Ministerio del Interior.
Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los quince días del mes de mayo del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 31 de mayo del 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Cdor. Esteban Joaquín Rodrigo, Ministro de Gobierno.

Art. 2 - A fin de implementar el sistema de emergencias coordinadas dótase al mismo, de un único número de teléfono de tres cifras 911, asterisco novecientos once, que será el mismo en todo el país, a fin de receptar las denuncias. Las llamadas serán sin cargo y podrán hacerse desde teléfonos públicos, semipúblicos, privados o celulares.
Art. 3º - El Departamento llevará un registro de las llamadas identificadas electrónicamente, para la confección de estadísticas que permitan elaborar políticas de prevención de accidentes.
Art. 4º - Las compañías licenciatarias del Servicio Básico Telefónico, deberán reservar y poner a disposición del Ministerio del Interior, una línea gratuita para las llamadas a que se refiere el artículo 1 de la presente ley.
Art. 5º - Se deberá realizar en todo el territorio nacional una amplia campaña de publicidad del sistema de emergencias coordinadas y del número telefónico asignado.
Art. 6º - El Ministerio del Interior, coordinará con las provincias la implementación del sistema en las distintas jurisdicciones.
Art. 7º - Invítase a las provincias a adherir a la presente ley.
Art. 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
PASCUAL-LOSADA-Aramburu-Oyarzún
CIERRE DE EDICIONES
Se hace saber a los interesados que las ediciones de este Boletín se cierran como último término, los LUNES Y MIERCOLES a las 12 horas para los JUEVES Y LUNES respectivamente, días éstos que son los de salida de esta publicación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/07/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha25/07/2002

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1927

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/08/2024

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