Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/07/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Julio del 2002

BOLETIN OFICIAL N 4011

domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma en adelante EL
COMODATARIO", por la otra se conviene en la celebración del presente contrato de Comodato el que regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: "EL COMODANTE " entrega en comodato a EL
COMODATARIO" el inmueble ubicado en el predio en la exChacra EMETA, ubicada en el predio 172 de Paso Córdoba, NC: 5-I-T-9-1A, con los inmuebles y muebles allí existentes y libre de ocupantes.
SEGUNDA: "EL COMODATARIO" recibe de plena conformidad el inmueble entregado en comodato y se compromete a dar al mismo el destino de alojamiento de condenados y procesados con asiento en la alcaldía de la ciudad de General Roca.
TERCERA: El plazo de duración del presente se conviene en cinco años cobrando vigencia a partir de la fecha de su suscripción, prorrogable automáticamente por igual período siempre que no medie denuncia formal de cualquiera de las partes, la que deberá notificarse fehacientemente con una antelación no menor de treinta 30
días respecto del vencimiento correspondiente.
CUARTA: Durante el plazo de vigencia del contrato "EL COMODATARIO"
tendrá a su cargo los gastos que demanden la instalación y/o consumo de los servicios que se utilicen en el inmueble tales como luz eléctrica, gas, teléfono etc. los que deberán estar saldados al momento de la entrega definitiva del bien. Asimismo estará a su cargo el pago de todos los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que afecten al mismo y a su funcionamiento.
QUINTA: "EL COMODANTE" queda facultado para realizar inspecciones en el inmueble objeto del contrato a efectos de certificar el estado de conservación del mismos. La inspección citada podrá efectuarse cualquier momento y sin aviso previo.
SEXTA: "EL COMODATARIO" queda facultado a realizar en el inmueble las mejoras pertinentes destinadas a la instalación de las infraestructuras edilicias, servicios, u otros cualquiera fuera su índole y que resulten necesarias para dar fiel cumplimiento a la previsión de la Cláusula Segunda del presente. Dichas mejoras quedarán a beneficio de "EL COMODANTE" una vez finalizada la vigencia del presente contrato de comodato.
SEPTIMA: El incumplimiento del cualquiera de las cláusulas del presente convenio por una de las partes, dará a la otra, derecho a rescindir en forma unilateral el mismo.
OCTAVA: A todos los efectos legales judiciales y extrajudiciales las partes constituyen domicilio en los ut supra citados, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Viedma, con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción que por derecho pudiera corresponder.
De conformidad, se firma tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma a los del mes de marzo de 2002.
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DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 463.- 21-05-02.- Destacandose en Comisión Oficial de Servicios al Sr. Secretario de Estado de Fruticultura, Ing. Agr. Jorge E. Chiofalo DNI N
12.124.458, con sede en Ciudad de Allen, durante los días 21-05-02 al 23-0502 a la Ciudad de Brasilia con el objeto de mantener reuniones con las autoridades sanitarias del país de Brasil, a fines de establecer un sistema de certificación de sanidad de frutas. Expte. Nº 76014-F-02.DECRETO Nº 491.- 31-05-02.- Destacandose en Comisión Oficial de Servicios al Sr. Secretario de Estado de Fruticultura, Ing. Agr. Jorge E. Chiofalo DNI N
12.124.458, con sede en la Ciudad de Allen, durante los días 02-06-02 al 0406-02 a la Ciudad de Brasilia con el objeto de mantener reuniones con las autoridades sanitarias del país de Brasil, a fines de establecer un sistema de certificación de sanidad de fruta. Expte. Nº 76015-F-02.DECRETO Nº 553.- 10-06-02.- Designando a partir del 9 de abril de 2.002, a la Sra. María Francisca Miran - D.N.I. N 13.311.870, en el cargo de Subdirectora de Administración de la Secretaría de Estado de Trabajo del Mtrio. de Gobierno.DECRETO Nº 554.- 10-06-02.- Adhiriendo a los festejos organizados con motivo de la celebración de un nuevo aniversario de la fundación de la ciudad de Catriel.DECRETO Nº 556.- 19-06-02.- Rechazando el recurso jerárquico interpuesto por la señora Silvia Esther Saavedra D.N.I. N 17.064.668. Expte. Nº 96304-DGASLTyAL-01.DECRETO Nº 559.- 19-06-02.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Dos mil Quinientos $ 2.500,00, a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán, destinado a la reparación de una maquina cargadora de dicha localidad. Expte. Nº 01270-M-02.DECRETO Nº 560.- 19-06-02.- Declarando intervenida la Asociación denominada "Bomberos Voluntarios de Catriel" con domicilio en Catriel Departamento General Roca de esta Provincia a los fines de normalizar su funcionamiento sobre la base de la finalidad del bien común establecida en su estatuto social. Expte.
Nº 1.461-P-02.DECRETO Nº 562.- 02-07-02.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Veinticinco mil $ 25.000 00 a favor de la Municipalidad dc San Antonio Oeste CUIT N 30-64820941-6. para asistir a los trabajadores de la Emplesa AGUACAMPO S.A.. quienes tienen paralizada su fuente laboral como consecuencia de los problemas societarios de la misma, revistiendo el mismo por tal motivor carácter de urgente. Expte. Nº 65857-"DP"-02.-

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DECRETO Nº 563.- 02-07-02.- Declarando de Interés Provincial la "Feria de la Industria Argentina en Curitiba - Brasil" a realizarse los días 12 al 15 de Noviembre de 2002 en el Centro de Exposiciones de la Federación de Industria y Comercio del Estado de Paraná. Expte. Nº 10.429-GAPD-02.DECRETO Nº 565.- 02-07-02.- Rechazando el Recurso de Alzada interpuesto por los Dres. Adriana Noemí Lasso y Ariel A1berto Gallinger, en su carácber de apoderados del Sr. HUECHE Norberto DNI: 12.057.209, contra las Resoluciones N 29/00 y 53/01 del Instituto Autárquico Provincial del Seguro. Expte. Nº 10.429-DGA-SLTyAL-01.DECRETO Nº 566.- 02-07-02.- Transfiriendo a partir de la fecha del presente Decreto con su correspondiente cargo al agente PLanta Permanente Edgardo Miguel INTRIERI CUIL. N 23-18305539/9 Categoria 04, Agrupamiento Técnico de la Jurísdición 28 Programa 23.00.00.01-Consejo Ecología y Me-dio Ambiente dependiente de la Secretaría de Estado de Producción en el area del Ministerio de Economía a la Jurisdicción 43 Programa 11.00.00.01Departamento Provincial de Aguas modificándose su situación de revista presupuestaria. Expte. Nº 5874-CODEMA-2000.DECRETO Nº 567.- 02-07-02.- Creando una vacante en el Agrupamiento Servicios Generales, Categoría 07, de la Ley 1844, -Programa 44.14.00.00.01. Secretaría de Estado de Salud, dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Expte. Nº 59022-S-99.DECRETO Nº 568.- 02-07-02.- Creando una vacante Agrupamiento Profesional, A Grado I, de la Ley 1904, en el Programa 44.14.00.00.01 Secretaría de Estado de Salud dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 11, de la ley 1844. Expte. Nº 29433-S-98.DECRETO Nº 576.- 03-07-02.- Otorgando un aporte no reintegrable de Pesos Quience mil $ 15.000,00 a favor del Ente de Desarrollo de la Región Sur CUIT.N 30-68906551-8, destinado a solventar gastos de funcionamiento que demande el servicio de patrullaje a cargo de personal policial e inspectores provinciales con el fin de garantizar un efectivo control de la Caza Comercial de la Liebre Europea, el que será girado a la orden de su Presidente Rubén Adolfo LAURIENTE CUIL.N 20-10913418-0 y Secretario Ejecutivo Carlos Alberto IRASOLA CUIL.N 20-07655679-3. Expte. Nº 65859-DF-02.DECRETO Nº 580.- 03-07-02.- Rectificando el Artículo 3 del Decreto N 1100
de fecha 03 de septiembre de 2001, el cuál quedará redactado de la siguiente manera:" Artículo 3.- El importe acordado con la Institución deberá ser girado a la orden del Secretario de Estado de Acción Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, señor Marcelo Alejandro CASCON CUIL N 23147452799 y/o el responsable de Caritas, de General Roca, Padre Andrés Daniel TOCALINI CUIL N 20-20914402-7, siendo el último de los nombrados responsable de la administración y la oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Decreto 194/76". Expte. Nº 125189-SAYPF-01.DECRETO Nº 581.- 03-07-02.- Rectificando el Artículo 3 del Decreto N 1024
de fecha 29 de agosto de 2001, el cuál quedará redactado de la siguiente manera:"Artículo 3.- El importe acordado con la Institución deberá ser girado a la orden del Secretario de Estado de Acción Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, señor Marcelo Alejandro CASCON CUIL N 23-14.745.2799 y/o el Intendente Municipal de Ingeniero Jacobacci, señora Gabriela Analia BUYAYISQUI CUIL N 27-123778842-7, siendo el último de los nombrados responsable de la administración y la oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en los Decretos Ns.: 194/76 y 1341/93". Expte. Nº 124428SAYPF-01.DECRETO Nº 582.- 03-07-02.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Siete mil $ 7.000,00.-, a ser abonado en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas de Pesos Tres mil quinientos $ 3.500, a favor de la Municipalidad de Catriel, destinado a la culminación de la Obra Red de Gas en el lote 6 de dicha localidad. Expte. Nº 01488-C-02.DECRETO Nº 583.- 03-07-02.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Cuatro mil ochocientos $ 4.800,00.-, a favor de la Municipalidad de San Antonio Oeste, destinado a cubrir gastos de desfasajes y funcionamiento.
Expte. Nº 01616-S-02.DECRETO Nº 584.- 03-07-02.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Cuatro mil ochocientos $ 4.800,00.-, a favor de la Municipalidad de Cervantes, destinado a afrontar el compromiso y evitar acciones legales con respecto a un personal fallecido Sr. Carlos ETCHETO, con problemas en su poliza de Seguro Social Obligatorio de dicha localidad. Expte. Nº 1401-C-02.DECRETO Nº 585.- 03-07-02.- Otorgando a la Comisión de Fomento de COLAN
CONHUE, un aporte no reintegrable de Pesos Un mil quinientos $ 1.500,00, que seran destinados a solventar gastos de funcionamiento que demanda dicha Comisión de Fomento. Expte. Nº 01183-C-02.DECRETO Nº 586.- 03-07-02.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Veinte mil $ 20.000.- abonado en cuatro 04 cuotas de Pesos Cinco mil $ 5.000.-, a favor de la ASOCIACION ARRAYAN de San Carlos de Bariloche Personería Jurídica N 1461 de fecha 15/06/99, con destino a solventar los gastos que demande el funcionamiento del Centro de Atención y Rehabilitación para la evaluación y el tratamiento integral de afecciones temporarias o permanentes de personas que presentan distintas patologías. Expte.
Nº 05163-SP-02.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/07/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha18/07/2002

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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