Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/04/2017 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 70
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 12 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 434
Córdoba, 31 de marzo de 2017
VISTO: el Expediente N 0435-066067/2017 del registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la creación del Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias de Córdoba BPAs CBA, tendiente a promover, difundir y garantizar el aprovechamiento sostenible, responsable y planificado de los recursos naturales.
Que el señor Secretario de Agricultura impulsa la presente gestión dando cuenta de la importancia de lograr en el territorio provincial el desarrollo sostenible de las actividades agropecuarias, a través de la innovación tecnológica, el cuidado de los recursos naturales y la capacitación permanente de los recursos humanos; destacando que ello se trata de una política pública sin antecedentes en el país, lo que ubica a Córdoba nuevamente a la vanguardia en materia de medidas que tiendan al desarrollo del sector agroindustrial.
Que la gestión procurada tiene como objeto generar un sistema de incentivos con el fin de que los productores agropecuarios que desarrollen sus actividades productivas en el territorio provincial, implementen las Buenas Prácticas Agropecuarias como política agroalimentaria.
Que las Buenas Prácticas Agropecuarias son definidas como el conjunto de principios, normas y recomendaciones técnicas, tendientes a reducir los riesgos físicos, químicos y biológicos en la producción, procesamiento, almacenamiento y transporte de productos de origen agropecuario, orientadas a asegurar la inocuidad del producto, la protección del ambiente y del personal que trabaja en la explotación a fin de propender al Desarrollo Sostenible.
Que la implementación de este tipo de programas resulta beneficiosa a los intereses de la Provincia ya que se promueve de manera directa e indirecta el cuidado del ambiente, la disminución del impacto de las actividades del hombre, la diversidad en la producción, la innovación tecnológica, el espíritu emprendedor, la capacitación del hombre de campo fomentando el trabajo en grupo y el asociativismo, la inclusión de la familia del productor y la de sus trabajadores por medio de trabajo calificado y digno.
Que el Programa de que se trata, tiene como beneficiarios a todos los productores agropecuarios que desarrollen actividades productivas agrícolas, ganaderas, apícolas o mixtas, tanto extensivas como intensivas en establecimientos radicados dentro de la Provincia de Córdoba y que implemente las Buenas Prácticas Agropecuarias BPAs CBA; los que serán destinatarios de un aporte económico no reintegrable ANR que se determinará de acuerdo al grado de implementación de las mismas.
Que la Autoridad de Aplicación del Programa será el Ministerio de Agricultura y Ganadería o quien en el futuro lo reemplace, teniendo a su cargo dictar normas para la correcta aplicación y funcionamiento del mismo pudiendo a tales fines suscribir convenios con entidades públicas o privadas;
así como la determinación de las Buenas Prácticas Agropecuarias a través de Manuales Operativos diseñados para cada una de las actividades productivas agrícolas, ganaderas, apícolas o mixtas, tanto extensivas como intensivas.
Que a los fines de generar un espacio de intercambio entre los distintos actores relacionados con la temática en cuestión se creará un Consejo Consultivo integrado por instituciones y entidades públicas y privadas, con el objeto de asesorar al Ministerio de Agricultura y Ganadería en todo lo relacionado a la implementación y desarrollo del programa de Buenas BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Prácticas Agropecuarias BPAs. CBA.
Que asimismo, se estima en la suma de Pesos Setenta Millones $70.000.000, los montos necesarios para la ejecución del Programa de la referencia, acompañando la Dirección de Jurisdicción de Administración de la cartera actuante la imputación presupuestaria para atender dicha erogación correspondiente al ejercicio financiero del año en curso.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura y Ganadería con el Nº 25/2017, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 229/2017, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inc. 1 y 14 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1.- CRÉASE el Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias de Córdoba - BPAs CBA en el ámbito del Ministerio de Agricultura y Ganadería, con el objeto de generar un sistema de incentivos a fin de que los productores agropecuarios que desarrollen sus actividades productivas en el territorio provincial, implementen las Buenas Prácticas Agropecuarias como política agroalimentaria.
ARTÍCULO 2.- LOS Objetivos del Programa son:
1. Instalar las Buenas Prácticas Agropecuarias BPAs en la Provincia de Córdoba como Política Agroalimentaria contribuyendo al Desarrollo Sostenible.
2. Generar en la Comunidad Agroalimentaria, a través de un sistema de incentivos, la conciencia de que el cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos, no solo debe ser parte de la cultura de los productores cordobeses sino que debe acompañar el desarrollo productivo.
3. Generalizar la adopción regular y sistemática de Buenas Prácticas Agropecuarias, BPAs en el proceso de producción.
4. Fomentar la incorporación de nuevas tecnologías, prácticas y conocimientos mediante las acciones de Capacitación, Asociativismo y Comunicación.
5. Generar un cambio cultural en el sistema productivo, incorporando la medición de variables productivas, sociales y ambientales.
ARTÍCULO 3.- BENEFICIARIOS: el Programa está destinado a todo productor agropecuario que desarrolle actividades productivas agrícolas, ganaderas, apícolas o mixtas, tanto extensivas como intensivas en establecimientos radicados dentro de la Provincia de Córdoba y que implemente las Buenas Prácticas Agropecuarias BPAs CBA establecidas para este Programa por la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 4.- El beneficio consiste en un aporte económico no reintegrable ANR que se determinará de acuerdo al grado de implementación de las Buenas Prácticas Agropecuarias BPAs CBA, las que serán establecidas por la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 5.- LA inscripción al Programa se llevará a cabo a través de la Plataforma de Servicios Ciudadano Digital CiDi Nivel 2 del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 6.- ESTABLÉCESE como autoridad de aplicación del Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias de Córdoba - BPAs CBA al Ministerio de Agricultura y Ganadería, o quien en un futuro lo reemplace.
La autoridad de aplicación se encuentra facultada para dictar las normas de interpretación y complementarias que requiera la operatividad del Pro-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/04/2017 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha12/04/2017

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones4192

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/08/2024

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