Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/08/2016 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 170
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 31 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó una variación en los costos a partir del mes de JULIO/2015 del 8,61%, por lo que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación Fri correspondiente, verificándose a partir de dicho mes, un porcentaje de variación del 7,75%, habiéndose aplicado los Números Índice publicados mensualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes anterior a dicha fecha y valores del mes anterior al de la ultima Redeterminación Abril/2015, resultando un total a reconocer a la contratista por dichos conceptos de $ 35.574,94.- por lo que el nuevo presupuesto de obra redeterminado a Setiembre/2015 asciende a la suma de $ 1.265.550,48.-;
Que a fs. 63, mediante Dictamen N 062/2016, División Jurídica expresa que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N
1133/10 y 1231/10 y Dcto. 2000/15, puede el Sr. Secretario aprobar lo actuado y dictar el Acto Administrativo haciendo lugar a la Redeterminación de que se trata, salvo mejor opinión al respecto;
Que a fs. 64/66 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de Precios, suscripta entre el Señor Secretario de Arquitectura y la Empresa CERES
S.R.L., con fecha 18/02/2016;
ATENTO ELLO, EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de Precios por Variación de Costos, correspondiente al mes de JULIO/2015 de la obra: CONSTRUCCION DE SALON DE USOS MULTIPLES S.U.M.,
Resolución N 260

DEPOSITO, SANITARIO PARA DISCAPACITADOS Y REPARACIONES
GENERALES EN EL CENTRO EDUCATIVO RUBEN DARIO, ubicado en calle S/N - ZONA RURAL LA LAGUNA ALTO VERDE DEPARTAMENTO TULUMBA PROVINCIA DE CORDOBA, suscripta entre el Secretario de Arquitectura y la Empresa CERES S.R.L., obrante a fs. 64/66, la que a los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I, compuesta de TRES 3 fojas y consecuentemente autorizar la inversión de la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 35.574,94., para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada Empresa, conforme las razones expresadas en considerando que se dan por reproducidas en esta instancia.ARTICULO 2. IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección de Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales en Nota de Pedido Nº 2016/000344 fs. 69 con cargo al Programa 506-005
PARTIDAS 12.06.00.00 Obras Ejecución por Terceros del P.V.ARTICULO 3.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Administración del-/ Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, tome razón el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial y PASE a la Jefatura de Área de Inspecciones y Certificaciones, a sus efectos.FDO. DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA

Anexo: http goo.gl/kT933I

Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/9 corre agregada la documentación presentada por la contratista, fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 11/31, documentación relacionada con la ejecución de la obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación se perfeccionó mediante Resolución N

e informe del que surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó una primera variación de costos a partir del mes de JUNIO/2014 del 11,2744%, y luego una segunda variación de costos al mes de NOVIEMBRE/2014 del 8,0259%, por lo que se procedió a calcular los Factores de Redeterminación Fri correspondientes, verificándose una primera variación de costos a partir del mes de JUNIO/2014, con un porcentaje del 10,15%, habiéndose aplicado los Números Índice publicados mensualmente en el ANEXO DEL
CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización ABRIL/2014.
A continuación se constato una segunda variación de costos a partir del mes de NOVIEMBRE/2014 con un porcentaje del 7,22%, utilizándose idéntica metodología a la detallada precedentemente, con valores del mes anterior a dicha fecha y valores del mes anterior a JUNIO/2014, resultando un monto a reconocer a la contratista por dicho concepto de $ 288.994,01., por lo que el nuevo presupuesto de obra redeterminado asciende a $
1.885.361,71. A fs. 42, las Direcciones de Planificación y Proyecto y de Obras, Licitaciones y Contrataciones propician la continuidad del trámite;
Que a fs. 52, mediante Dictamen N 162/2016, División Jurídica expresa que conforme las actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs. 35/41 elaborado por Sección Costos, no existe objeción de orden jurídico formal para proceder a la Redeterminación solicitada;

071/14 de la Secretaría de Obras Públicas del entonces Ministerio de Infraestructura, habiéndose suscripto el contrato correspondiente con fecha 16/10/2014, y replanteando la obra el día 15/12/2014;
Que a fs. 33 División Certificaciones informa que se ha confeccionado Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta, cuya copia obra agregada a fs.
35, con fecha de emisión 05/02/2015;
Que a fs. 36/41, toma participación Sección Costos, elaborando planilla
Que respecto de los análisis técnico y contable, ese Servicio Asesor no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia material;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N
1133/10 y 1231/10 y el Decreto 2000/15, puede el Señor Secretario aprobar lo actuado y dictar acto administrativo haciendo lugar a la Redeterminación de que se trata, salvo mejor opinión al respecto;
Que a fs. 53/56, corre agregada Acta Acuerdo de Redeterminación de
Córdoba, 18 de Mayo de 2016
EXPEDIENTE N 0451-002853/2014 REFERENTE Nº 2.VISTO
este Referente en el que a fs. 2, mediante nota de fecha 2 de junio de 2015 la Empresa TECON CONSTRUCTORA S.R.L., contratista de la obra: TENDIDO ELECTRICO SUBTERRRANEO CON SUBESTACION
TRANSFORMADORA Y AMPLIACION DE LA RED DISTRIBUIDORA DE
AGUA para el I.P.E.M. N 29 FELIPE GALIZIA, ubicado en Bv. Buteler esq. Cervantes Barrio Las Quintas RIO CUARTO Departamento Río Cuarto Provincia de Córdoba, solicita Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el marco de las disposiciones del Decreto N 1133/10
rectificado por su similar N 1231/10;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/08/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha31/08/2016

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4178

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2016>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031