Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - T OMO DCIII - Nº 51

Resolución N 92

Córdoba, 9 de Marzo de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0425-289016/14 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley N 9086 y el Decreto N 150/2004 y modificatorias, correspondiente al mes de diciembre de 2014.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que, asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modificaciones propuestas se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial Nro. 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo Nro. 55/15

CÓRDOBA, 17 de marzo de 2015
TELECOM ARGENTINA S.A, a utilizar zona de camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a ejecutar los trabajos correspondientes al Tendido Subterráneo de Fibra Óptica, en R.P A-102 Camino a 60 cuadras; dicho tendido se desarrollará sobre la margen Oeste de la Ruta Provincial N A-102 por una longitud total de 44,35m., a través de la Contratista TESUR
S.A., bajo las condiciones establecidas en la Resolución N 0133/
01 y las que a continuación se detallan:
a La obra debe ser construida según el proyecto respectivo.
b No podrá interrumpirse el tránsito en ningún momento.
c Para el/los cruces se respetará una tapada mínima de 1,50m.
con respecto a la cota de fondo de los canales existentes / línea de agua del cordón cuneta existente, manteniéndose ésta tapada en todo el ancho de zona de camino.
d Se deberá dejar instaladas dos cintas de advertencia. La primera deberá ir a una profundidad de 50cm. con respecto al terreno natural y la otra a 50cm. arriba de los ductos/cables.

EL MINISTRO DE SALUD
R ESUELVE:
1º.- AUTORÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye las compensaciones de recursos financieros Nros. 136/2014 al 138/2014 y 141/2014 al 230/2014 correspondientes al mes de diciembre de 2014 y en las Planillas de Adecuación del Plan de Inversiones Públicas, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Resolución, las que constan de CUARENTA Y CINCO 45 fojas útiles.
2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas, a la Legislatura y a la Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. FRANCISCO JOSE FORTUNA
MINISTRO DE SALUD

e Durante todo el proceso constructivo, no deberá ser afectada la estabilidad, tanto de los terraplenes como de la estructura de la calzada / vereda y se deberán restituir las condiciones de compactación del terreno existente. A los efectos de cumplimentar lo que establece la Autoridad Vial Competente, se puntualiza la necesidad de la presentación, contemporáneamente con la ejecución de los trabajos, de los ensayos de compactación PROCTOR correspondientes y de densidad in situ, refrendados por un profesional responsable, que avalen la compactación en la profundidad total de la zanja excavada, según las normativas vigentes compactación en capas 0,20.

ANEXO

f Al terminar la obra no se deberá notar en el terreno desniveles con respecto al nivel actual del mismo; el tapado / cierre de las excavaciones se realizará respetando las normas de compactación correspondientes, de acuerdo a las reglas del arte y a las normas vigentes compactación en capas 0,20.

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VIENE DE TAPA

4 años, de acuerdo al siguiente detalle:
Presidente: CAMPOS, Sergio E D.N.I. 24.369.096
Secretario: RETAMOSO, David A D.N.I. 20.416.746
3 Vocal: BENITO ROMERO, Ricardo D.N.I. 29.253.085
4 Vocal: Persona de Representación Necesaria de la Municipalidad de Villa Valeria s/ Decreto N 027/14:
BERENGUER, Horacio A D.N.I. 14.595.053
1 Rev. de Cuentas: GOMEZ, Raúl J D.N.I. 17.563.266
2 Rev. de Cuentas: LIZARRAGA, Rubén G D.N.I. 23.006.521
ARTÍCULO 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.ING. RAUL BERTOLA
P RESIDENTE
SR. ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL DIRECTORIO

Resolución N 137

Córdoba, 13 de Marzo de 2015

REF.: TELECOM ARGENTINA S.A. SOLICITA
AUTORIZACIÓN CON CARÁCTER PRECARIO
PARA REALIZACIÓN DE TENIDO
SUBTERRANEO DE FIBRA OPTICA, EN R.P. A-102, CAMINO A 60 CUADRAS.C.I. Nº 702653 045 914.VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa Telecom Argentina S.A., solicita autorización para realizar trabajos en zona de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:

Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe obrante en autos, señala que la mencionada peticionante solicita autorización para ejecutar los trabajos correspondientes al Tendido Subterráneo de Fibra Óptica, en R.P A-102, Camino a 60 cuadras;
dicho tendido se desarrollará sobre la margen Oeste de la Ruta Provincial N A-102 por una longitud total de 44,35m, a través de la Contratista TESUR S.A.
Que las presentes actuaciones contienen Póliza N 140005030
por Responsabilidad Civil de ZURICH ARGENTINA Compañía de Seguros S.A y Póliza de Seguro de Caución de CHUBB
ARGENTINA DE SEGUROS S.A, N 000914115.
Que analizada la documentación presentada en correlación a la Resolución citada, el mencionado Departamento Técnico manifiesta que de no mediar opinión en contrario, podría accederse a lo peticionado bajo las condiciones expresadas en el mismo.
Que obra en autos constancia de transferencia del importe correspondiente a Gastos de Inspección, por la suma de pesos CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA
Y CINCO CENTAVOS $5.383,35.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 84/
15 que luce en autos, señala que correspondería, salvo mejor criterio en contrario de la Superioridad, se autorice con carácter precario a la Empresa Telecom Argentina S.A., para realizar los trabajos que dan cuenta estas actuaciones, bajo las condiciones que allí enumera en el punto a hasta n inclusive.
Que por último concluye el precitado Departamento que habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución N 0133 del 30-03-01, ese Servicio Jurídico no tiene, desde el punto de vista jurídico formal, observaciones que formular, por lo que de compartir criterio señalado, puede esa Superioridad, en atención a las facultades acordadas por la Ley 8555, prestar aprobación a los solicitado.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555 y la previsiones de la Resolución Nº 0133/01;

g De resultar necesaria la remoción de plantas o árboles, se deberá notificar a la Dirección Provincial de Vialidad, no pudiendo ejecutar ninguna acción sin autorización de ésta.
h Se deberá retirar todos los elementos sobrantes de obra, como así también montículos de suelo u otro material que pudiera obstaculizar la conservación de banquinas y préstamos.
i Durante todo el proceso constructivo, no deberá ser afectada la estabilidad, tanto de los terraplenes como de la estructura de la calzada o vereda y se deberán restituir las condiciones de compactación del terreno existente.
j Se deberá disponer en obra a fin de evitar accidentes mientras se realizan los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna y nocturna en un todo de acuerdo al Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de seguridad.
k Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente, quedando la Dirección Provincial de Vialidad liberada de toda responsabilidad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección misma, debiendo la peticionante tomar todas las medidas necesarias para asegurar el libre y seguro tránsito.
l En virtud de las obras de rehabilitación de la Ruta Prov.
A102, en el tramo que se corresponde con las instalaciones, deberá coordinar con el Departamento I - Conservación de Pavimentos el inicio y desarrollo de los trabajos como así también la ubicación definitiva tanto del conducto como de las bocas de registro, debiendo entregar al finalizar la construcción un Plano Conforme a Obra, y se deberá dejar indicado in situ con algún indicador / mojón aprobado, la ubicación de las cañerías con su respectiva profundidad.

EL DIRECTORIO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:

m Se comunicará a esta Dirección y con la debida anticipación, la fecha de iniciación y finalización de las obras a fin de realizar las inspecciones correspondientes.

ARTÍCULO 1.- Autorizar, con carácter precario, a la Empresa
n Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha17/03/2015

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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