Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - T OMO DCIII - Nº 49

VIENE DE TAPA

VIENE DE TAPA

Se crea

Consurso

Partida Subparcial 07 Transferencias para Actividades Científicas y Académicas;

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA
CÓRDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE

PODER EJECUTIVO

Decreto Nº 150

CÓRDOBA, 13 de marzo de 2015

- la suma de pesos Quince Mil $15.000,00, a la Jurisdicción 6.25 Agencia Córdoba Cultura S.E., Programa 625 Agencia Córdoba Cultura S.E., Subprograma 03 Artes Escénicas, Partida Principal 03 Servicios No Personales, Partida Parcial 05 Servicios Técnicos, Profesionales y de Terceros, Partida Subparcial 99 Otros Servicios Técnicos, Profesionales y de Terceros N.C. del P.V.-

Téngase por Ley de la Provincia N 10267, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 1º LLAMASE a participar del Concurso Provincial de Dramaturgia Teatral 2015, de conformidad a las bases y condiciones que como Anexo I, el cual compuesto de dos 2
fojas útiles, forma parte integrante del presente instrumento legal.-

JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

ARTÍCULO 2º IMPÚTESE la suma de pesos Cincuenta y Cinco Mil $55.000,00, conforme el siguiente detalle:

LIC. PABLO CANEDO
PRESIDENTE

- la suma de pesos Cuarenta Mil $40.000,00, a la Jurisdicción 6.25 Agencia Córdoba Cultura S.E., Programa 625 Agencia Córdoba Cultura S.E., Subprograma 03 Artes Escénicas, Partida Principal 06 Transferencias para Erogaciones Corrientes, Partida Parcial 06 Transferencias al Sector Privado,
AB. GERALDINE BALBI
VOCAL

Córdoba, 12 de marzo de 2015

CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

DIRECCIÓN DE

INSPECCIÓN de PERSONAS
JURÍDICAS
Córdoba, 11 de Marzo de 2015

VISTO: El expediente N 0458-045356/2015 en el que el Director General de la Policía Caminera de Córdoba solicita designación de Juez Policial de Transito, por la acefalia producida en el Juzgado Policial de Faltas de Tránsito, con asiento en la ciudad de Dean Funes, por cambio de funciones del Crio. Mario Alberto Argañaras.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta indispensable proveer al reemplazo, en forma urgente, del mencionado funcionario a efectos de procurar la continuidad de las tareas que lleva adelante el mencionado Juzgado Policial de Faltas de Tránsito.
Que por Resolución N 05/2008, de fecha 22 de Julio del año 2008, se da por aprobado el Curso de Capacitación para Jueces Policiales de Faltas de Transito, realizados en sede de esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, donde se habilita y registra al Crio. Gabriel Monguillot, Documento Nacional de Identidad Numero 18.564.262, entre otros, para cumplir tales funciones.
Que, en virtud de ello, corresponde dictar el instrumento legal que designe al Crio. Gabriel Monguillot, como Juez Policial de Faltas de Transito de la Ciudad de Dean Funes, para el tratamiento y resolución de Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Tránsito 8560 T.O. 2004, sus modificatorias, concordantes y del Decreto Reglamentario N 318/07 labradas por la Autoridad de Control de la Provincia de Cordoba, con fecha de inicio de actividades el día 6 de Enero del corriente año, ello a fin de brindar continuidad en las tareas de Juzgamiento en cuestión.
Que en virtud de ello, corresponde a esta Dirección, en calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley 8560, dictar el instrumento legal que habilite al mencionado profesional para la función supra indicada.
Por ello, lo dictaminado por el Área Jurídica de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N 07/2015 y en ejercicio de sus atribuciones:
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE
Artículo 1.- HABILITAR al Crio. Gabriel Monguillot, Documento Nacional de Identidad Numero 18.564.262, en reemplazo del Crio.
Mario Alberto Argañaras , en su carácter de Juez Policial de Faltas de Transito para cumplir sus funciones en la Ciudad de Dean Funes, a fin que proceda al tratamiento, análisis y dictado de instrumentos legales para las Actas de constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N 8560 T.O. 2004, sus modificatorias, concordantes y Decreto Reglamentario N 318/07, labrada por personal de la Dirección General de la Policía Caminera en los tramos de competencia asignados oportunamente.
Artículo 2.- DISPONER, que por los canales administrativos conducentes de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, se proceda a la inscripción en los registros correspondientes del Crio. habilitado como Juez Policial de Faltas de Tránsito, conforme al siguiente detalle:
Apellido MONGUILLOT

Nombre Gabriel
ANEXO
http goo.gl/DmVCE6

DIRECCIÓN GENERAL DE

PREVENCIÓN de ACCIDENTES de TRÁNSITO
Resolución N 6

ARTÍCULO 3º PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.-

DNI
18.564.262

Matrícula J
J-18.564.262

Artículo 3.- ESTABLECER, como fecha de inicio de actividades del Juez Policial, el día 06 del mes Enero del año 2015.
Artículo 4.- ORDENAR, que por el Área Administrativa de la Dirección de Prevención de accidentes de Tránsito, se proceda a notificar a la Autoridad de Control, a la página Web de la Policía Caminera, al RePAT, a la Dirección de Sistemas del Ministerio de Gobierno y Seguridad, al Juzgado Policial de Faltas involucrado y al resto de los Juzgados avocados, de los alcances de la presente.Articulo 5. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

DIRECCIÓN

MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRANSITO

DE

Resolución N 292 A
Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-114137/2014, mediante el cual la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada CENTRO
VECINAL DE BARRIO CHATEAU CARRERAS, en cumplimiento de lo normado en el artículo 4 y concordantes de la Ley Provincial N 9420 y Decreto Reglamentario N
1769.Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la normativa vigente en la materia .
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 segunda parte y concordantes del Código Civil; artículos 5, 9 y concordantes de la Ley Provincial N 9420, Decreto Reglamentario N 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO VIRREY OESTE, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha13/03/2015

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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