Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 9 de marzo de 2015

PODER LEGISLATIVO

Decreto Nº 8

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 45

Córdoba, 23 de Febrero de 2015

VISTO: El llamado a concurso para selección abierta mediante evaluación de antecedentes y oposición dispuesto por el Decreto de esta Presidencia N 225/14 de fecha 30 de diciembre de 2014, dictado en función de la Resolución del Poder Legislativo N 2270, tendiente a la cobertura de ocho 8 cargos vacantes de Jefe de Jurisdicción y dieciséis 16
cargos vacantes de Jefe de Área.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme surge de las actuaciones administrativas previas, se advierte que las fechas de publicación para el llamado a inscripción tuvieron lugar en el mes de enero del corriente año, coincidente con el receso del personal legislativo, de la mayor parte de la administración pública así como de la ciudadanía en general, lo que ve su reflejo en el escaso flujo de inscriptos.
Que concluido el plazo temporal para las inscripciones, se produjeron reiteradas consultas por terceros que no llegaron a efectuarla en tiempo útil, en razón de haberse enterado en forma tardía del concurso en trámite.
Que en mérito a ello, y a los fines de garantizar la más amplia difusión del concurso de referencia así como el acabado cumplimiento de la finalidad perseguida por la Resolución N 2270 del Cuerpo Legislativo, corresponde dejar sin efecto el llamado dispuesto, hasta la convocatoria de uno nuevo.
Que atento al estado del trámite del concurso de marras, la facultad discrecional aquí ejercida no afecta los intereses legítimos de los postulantes en el presente concurso.
Que la documentación presentada por los postulantes
deberá ser tenida como válida para el próximo concurso de selección que oportunamente convoque la administración, sin perjuicio de la valoración de admisibilidad que corresponda formularse en aquella etapa.
Por lo expuesto, los actos administrativos citados, las leyes 6.658 y 9.880 de la Provincia de Córdoba, el art. 84 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, las facultades conferidas por el art. 30 del Reglamento Interno de esta Legislatura de Córdoba, LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE
CÓRDOBA, EN EL CARÁCTER DE PRESIDENTE
DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: DEJASE SIN EFECTO el llamado a concurso dispuesto por el Decreto N 225/2014 de fecha 30 de diciembre de 2014 de esta Presidencia.
ARTÍCULO 2º: TÉNGASE por válida la documentación presentada para cuando la administración disponga convocar a un nuevo llamado a concurso, sin perjuicio de la valoración de admisibilidad que corresponda formularse en la etapa oportuna.
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba por el término de tres 3 días, en la página web www.legiscba.gob.ar y oportunamente archívese.CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
3 días - 10/3/2015 - s/c.

3

Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la normativa de las Leyes Nros. 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales acordados por la Resolución del Consejo Federal de Educación N 229/14.
Que la citada Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional ha dado el visto bueno y gestiona la aprobación del Plan de Estudios propuesto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 0117/15 del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 25 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- APROBAR para su aplicación en Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal dependientes de este Ministerio, el Plan de Estudios de la Carrera Tecnicatura Superior en Podología , conforme se detalla en el Anexo I que con 18 dieciocho fojas forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http goo.gl/XaYj2P

Resolución N 72

Córdoba, 4 de marzo de 2015

VISTO: El Expediente N 0622-126992/2014, del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE

EDUCACIÓN
Resolución N 70

Córdoba, 4 de Marzo de 2015

VISTO: El Expediente N 0622-127028/2014, del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO: Que en el mismo la Subdirección de Educación Técnica Superior propicia la aprobación del Plan de Estudios de la Carrera Tecnicatura Superior en Guía de Turismo, para ser aplicado en Institutos de Educación Superior de gestión estatal dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.
Que obra en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingreso, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de egreso, alcance del título, perfil profesional, perfil profesional del docente y campos de formación de la carrera propuesta.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la normativa de las Leyes Nros. 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales acordados por la Resolución del Consejo Federal de Educación N 229/14.
Que la citada Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional ha dado el visto bueno y gestiona la aprobación del Plan de Estudios propuesto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 0113/15 del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 26 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- APROBAR para su aplicación en Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal dependientes de este
Ministerio, el Plan de Estudios de la Carrera Tecnicatura Superior en Guía de Turismo, conforme se detalla en el Anexo I que con 19 diecinueve fojas forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http goo.gl/f8ByUl
Resolución N 71

Córdoba, 4 de Marzo de 2015

VISTO: El Expediente N 0622-126991/2014, del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en el mismo la Subdirección de Educación Técnica Superior propicia la aprobación del Plan de Estudios de la Carrera Tecnicatura Superior en Podología, para ser aplicado en Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.
Que obra en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingreso, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de egreso, alcance del título, perfil profesional, perfil profesional del docente y campos de formación de la carrera propuesta.

Que en el mismo se propicia la aprobación del Plan de Estudios de la Carrera Tecnicatura Superior en Emergencias Médicas Prehospitalarias y Salvataje, para ser aplicado en Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.
Que obra en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingreso, diseño y organización Curricular, contenidos mínimos, condiciones de egreso, alcance de título, perfil profesional, perfil profesional del docente y campos de formación de la carrera propuesta.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la normativa de las Leyes Nros. 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales acordados por la Resolución del Consejo Federal de Educación N 229/14.
Que la citada Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional ha dado el visto bueno y gestiona la aprobación del Plan de Estudios propuesto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 0069/15 del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 25 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- APROBAR para su aplicación en Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal dependientes de este Ministerio, el Plan de Estudios de la Carrera Tecnicatura Superior en Emergencias Médicas Prehospitalarias y Salvataje, conforme se detalla en el Anexo I que con 18 dieciocho fojas forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http goo.gl/W9PQSA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/03/2015

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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