Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 23 de setiembre de 2008

en Cuenta Nº 3605-2700155/9 e inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula Nº 1094780 del Departamento Unión.
ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles descriptos en el Artículo 1, ingresarán al dominio privado de la Provincia de Córdoba C.U.I.T.
30-70818712-3, con domicilio en calle Chacabuco Nº 1300 del Barrio de Nueva Córdoba, Córdoba Capital, con destino a la construcción del edificio del Anexo del IPEM Nº 126 Antonio Graciano de la Localidad de Canals, Provincia de Córdoba y/o el destino que más convenga a los intereses de la comunidad.
ARTÍCULO 3.- FACÚLTASE a la Escribanía General de Gobierno a efectuar la inscripción del inmueble donado en forma directa a favor de la Provincia de Córdoba en el Registro General de la Provincia, conforme los términos del artículo 1810 in fine del Código Civil.

para que cancele las deudas que existieren en concepto de Impuesto Inmobiliario, como así también recargos, intereses y multas en proporción a las superficies donadas, conforme con lo establecido en el artículo 145 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2004.
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Finanzas y de Educación y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Catastro si correspondiere, practicará la mensura e individualización de los citados predios de la que resultarán en definitiva las medidas, superficies, colindancias y demás datos catastrales.

CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

ARTÍCULO 5º.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

RESOLUCIONES
DIRECCIÓN DE CATASTRO
RESOLUCION INTERNA Nº: 003163
Córdoba, 16 de Septiembre de 2008
VISTO: el Decreto N 945/08 Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario mediante el cual se han adoptado medidas tendientes a agilizar el tráfico jurídico inmobiliario, y el Convenio suscripto con la Municipalidad de Córdoba en los términos del mencionado decreto Anexo V;
Y CONSIDERANDO;
QUE enmarcados en los objetivos que fundamentan el Decreto 945/08, se han propuesto medidas que agilicen y optimicen la expedición en el ámbito de esta Dirección del Certificado previsto en el art. 11 del Decreto N 24.913/51, Reglamentario de la Ley N
13.512 de Propiedad Horizontal;

Final de Obra o de Obra Concluida Parcialmente conforme la Ordenanza N 9387 apartados 1.3.8, inc. a y c de la Municipalidad de Córdoba.ARTÍCULO 2.- ESTABLECER que lo dispuesto en el artículo 1
de la presente, es sin perjuicio del ejercicio de las facultades acordadas a esta Dirección por los artículos 25 y siguientes de las Instrucciones Generales Para Peritos Agrimensores, y 41 y 44 de la ley 5057, cuando corresponda según las circunstancias del caso.ARTÍCULO 3.- APROBAR como Anexo de la presente, el modelo de Certificado - Art. 11 Decreto 24.913/51 adjunto.ARTÍCULO 4º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.ING. CIVIL RAÚL ARANCIBIA
DIRECTOR GENERAL

3
VIENE DE TAPA
ACUERDO Nº 391 - SERIE A

Que asimismo, atento la nueva categoría de Área que ostenta el sector de Recursos Humanos, corresponde asingar la función de Director A del Área de Recursos Humanos al mencionado Cr. Carlos Alberto Chaves.
Que por todo ello y lo dispuesto en el art. 12, inc. 4 de la Ley n 8435 Orgánica del Poder Judicial y Ac. Regl. N 916/
07-Serie A, Ac. Regl. N 952/08-Serie A y Ac. N 258/
07-Serie C;
RESUELVE:
1.- DESIGNAR, a partir del 01 de octubre del corriente año, Subdirector General, en forma efectiva en cargo vacante, quien deberá asumir el mismo a partir de la fecha de juramento, al Contador Carlos Alberto CHAVES; D.N.I.
11.194.592, Jefe de Departamento, con funciones de SubDirector Tipo A-Recursos Humanos; cargo y función en los que cesa a partir de la fecha en que asuma el cargo en que se lo designa por el presente. El nominado deberá formular la correspondiente Declaración Jurada Patrimonial ante la Escribanía General de Gobierno, en los términos y condiciones normadas por la Ley 8198 modificada por Leyes 8568, 8681 y 9471 y Acuerdo Reglamentario N 942/08Serie A, en el plazo de treinta días desde el juramento que preste; debiendo remitir de inmediato la constancia pertinente a la Oficina de Personal, bajo apercibimiento de procederse de conformidad a lo dispuesto por el Art. 5 de la Ley 8198
Texto ordenado por Decreto N 970/99 y registrar su firma en las dependencias habilitadas a tal fin. Sus haberes se imputarán a Jurisdicción 3-0, Programa 900, Partidas 0101-01, Detalle 04, Magistratura, Grupo 26, Magistrados y Funcionarios Judiciales, Cargo 063 del P.V..2.- ASÍGNAR al Contador Carlos Alberto CHAVES; D.N.I.
11.194.592, Subdirector General, la función de Director del Área de Recursos Humanos.
3.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, Comuníquese al designado y al Sr. Administrador General. Tome razón la Oficina de Personal y de Liquidación de Sueldos.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. José María LAS HERAS.
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
PRESIDENTA
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 3163
Que en ese sentido, se estima procedente disponer que en aquellos casos en que el interesado cuente con Certificado de Final de Obra o de Obra Concluida Parcialmente, emitido por la Municipalidad de Córdoba en los términos de la Ordenanza N
9387 apartados 1.3.8, inc. a y c, la oficina correspondiente podrá expedir el certificado establecido en el Art. 11 del Decreto N 24.913/
1951, sin necesidad de inspeccionar previamente el inmueble.Que la presente se enmarca en la Cláusula Sexta del Convenio mencionado, el que en su inc. c prevé entre las medidas a instrumentar por las partes, la Sistematización y unificación de trámites a fin de validar lo realizado en cada jurisdicción y evitar la duplicación de requisitos, todo sin perjuicio del ejercicio de las facultades que le acuerda a esta Dirección los artículos 25 y siguientes de las Instrucciones Generales Para Peritos Agrimensores, y 41 y 44 de la ley 5057, cuando corresponda según las circunstancias del caso.POR lo expuesto y las facultades acordadas a esta Dirección por el artículo 49 de la Ley de Catastro Nº 5057, disposiciones legales citadas;
EL DIRECTOR DE CATASTRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER , que el certificado previsto en el art. 11 del Decreto N 24.913/51 podrá ser expedido por el Sector Propiedad Horizontal de esta Dirección sin inspección previa, en aquellos supuestos en que el interesado cuente con Certificado de
CERTIFICADO ART. 11 DECRETO 24913 - 51
Córdoba, REF.EXPTE. N:
La DIRECCION DE CATASTRO, por intermedio del Departamento Capital CERTIFICA: que en la propiedad de ubicada en la calle de Barrio se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el Decreto Reglamentario Provincial N 24.913 de la Ley Nacional N 13.512
de Propiedad Horizontal.Los planos correspondientes a la propiedad se encuentran archivados en este Departamento, en Carpeta Especial N
del Régimen de Propiedad Horizontal. Tiene la siguiente nomenclatura catastral provincial: Departamento - Pedanía
- Pueblo - Circunscripción - Sección - Manzana Parcela Está Constituida por UNIDADES denominadas PARCELAS HORIZONTALES números a la
inclusive.
El presente Certificado se expide al solo efecto de cumplimentar el Artículo 11 del Decreto Reglamentario Provincial N: 24.913 de la Ley Nacional N: 13.512 de Propiedad Horizontal, haciéndose constar que el inmueble cuenta con el Certificado Final de Obra N:
expedido por la Municipalidad de Córdoba con fecha en los términos de la Ordenanza N 9387
apartados 1.3.8, inc. a y c de la Municipalidad de Córdoba.

DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
LIC. JOSÉ MARÍA LAS HERAS
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1600
Córdoba, 8 de Setiembre de 2008
Publicada en el Boletín Oficial el 18 de setiembre de 2008.
VIENE DE EDICIÓN ANTERIOR

CUIT
30-70886277-7

DENOMINACIÓN
VIAL COUNTRY S.A.

30-70886347-1
30-70887132-6
30-70887258-6

GENERACION II S.A. EN FORMACION
FORTIN Z S.R.L.
STC S.R.L.

30-70887460-0

ARINCO S.R.L.
CONTINÚA EN PÁGINAS 4 A 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/09/2008

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4172

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/07/2024

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