Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 19 de setiembre de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXIV - Nº 178
CORDOBA, R.A. VIERNES 19 DE SETIEMBRE DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
LEYES

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DEPARTAMENTO RÍO PRIMERO

RESOLUCION Nº 458

Pavimentación Ruta Provincial Nº 32
Tramo: La Posta - Las Arrias.
PODER LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

LEY: 9517
ARTÍCULO 1º.- DECLARASE de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la obra: Pavimentación Ruta Provincial Nº 32 - Tramo: La Posta - Las Arrias Expediente Nº 0045-013129/05, el inmueble sito en Comuna La Posta, Pedanía Chalacea, Departamento Río Primero, que se describe en el Plano de Mensura Parcial que se adjunta, compuesto de una 1 foja útil, formando parte integrante de la presente Ley, con una superficie a ocupar de cuatro mil metros cuadrados 4.000 m2, cuyo Dominio figura inscripto al Nº 323, Folio Nº 404, Tomo Nº 2, Año 1933, respondiendo los antecedentes al expediente Nº 0045-014409/
08 de la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.

DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.HÉCTOR OSCAR CAMPANA
VICEGOBERNADOR - PRESIDENTE
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1317
Córdoba, 8 de Septiembre de 2008
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9517 cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CORDOBA, A LOS TRES DIAS

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

PODER LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

LEY: 9516
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la obra: Pavimentación Ruta Provincial Nº 32 - Tramo: La Posta - Las Arrias Expediente Nº
0045-013129/05, el inmueble sito en Estación La Posta, Comuna La Posta, Pedanía Chalacea, Departamento Río Primero, que se describe en los Planos de Mensuras Parcial que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente Ley, con una superficie a ocupar de una hectárea, ocho mil quinientos setenta y ocho metros cuadrados, con sesenta y seis decímetros cuadrados 1ha 8.578,66
m2, cuyo Dominio figura inscripto al Nº 20.603, Folio Nº 28.114, Tomo Nº 113, Año 1975, respondiendo los antecedentes al Expediente Nº 0045-014353/08 de la Dirección Provincial de Vialidad.
CONTINÚA EN PÁGINA 2

Córdoba, 9 de septiembre de 2008
VISTO: El Trámite N ME-447642018-908, en que el señor Director de Infraestructura solicita se delegue en su persona la suscripción de los legajos técnicos y toda otra documentación de obra que deba elevarse a los Ministerios de Educación y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación;
Y CONSIDERANDO:
Que la medida requerida obedece a la necesidad de lograr celeridad, economía, sencillez y eficacia en la obtención de la No Objeción de la 1 y 2 etapa de las contrataciones de obras de infraestructura escolar financiadas por el Ministerio de Educación de la Nación.
Que el punto 3.2.1 b del instructivo respectivo, prevé que las solicitudes de obras a incluir en los diversos proyectos nacionales deberán ser elevadas con su correspondiente legajo técnico, avalado por la máxima autoridad educativa de la jurisdicción o quien ésta designe por acto administrativo pertinente.
Que lo propiciado armoniza con los principios de centralización normativa y desconcentración operativa y jerárquica, conforme lo establece el art. 174 de la Constitución de la Provincia.
Que en concordancia con ello, esta autoridad se encuentra facultada por la Ley Orgánica de Ministerios vigente, para delegar en los señores Directores de su dependencia, la resolución de asuntos relativos al régimen administrativo de la Cartera Educativa.
Por ello, el Dictamen N 1705/08 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y lo aconsejado a fs. 15 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DELEGAR en el señor Director de Infraestructura, la suscripción de los legajos técnicos y toda otra documentación de obra que deba elevarse a los Ministerios de Educación y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, para la obtención de la No Objeción de la 1 y 2 etapa de las contrataciones a incluir en los diversos proyectos nacionales de infraestructura escolar.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha19/09/2008

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4170

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/07/2024

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