Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 19/9/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL Nº 10.411
DECRETOS

DECRETO Nº 652
La Rioja, 12 de abril 2006
Visto: el Decreto Nº 046 de fecha 10 de diciembre de 2003, regulador de la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y su modificatorio el Decreto Nº 1.967/05 y, Considerando:
Que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas ha elevado un proyecto que contempla la modificación del actual emplazamiento de la Dirección Legal y Técnica reportándola al mismo en forma directa; la creación de la Dirección de Gestión Provisional y el correspondiente cargo de Director con carácter de Funcionario no Escalafonado con reporte directo a la Subsecretaría de Gestión Pública, como así también la ampliación de la competencia de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes y de las funciones del Director de Asuntos Jurídicos, ambos con reporte a la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes.
Que, asimismo, la propuesta prevé para el cargo de Director correspondiente a la Dirección de Informática dependiente de la Contaduría General de la Provincia, un 50% del Adicional por Función Política y la sustitución de los cargos Supervisor de Análisis y Programación, Supervisor Técnico y Supervisor de Administración de Base de Datos, reportados a la Unidad Orgánica mencionada en primer término, por tres cargos de Coordinadores.
Que por último, la propuesta contempla la modificación parcial del Artículo 13º del Decreto Nº 1.897/05, sustituyendo la denominación del cargo Subdirector General de Ejecución Presupuestaria por la de Subdirector General de Coordinación de Ejecución Presupuestaria.
Que el cambio de reporte de la Dirección Legal y Técnica se sustenta en la necesidad de ampliar a nivel jurisdiccional la asistencia en materia jurídica.
Que la creación de la Dirección de Gestión Provisional y los cambios contemplados en el ámbito de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes responden a la necesidad de dotar a la Subsecretaría de Gestión Pública y a la Unidad Orgánica citada, de los apoyos organizativos requeridos para el cumplimiento de la responsabilidades primarias de las mismas.
Que las modificaciones propiciadas en el ámbito de la Dirección de Informática dependiente de la Contaduría General de la Provincia, responden a la necesidad de adecuar los niveles jerárquicos y remunerativos de los cargos de conducción de esa área, en consonancia con el volumen, importancia y grado de responsabilidad inherente a las actividades que desarrollan los mismos.
Que la sustitución de la denominación indicada, se ajusta con precisión a la naturaleza jurídica de las funciones propias del cargo.
Que la Subsecretaría de Gestión Pública ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial y el Artículo 25º de la ley Nº 7.927 de Presupuesto,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificase el reporte de la Dirección Legal y Técnica de la Secretaría de Hacienda, la que funcionará bajo directa dependencia del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, manteniendo el cargo de Director -Funcionario no Escalafonadoy
Martes 19 de setiembre de 2006

la competencia, establecidos por los Artículos 13º inciso 3 y 22º del Decreto 046 de fecha 10 de diciembre de 2003.
Artículo 2º.- Créanse en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Gestión Pública, la Dirección de Gestión Provisional y el correspondiente cargo de Director, Funcionario no Escalafonado, la que tendrá la competencia siguiente:
1- Asistir a la Unidad Orgánica de reporte en la gestión de los nuevos trámites jubilatorios, ya sean iniciados de oficio o por agentes públicos y en la relación con los organismos competentes en la materia.
2- Participar en el control de los aportes y contribuciones jubilatorios.
3- Efectuar relevamiento tendientes a detectar los agentes públicos que se encuentren en condiciones de jubilarse.
4- Organizar registros relativos al personal de la Administración Pública en condiciones de acceder a la jubilación.
5- Producir informes periódicos sobre la base del grado de avance de las gestiones realizadas, con el objeto de posibilitar la refuncionalización de cargos y/o la determinación de las previsiones presupuestarias, teniendo en cuenta la reducción del gasto en personal derivado de las bajas que se produzcan con motivo de las jubilaciones.
Artículo 3º.- Modifícanse los Artículos 2º, 6º, 9º, 10º, 11º, 12º y 13º del Decreto Nº 1.976/05, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
Artículo 2º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y bajo directa dependencia de la Subsecretaría de Gestión Pública de la Secretaría de Hacienda, la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, con su correspondiente cargo de Director General, la que tendrá la competencia siguiente:
1- Asistir a la Secretaría de Gestión Pública en la formulación de políticas y estrategias en materia de recursos humanos y control del gasto en personal.
2- Diseñar, implementar y evaluar programas y proyectos en el marco de las políticas y estrategias definidas.
3- Proponer el diseño e implementar y administrar la base de datos de los recursos humanos de la Administración Pública Provincial, con el objeto de proporcionar información actualizada para el óptimo desarrollo de los procesos de administración de personal, liquidación y control de haberes.
4- Centralizar los legajos y documentación relativa al personal de la Administración Pública Provincial, su custodia y actualización.
5- Entender en materia de aplicación de la normativa reguladora de la relación de empleo en la Administración Pública Provincial y en el proceso de liquidación de haberes del personal de ésta y de los municipios, en este último caso, conforme a los convenios suscriptos en la materia.
6- Entender en la sustanciación de los sumarios administrativos que deban labrarse a los agentes de la Administración Pública Provincial.
7- Participar en las iniciativas generadas por las distintas jurisdicciones sobre reforma administrativa en su componente de política de personal.
8- Elaborar, en el ámbito de su competencia, normas y directivas generales para ser aplicadas descentralizadamente en las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Provincial y controlar el cumplimiento de la misma.
9- Intervenir en las operatorias censales del personal público y en las auditorías de gestión pertinentes.
10- Dirigir, coordinar y supervisar las auditorías de sistemas, programación y procesos relativos a la liquidación de haberes.
11- Establecer el sistema y procedimiento para la registración de novedades del personal y supervisar su cumplimiento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 19/9/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha19/09/2006

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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