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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/5/2005
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja
BOLETIN OFICIAL
Que la mencionada asamblea se llevará a cabo el día 05 de mayo de 2005 a las 17,00 hs., en primera convocatoria y en segunda convocatoria a las 18,00, en la Sede de la Empresa, sito en Ruta Provincial N 5, Km 5 Parque Industrial de la ciudad de La Rioja.
Que en la oportunidad se tratará el Orden del Día: Asamblea Extraordinaria Reestructuración Accionaria y Asamblea General Ordinaria Ejercicio Cerrado al 31 de diciembre de 2004, ello de conformidad a publicaciones de Edictos Varios en el Boletín Oficial y diario El Independiente.
Que en virtud a lo previsto en el Estatuto Social de la Empresa corresponde que el Estado Provincial designe a su representante por parte del sector público, para que en su nombre participe en dicho evento, estimándose procedente encargar tales tareas al funcionario que se conceptúa idóneo para satisfacer con suficiente propiedad tal cometido.
Que, en consecuencia, resulta menester dictar el acto administrativo pertinente, en tal sentido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1 - Desígnase en representación del Estado Provincial, para que participe en la Asamblea General Ordinaria convocada por la Empresa Yacimientos Mineros Riojanos Sociedad Anónima YAMIRI S.A., a realizarse el próximo día 05 de mayo de 2005 1ra. Convocatoria: 17,00 hs., 2da. Convocatoria: 18,00 hs., en la Sede de la Empresa, ubicada en Ruta Provincial N 5, Km. 5 Parque Industrial de la Ciudad de La Rioja, al señor Director General de Promoción Económica del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo Cr. Miguel Angel De Gaetano, D.N.I. N 14.273.222, con el objeto de tratar el Orden del Día: Asamblea Extraordinaria Reestructuración Accionaria y Asamblea General Ordinaria Ejercicio Cerrado al 31 de diciembre de 2004; ello de conformidad a las publicaciones de Edictos Varios en el Boletín Oficial y diario El Independiente de la ciudad capital de La Rioja.
Artículo 2 - Dése oportuna intervención a Escribanía General de Gobierno, para que proceda a confeccionar la respectiva Escritura otorgando Poder Especial a favor del funcionario mencionado, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 3 - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Industria, Comercio y Empleo.
Artículo 4 - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.I.C. y E.
DECRETOS AÑO 2004
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícase los importes establecidos en el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.599, estimándose un incremento en los Recursos de la Administración Pública Provincial de acuerdo al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley de Presupuesto N 7.599 como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente Modificación Presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establece el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto N 7.599.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Caridad, A.G., S.H.
ANEXO
S.A.F. N 500 - Ministerio de Salud y SAF N 501 - Administrador Provincial de Obra Social Exptes. E1- 01629-1/04 y E2-4352/04
1 50
0 500
3
0 0 3 0 1401
560
2 50
0 501
16
0 0 1 0 1401
3 50
0 501
16
0 0 1 0 1401
I
P
PA
SP
Considerando:
FF
Visto: el llamado a Asamblea General Ordinaria convocada por la Empresa Yacimientos Mineros Riojanos Sociedad AnónimaYAMIRI S.A.; y,
SP
PY
AC
OB
UG
La Rioja, 03 de mayo de 2005
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.599 faculta a la Función Ejecutiva introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la citada ley.
Que la adecuación presupuestaria correspondiente responde a lo dispuesto por el Decreto de Distribución N 01/04, reglamentario de la Ley N 7.599.
Por ello y lo establecido por los Artículos 6 de la Ley de Presupuesto N 7.599 y 123 de la Constitución Provincial,
PG
DECRETO N 620
Considerando:
Sbjur.
SAF
DECRETOS
Martes 24 de mayo de 2005
Orden Jur.
Pág. 2
3 4 2 0
62.400.00
222
3 4 2 0
2.465.000,00
222
6 5 2 0
1.800.000,00
Sbjur 0
0
0
0
Saf 500
501
501
501
Tipo 17
13
13
35
Clase 2
2
2
1
Conc 1
1
2
1
Sbconc 4
1
1
4
Disminuciones
4.327.400,00
TOTAL GENERAL
Jur 50
50
50
50
Incremento
Ced 0
0
0
0
Ff 560
222
222
222
Incremento 62.400.00
231.000,00
2.234.000,00
1.800.000,00
Disminuciones
DECRETO N 1.419
La Rioja, 02 de noviembre de 2004
Visto: los Expedientes Códigos E1 N 01629-1-Año 2004 y E2 N 4352-Año 2004, mediante los cuales la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud - SAF N 500 y la Administración Provincial de Obra Social APOS - SAF N 501, tramitan la incorporación de Recursos al Presupuesto de la Administración Pública Provincial Ley N 7.599, provenientes del Ministerio de Salud de la Nación por la suma de $ 62.400,00 y de Incremento de Recursos Propios por la suma de $ 4.265.000,00 ; y,
DECRETO N 1.461 M.H. y O.P.
15/11/04
Autorizando al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a efectuar la entrega al SAF 600- Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, la suma de Pesos Cincuenta y Un Mil Cuatrocientos $
51.400 a través de un anticipo de fondos -Formularios C-42- Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, la que será destinada a afrontar la difícil situación socio-económica por la que atraviesan