Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/3/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

30 de marzo de 2023

B.O. P. DE CADIZ NUM. 60

de su producción, cualquier eventualidad o cambio en el desarrollo de los proyectos y actividades, fechas, horarios, etc., que se pudiera producir e informar al personal Técnico de dicha Área, y en el momento en que éste lo requiera, sobre el grado de ejecución de las actuaciones y los resultados obtenidos.

5. Mantener las condiciones y elementos declarados en el proyecto que sirvieron de base para otorgar la subvención.

6. La Entidad solicitante deberá cumplir lo estipulado en la legislación sectorial vigente, en materia de seguridad, cuidado medioambiental y salud, eximiendo a la Diputación Provincial de Cádiz, de cualquier reclamación judicial o administrativa derivada del incumplimiento de lo anteriormente expuesto.

7. Asumir las cargas y obligaciones legales tales como la obtención de permisos y licencias necesarios, abonar los cánones y/o impuestos exigidos en cada caso, etc. que, en su caso, devengue la realización de la actividad, quedando la Diputación de Cádiz exenta de responsabilidad frente a cualquier otra Administración Pública, Organismos Oficiales y privados.

8.Facilitar cuanta documentación le sea solicitada en relación con las facultades de control de la actividad subvencionada.

9. Justificar los gastos afectos al proyecto subvencionado, en los términos previstos en la presente convocatoria.

8.Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que acompaña a la presente convocatoria, deberán presentarse durante los 20 días habiles siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible en laSede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz https sede.dipucadiz.
es/tramites disponibles/subvenciones/ y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto, no siendo valida la presentaciones de solicitudes en papel.

Sólo se admitirá un único proyecto por entidad solicitante y serán subvencionables aquellas actividades realizadas por el solicitante entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2023.

9. Documentos e informaciones que deben acompañarse.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

9.1. Formulario de Solicitud
9.2. Declaración responsable Anexo II

9.3. Memoria descriptiva del proyecto a realizar que incluya el presupuesto desglosado por actividades y en el que se pueda identificar de forma clara y precisa los criterios a valorar de los mismos descritos en el punto 10.

9.4. Estatutos actualizados que acrediten la personalidad y capacidad de la entidad y su inclusión en el registro correspondiente, en originales o copias, salvo que ya se encuentre inscrito en el Registro de Asociaciones de la Diputación provincial de Cádiz https gobiernoabierto.dipucadiz.es/registro-deasociaciones y sin perjuicio de que en caso contrario, pueda solicitar la inscripción a través de la Sede Electrónica en el Área Temática Participación Ciudadana https sede.dipucadiz.es/tramitesdisponibles
Como se ha señalado en el punto 9.4; en caso de estar registrados en el Registro de Asociaciones de la Diputación de Cádiz, no será necesario adjuntar la documentación que fuera obligatoria para dicho registro y que coincida con la requerida en estas bases.

10. Criterios de valoración de las solicitudes y baremación
La valoración de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración, se realizará según lo establecido en el artículo 7.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz y se ajustará a los siguientes criterios:
CRITERIOS A VALORAR DEL PROYECTO Hasta un máximo de 100 puntos A CRITERIOS TÉCNICOS DEL PROYECTO
Contenidos del proyecto:
- Definición de objetivos y concreción de las actividades previstas.
- Coherencia del proyecto con la finalidad y el objeto de la convocatoria, considerando la adecuación de las actividades a los destinatarios y objetivos propuestos.
- Optimización de recursos adecuados a las acciones que se realicen.
- Carácter innovador del proyecto. Metodología innovadora y participativa. Uso de redes sociales y de Tecnologías de la Comunicación.
- Que el proyecto esté enmarcado dentro de la programación de trabajo y actividades generales de la asociación y respondan a los fines de la misma.
- Que la actividad esté abierta a personas externas de la asociación y a la dinamización de la zona en la que se realice.
-Que en el desarrollo del proyecto colaboren otras asociaciones y/o agentes sociales de la zona en la que se desarrolle el proyecto.
Nº de actividades recogidas en el proyecto 2 puntos por actividad propuesta B ASPECTOS TRANSVERSALES DEL PROYECTO
Perspectiva de Género
Destinatarios/ Participación de jóvenes en el proyecto
Que el proyecto se desarrolle en municipios de la provincia de Cádiz de menos de 20.000 habitantes
PUNTUACIÓN
MÁXIMA 40 puntos
Hasta 30 puntos
Hasta 10 puntos PUNTUACIÓN
MÁXIMA 30 puntos Hasta 10 puntos Hasta 10 puntos Hasta10 puntos
C ASPECTOS RELACIONADOS CON LAASOCIACIÓN
Que la asociación esté registrada en el Registro de Asociaciones de Diputación de Cádiz Experiencia de la asociación en desarrollo de proyectos de Participación Ciudadana 2 puntos por proyectos ejecutados en participación ciudadana
Página 3
PUNTUACIÓN
MÁXIMA 20 puntos 10 puntos Hasta 10 puntos

11. Plazo de resolución y notificación.

11.1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

11.2. Se publicará una Resolución Provisional en el Tablón Electrónico de anuncios y Edictos de la Diputación de Cádiz, http www.dipucadiz.es/diputacion/tablonde-anuncios/ para dar cuenta a los interesados en el procedimiento concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones. El procedimiento se regirá según lo establecido en el artículo 7.4 en adelante de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz para comunicar la aceptación de las condiciones de la propuesta de resolución en los plazos indicados y acompañando a ésta el resto de la documentación exigida.

11.3. Contra la resolución correspondiente o contra la desestimación de solicitudes en las que no recaiga resolución expresa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte o debiera dictar el acto , en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

11.4. La concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Cádiz al amparo de esta convocatoria no comporta obligación alguna para subvencionar proyectos similares en posteriores ejercicios.

11.5. La resolución definitiva de proyectos aprobados se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

12. Forma y secuencia del pago, requisitos exigidos para el abono.

Con carácter general las subvenciones serán abonadas en un solo pago al finalizar el proyecto y tras recibirse en la Diputación Provincial los documentos justificativos del gasto realizado, así como comunicación del representante legal de la Entidad de la cuenta corriente y Entidad Bancaria donde se abonará la subvención.

13. Plazo y forma de justificación.

La justificación del gasto realizado deberá presentarse ante la Diputación Provincial, como fecha límite el 15 de octubre de 2023, no admitiéndose justificación alguna que se presente con fecha posterior.

a Toda la documentación justificativa, deberá presentarse a través de la sede electrónica de la Diputación de Cádiz https sede.dipucadiz.es, accesible igualmente desde el portal corporativo de la Diputación Provincial de Cádiz www.dipucadiz.es.

b Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, a nombre de la entidad beneficiaria, en original o fotocopia.

En caso de justificación mediante nóminas, habrá de tenerse en cuenta las siguientes reglas:
- La ejecución del proyecto podrá realizarse tanto por personal contratado expresamente para el desarrollo del mismo, como por personal que ya tenga contratado la asociación, siempre y cuando se especifique con claridad, y mediante un certificado emitido por el beneficiario, las horas dedicadas por dicho trabajador al proyecto subvencionado.
- En ambos casos, deberá aportarse el contrato de trabajo principal y el de sus posibles prórrogas.
- Sólo computará, a efecto de importe justificado, el correspondiente al líquido de la nómina más los seguros sociales que debe soportar la empresa. Si estos no vinieran reflejados en la propia nómina, deberá emitirse un certificado por parte del beneficiario donde se recojan su cuantía de manera mensual.
- Las cantidades retenidas en nómina a cuenta de IRPF y seguros sociales del trabajador, no se considerarán gastos justificables, ya que no se trata de un gasto del beneficiario propiamente dicho, sino del empleado, aunque sea el primero quien lo retenga a efectos de su posterior ingreso en la Hacienda Pública o en la Seguridad Social.
- En caso de justificación mediante nóminas, y en resumen, sólo habrá que aportarse: contrato de trabajo y posibles prórrogas, nóminas imputadas, y en caso de que en las mismas no se refleje el importe de los seguros sociales a cuenta de la empresa, un certificado donde detalle dicha cantidad. No será necesario aportar copia de los modelos RLC y RNT de la Seguridad Social, ni declaración trimestral modelo 111 de la Agencia Tributaria. No se admitirán relación de gastos, dietas y desplazamientos emitidos por el beneficiario sin la factura acreditativa de los mismos. Es decir, son válidas las facturas de desplazamiento como vuelos, trenes, gasolina siempre que dicha factura sea acreditación efectiva de la realización del desplazamiento acorde con la fecha en que tiene lugar el desarrollo de la actividad, lo cual debe quedar debidamente acreditado. Como regla general, no se admitirán como justificantes tickets o recibos que no tengan la condición de factura por ejemplo de parkings o peajes. En caso de los mencionados tickets o recibos tengan la condición de facturas simplificadas, éstas deberán llevar el nombre de la asociación o entidad beneficiaria de la subvención. Sin este requisito, no serán admitidos.

Por último, no se admitirán recibos por pagos realizados a terceras personas por su colaboración en el desarrollo de la actividad.

c Se consideran gastos subvencionables, aquellos que teniendo relación directa con el objeto de la subvención deriven de la realización de actividades expresamente comprendidas en el proyecto, memoria o programa presentado, y que no tengan la consideración de inventariable. Los indicados a continuación son meramente informativos:

Las facturas por los servicios profesionales prestados por artistas, conferencias, servicios médicos que deriven de la naturaleza de la actividad subvencionada, así como los gastos de desplazamientos, alojamiento y manutención de los mismos, con los requisitos establecidos en el último párrafo de la letra anterior.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/3/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date30/03/2023

Page count15

Edition count6048

First edition02/01/2001

Last issue31/07/2024

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