Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/3/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 60
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
AGENCIA DE INNOVACION Y
DESARROLLO DE ANDALUCIA IDEA
SEVILLA
ANUNCIO DE LAAGENCIADE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DEANDALUCÍA
PARA DAR PUBLICIDAD A LA CONVOCATORIA DEL PROCEDIMIENTO DE
VENTA DE INMUEBLES PROCEDENTES DEL FONDO PÚBLICO ANDALUZ
PARA LA FINANCIACIÓN EMPRESARIAL Y EL DESARROLLO ECONÓMICO
- EXPEDIENTE OPV.2020.001.

El Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, con fecha 10 de febrero de 2023, acuerda aprobar por delegación, la propuesta de oferta pública de venta de inmuebles procedentes del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.

1. Entidad adjudicadora.
- Organismo: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
- Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Gestión de Espacios.
- Número de expediente: OPV.2020.001

2. Expediente y objeto.
- OPV.2020.001. Procedimiento de venta de inmuebles en los municipios de Lepe Huelva, El Puerto de Santa María Cádiz, Peligros Granada y Santiago de la Espada Jaén.

3. Tramitación.
- Oferta pública de venta.
- Importes mínimos de licitación: El indicado en el Anexo I del Pliego de Condiciones que rige el procedimiento.

4. Obtención de información y documentación.
- Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. Unidad de Gestión de Espacios.
- Domicilio: c/ Leonardo da Vinci nº 17 A. 41092 Sevilla.
- Web: https juntadeandalucia.es/organismos/idea/areas/espacios-productivos/suelos.html - Teléfono: 955 030 700

5. Presentación de ofertas.
- Documentación: El indicado en el apartado 7 del Pliego de Condiciones que rige el procedimiento.
- Lugar de presentación: El indicado en el apartado 7 del Pliego de Condiciones que rige el procedimiento.
- Plazo de presentación: 2 meses desde la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA.

Veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. INSÉRTESE. El Director General. Fdo.: Miguel Ángel Figueroa Teva.
Nº 28.138

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE VICEPRESIDENCIA 1, COORDINACION
Y DESARROLLO ESTRATEGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL
MEMORIA HISTORICA Y DEMOCRATICA, COOPERACION
INTERNACIONAL Y PARTICIPACION CIUDADANA
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN
DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A PROYECTOS QUE FOMENTEN LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA REALIZADOS POR ASOCIACIONES EN LA
PROVINCIA DE CÁDIZ
BDNSIdentif.:682999

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/682999
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN
DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A PROYECTOS QUE FOMENTEN LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA REALIZADOS POR ASOCIACIONES EN LA
PROVINCIA DE CÁDIZ PARA EL EJERCICIO 2023. ÁREA DE COORDINACIÓN
Y DESARROLLO ESTRATÉGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL. SERVICIO DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

1. Marco normativo.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº.
140 de 18 de Junio de 2004 y modificación publicada en el B.O.P. nº 30 de 14 de Febrero de 2.006, se efectúa convocatoria pública de subvenciones en materia de Participación Ciudadana, que se otorgará mediante concurrencia competitiva, y tendrá como regulación la presente convocatoria, rigiéndose de forma supletoria por las disposiciones de la Ordenanza mencionada y de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Además, al generarse para la Diputación de Cádiz obligaciones de contenido económico, también serán de aplicación el régimen general de los procedimientos de gestión, ejecución y control del gasto público establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el R.D. 500/1990, de 20 de abril, y las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para el 2023.

Las subvenciones que se convocan se otorgarán bajo los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia, eficacia en sus objetivos específicos y eficiencia en la asignación de los recursos públicos. Tienen carácter voluntario y eventual y no comportan motivo de prioridad o preferencia alguna para futuras solicitudes o convocatorias.

30 de marzo de 2023

1. Objeto, condiciones y finalidad.

El objeto y finalidad de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a proyectos realizados por asociaciones que se desarrollen a lo largo del año 2023 y que tengan como finalidad el fomento de una cultura de participación y el desarrollo efectivo de la Participación Ciudadana. Las subvenciones que se concedan deberán emplearse exclusivamente en la realización de estos proyectos.

Los proyectos deben contener claramente la siguiente información:
1. Nombre del proyecto 2. Fundamento del proyecto.
3. Objetivos.
4. Destinatarios directos e indirectos.
5. Metodología, planificación de actividades y calendarización.
6. Participación de otras asociaciones y/o personas no asociadas.
7. Recursos humanos, materiales y financieros 8. Presupuesto lo más detallado y desglosado posible.
9. Sistema de evaluación del proyecto.

Se podrán subvencionar las siguientes actuaciones:

Proyectos que estén destinados a:

Fomentar y promover el asociacionismo y la participación en todos los ámbitos, concienciando sobre el importante papel de las instituciones, administraciones, y asociaciones.

Ofrecer los medios e instrumentos necesarios para la participación ciudadana, facilitando información sobre constitución de una asociación, gestión de proyectos, cuestiones organizativas, aspecto económico y aspectos generales de toda asociación.

Implicar a la ciudadanía a participar en la organización y participación activa de actividades realizadas por asociaciones.

Todo esto mediante talleres de formación, encuentros, jornadas, seminarios, difusión de la propia asociación al exterior mediante el diseño de páginas web, redes sociales

Se admitirá un solo proyecto por entidad solicitante, realizado entre el 1
de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2023.

2. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento asi como para la autorización del gasto.

Corresponde la instrucción del procedimiento al Diputado del Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico, Productivo y Social, tal como recoge en el art.
5.1 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz, le corresponde la instrucción del Procedimiento al Diputado que tenga delegadas las atribuciones en el área de gestión a la que competa la subvención de acuerdo con su finalidad siendo en este caso el Diputado del Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico,Productivo y Social según Decreto de Presidencia no SECRE-00061-2022 de fecha 07/07/2022;
siendo competente para resolver el Presidente de la Diputación Provincial de Cádiz, poniendo fin a la vía administrativa la resolución que por éste se dicte.

Asi mismo, mediante Decreto de la Presidencia SECRE-0061-2022 de 29
de julio de 2022, se delega en materia económica al Diputado Delegado del área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación, la competencia de autorización del gasto derivado de subvenciones a beneficiarios que no sean entes locales.

3. Aplicación presupuestaria.

Partida Presupuestaria 02/924D/48000

4. Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas.

La cuantía máxima con la que se dota la presente convocatoria de subvenciones es de TREINTA MIL 30.000.-Euros siendo la cantidad máxima a subvencionar por proyecto de 3.000 €

5. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones.

Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones.

6. Requisitos para obtener la condición de beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, que hayan realizado o puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que son objeto de la presente Convocatoria, que reúnan al menos los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas.
- Estar inscritas en el correspondiente Registro.
- Tener domicilio social o sede social en activo en la Provincia de Cádiz. No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el Art. 13 de la Ley General de Subvenciones y concordantes de su Reglamento. La acreditación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar en esta situación, podrá realizarse mediante declaración responsable suscrita por su representante legal, efectuada conforme al Anexo nº 2 de las presentes Bases a rellenar en sede electrónica junto con la solicitud. Igualmente, no podrán ser beneficiarios de las presentes subvenciones aquellas solicitantes que tengan iniciados algún proceso de reintegro abierto con la Diputación Provincial de Cádiz.

7. Obligaciones de las entidades beneficiarias
Las entidades beneficiarias de las subvenciones, se comprometen expresamente al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones. Además, asumirán las siguientes obligaciones:

1. Destinar la ayuda recibida exclusivamente a la realización del proyecto subvencionado en la convocatoria.

2. Hacer constar, en cualquier acto o acción de difusión del proyecto o actividad subvencionada, que está subvencionada por el Área de Coordinación Política, Servicio de Participación Ciudadana de la Diputación Provincial de Cádiz.

3. Realizar la actividad con el personal necesario para su desarrollo, el cual no estará sujeto a ningún tipo de relación laboral o administrativa con la Diputación Provincial de Cádiz.

4. Comunicar al Área de Coordinación Política, Servicio de Participación Ciudadana, por escrito y en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/3/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date30/03/2023

Page count15

Edition count6034

First edition02/01/2001

Last issue11/07/2024

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