Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/3/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

28 de marzo de 2023

B.O. P. DE CADIZ NUM. 58

De acuerdo con lo previsto por los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículos 20.1 y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se somete el expediente a exposición pública durante el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el mismo y presentar reclamaciones que serán resueltas por el Pleno de la Corporación. La modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

El expediente se encuentra en la Secretaría General y se publicará por el Área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación, en cumplimiento de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía en la siguiente dirección de la página web: https gobiernoabierto.dipucadiz.es/catalogo-de-informacion-public a?entidadId=1&seccionId=6, para su examen por los interesados, a que hace referencia el número 1 del artículo 170 del RDL 2/2004 y por las causas que se detallan en el número 2 del citado artículo.

23/03/2023. El Vicesecretario General. Fdo.: Francisco Javier López Fernández. 24/03/2023. El Presidente. Fdo.: Juan Carlos Ruíz Boix.
Nº 40.285


AREA DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO

El Pleno de la Diputación Provincial de Cádiz en sesión ordinaria celebrada el día 22 de marzo de 2023, acordó aprobar inicialmente el expediente de Modificación Presupuestaria nº 26/2023, de Créditos Extraordinarios y Suplemento de crédito del Presupuesto en vigor de esta Corporación.

De acuerdo con lo previsto por los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículos 20.1 y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se somete el expediente a exposición pública durante el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el mismo y presentar reclamaciones que serán resueltas por el Pleno de la Corporación. La modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

El expediente se encuentra en la Secretaría General y se publicará por el Área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación, en cumplimiento de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía en la siguiente dirección de la página web: https gobiernoabierto.dipucadiz.es/catalogo-de-informacion-public a?entidadId=1&seccionId=6, para su examen por los interesados, a que hace referencia el número 1 del artículo 170 del RDL 2/2004 y por las causas que se detallan en el número 2 del citado artículo.

23/03/2023. El Vicesecretario General. Fdo.: Francisco Javier López Fernández. 24/03/2023. El Presidente. Fdo.: Juan Carlos Ruíz Boix.
Nº 40.293


AREA DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO

El Pleno de la Diputación Provincial de Cádiz en sesión ordinaria celebrada el día 22 de marzo de 2023, acordó aprobar inicialmente el expediente de Modificación Presupuestaria nº 24/2023, de Créditos Extraordinarios del Presupuesto en vigor de esta Corporación.

De acuerdo con lo previsto por los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículos 20.1 y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se somete el expediente a exposición pública durante el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el mismo y presentar reclamaciones que serán resueltas por el Pleno de la Corporación. La modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

El expediente se encuentra en la Secretaría General y se publicará por el Área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación, en cumplimiento de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía en la siguiente dirección de la página web: https gobiernoabierto.dipucadiz.es/catalogo-de-informacion-public a?entidadId=1&seccionId=6, para su examen por los interesados, a que hace referencia el número 1 del artículo 170 del RDL 2/2004 y por las causas que se detallan en el número 2 del citado artículo.

23/03/2023. El Vicesecretario General. Fdo.: Francisco Javier López Fernández. 24/03/2023. El Presidente. Fdo.: Juan Carlos Ruíz Boix.
Nº 40.299

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO
BASES FUNCIONARIO DE CARRERA OEP 2022

Con fecha 11 de marzo de 2023 el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado Decreto, inscrito en el Libro de Resoluciones de la Alcaldía al número 00929/2023, por el que se aprueban las siguientes bases y anexos, convocando las correspondientes pruebas selectivas:

Página 5

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
OPOSICIÓN, EN RÉGIMEN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE VARIAS PLAZAS VACANTES, DE
ACUERDO CON LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO 2022 DE ESTE EXCMO
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCIÓN

Primera. Objeto de la convocatoria.

1. El objeto de esta convocatoria es la provisión, en propiedad, mediante nombramiento como funcionario de carrera de varias plazas de este Ayuntamiento que figuran en el anexo de estas bases generales, mediante el procedimiento de selección de oposición libre, que se recoge en el anexo.

2. Dichas plazas pertenecen a la Escala, Subescala y clase que se indica y se encuentran dotada presupuestariamente.

3. No podrán aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

4. Los aspirantes otorgarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

1.- Para poder participar en las pruebas selectivas, de cualquiera de las plazas convocadas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, de acuerdo con la legislación vigente.
b Tener cumplidos 16 años y no exceder de 65 años.
c Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e Poseer las titulaciones especificadas en cada una de las plazas en los anexos.

2.- Para poder ser admitidos al proceso selectivo, será necesario que las personas aspirantes declaren en su instancia que reúnen los requisitos exigidos en el apartado anterior en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las responsabilidades que pudiera incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma. Los requisitos, establecidos en la presente base, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.

1. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán, haciendo constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases, al Ilmo. Sr. Alcalde, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en la plataforma habilitada a tal efecto, https lalinea.convoca.online/, o en su sede electrónica, en el plazo de veinte días 20 naturales a partir del día siguiente a aquél en que aparezca extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2. Las instancias también se podrán presentar en la forma que determina el art.
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el tablón de anuncio del Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, se indicará el nombre, apellidos y DNI de los aspirantes admitidos y excluidos e indicando las causas de exclusión y concediendo un plazo de diez días para, en su caso, subsanación de defectos conforme a lo establecido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, determinando así mismo, la composición del Tribunal calificador.

2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado primero, el Alcalde dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos, determinando el lugar y la fecha del comienzo de las pruebas. Dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de anuncios de la web corporativa.

3. La publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz será determinante para el cómputo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

4. Una vez comenzados los procesos selectivos no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, sino que únicamente se publicarán en el Tablón de Anuncios Físico y Digital: https www.sedeelectronica.lalinea.es/opencms/
opencms/sede
5. El orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas y en las que se requiera una actuación individualizada, será por el orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra N, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Ñ, y así sucesivamente, de conformidad con la Resolución de 25 de Enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública BOJA 30/01/2023.

Quinta. Órgano de selección.

1. Los Tribunales Calificadores para la selección del personal funcionario, cuya composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad y tenderán a la paridad entre mujer y hombre, estarán integrado por los siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera de titulación superior o funcionario en quien delegue, designados directamente por el Alcalde-Presidente de la Corporación.
Secretario: La Secretaria General de la Corporación u otro funcionario de titulación superior en quien delegue.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/3/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date28/03/2023

Page count15

Edition count6049

First edition02/01/2001

Last issue01/08/2024

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