Boletín Oficial de la República Argentina del 07/09/2016 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Miércoles 7 de septiembre de 2016
Primera Sección
Para ser acreedor al beneficio, el trabajador deberá asistir a los cursos de capacitación convocados tanto por GEMEZ como por el SINDICATO.
CUARTO: A partir de la vigencia del presente acuerdo, El SINDICATO se compromete que todos los trabajadores encuadrados dentro de la categoría laboral Guinchero Maquinista indicados en el anexo I del presente, posea registro habilitante Categoría E2-Maquinas no Agrícolas, siendo exclusiva responsabilidad de cada trabajador obtenerlo en un plazo no mayor a 2 dos meses fijados a partir de la firma del presente.
QUINTO: Ambas partes dejan expresa constancia que todos los trabajadores incluidos en el Anexo III perciben en la actualidad un salario básico de empresa que resulta superior a la suma del salario básico del CCT 457/06 y de los adicionales previstos en este acta acuerdo conforme a
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.456
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sus calificaciones profesionales. En consecuencia, estos trabajadores no devengaran los adicionales previstos en esta acta acuerdo toda vez que los mismos se encuentran incorporados hasta su concurrencia en el importe superior percibido como salario básico de empresa.
SEXTO: Ambas partes se comprometen a presentar el acta acuerdo suscripta con sus respectivos anexos, por ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA
NACIÓN, a los fines de su registración.
En el lugar y fecha consignados en el encabezado, se suscriben tres 3 ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto, una para cada una de LAS PARTES, y el tercero que queda en poder del SINDICATO para ser presentado ante la autoridad de aplicación.
ANEXO I - NOMINA DE PERSONAL Sueldos Básico CCT - Septiembre 2015
ANEXO II - ADICIONALES - Guinchero Maquinisita
ANEXO III - NOMINA DE PERSONAL Sueldo Basico Superior al Basico CCT 457/06