Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2016 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 23 de mayo de 2016

BOLETIN OFICIAL Nº 33.384

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ambas partes han sostenido insistentemente a lo largo de estas tratativas que es el mantenimiento de los puestos de trabajo de los planteles permanentes de la planta, dejando constancia que con relación al sector expedición en un plazo no mayor de tres meses la empresa se reunirá con los trabajadores y representantes sindicales de dicho sector para analizar en conjunto alternativas que permitan introducir mecanismos que acerquen el funcionamiento del sector a un esquema de trabajo más adecuado, respetándose lo acordado en este acta hasta tanto las partes decidan lo aquí acordado.

bajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

En virtud de ello el ANEXO presentado en la audiencia anterior se sustituye y reemplaza por una versión definitiva que en este acto se agrega y donde constan las cuatro modificaciones propuestas por el sector sindical en la audiencia anterior. Asimismo La empresa deja constancia que el presente acuerdo de modalidades de trabajo se implementará dentro de los próximos 15 días contados a partir de la fecha.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N53/15.

Constituye así: el ANEXO modificado denominado ANEXO ACTA 3 DE MARZO 2016 y su aceptación expresa por las partes, con más la reincorporación de la totalidad de los trabajadores despedidos que originaran las presentes actuaciones excepto los que con posterioridad al distracto dispuesto acordaron voluntariamente con la empresa su desvinculación la fórmula propuesta para llegar así a un acuerdo conciliatorio que ponga fin en el marco del diálogo y el entendimiento pacífico al conflicto suscitado.
Cedida la palabra a la parte sindical manifiesta que suscribe el presente acuerdo y el ANEXO
ACTA 3 DE MARZO 2016 que forma parte del mismo que pone fin al conflicto ad referendum de la Asamblea de trabajadores que se convoca dentro de las 24 hs.
Con lo que se cerró el acto, siendo las 19.30 labrándose la presente que leída es firmada por los presentes ante la actuante que certifica.
Expediente 1688566/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis, siendo las 14:30 hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, por ante la Sra. Jefa del Departamento de Relaciones Laborales N1, Dra. Mercedes M.
GADEA, por el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE los Sres Mario ABRAHAM y Dario SOSTA, quien también es miembro de COMISION INTERNA junto a los Sres Walter IBAÑEZ, Walter ARENA y Rubén ALVAREZ, con la asistencia letrada del Dr Luis AVIGLIANO y por la otra en representación de la empresa SOCIEDAD ANONIMA LA NACION los Sres Horacio COSTELA, Pablo DEVOTO, Carlos ADJOYAN y el Dr Pedro ETCHEVERRY LOPEZ FRENCH.
Declarado abierto el acto por la actuante Cedida la palabra al sector sindical manifiesta que sometido que fue el Anexo - Acta 3 de marzo de 2016. Acuerdo de Régimen de Trabajo ad referendum de la asamblea de trabajadores, la misma aceptó dicho Acuerdo, y en consecuencia en cumplimiento con lo establecido en el Acta del día 3 de marzo de 2016, vienen ambas partes a ratificar el mismos en todos sus términos Acto seguido ambas partes manifiestan que la implementación del Acuerdo se efectivizará durante los próximos 15 días conforme lo estipulado en el acta de fecha 3-3-2016, señalándose que en los primeros siete días del mismo la empresa pondrá en conocimiento dicha implementación a la entidad sindical y cualquier tema o cuestión que eventualmente se generase como consecuencia de dicha implementación se consensuará entre las partes, dentro del término de implementación del acuerdo y en el marco del diálogo, el entendimiento pacífico y buena fe.
Se deja constancia que se retira de la reunión por razones de agenda el Dr Lopez French.
Ambas partes solicitan la homologación del acuerdo.
Con lo que se cerró el acto, siendo las 18 labrándose la presente que leída es firmada por los presentes ante la actuante que se certifica.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DERELACIONES LABORALES
Resolución 253/2016
Bs. As., 21/04/2016
VISTO el Expediente N1.705.306/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N24.013, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y, CONSIDERANDO:
Que la firma TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA celebra un acuerdo directo con el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA obrante a fojas 5/6 del Expediente N1.705.306/15, que es ratificado por las partes a fojas 63 y 64 donde solicitan su homologación.
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen suspensiones de personal en los términos del artículo 223 bis de la Ley N20.744.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que a foja 7 de autos obra la nómina del personal afectado.
Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N20.744, es necesario que los tra-

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Por ello, LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la firma TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 del Expediente N1.705.306/15, conjuntamente con la nómina del personal obrante a foja 7 de autos, ratificados por las partes a fojas 63 y 64.
ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/6 del Expediente N1.705.306/15 conjuntamente con la nómina del personal obrante a foja 7 de autos.
ARTÍCULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4 Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1 de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 5 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los instrumentos homologados, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N1.705.306/15
Buenos Aires, 25 de abril de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N253/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 y 7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 280/16. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de Diciembre de 2015, se reúnen los representantes de Treves Argentina S.A., - Sr. Julio C. Barbosa, como Apoderado, en adelante LA EMPRESA, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina S.M.A.T.A., Sres. Sres. Gustavo Morán Secretario Gremial, Ricardo de Simone, Secretario Gremial Adjunto, Francisco Malvaso, Delegado General Delegación Zona Sur, Gustavo Beade, Colaborador Delegación Zona Sur y como Integrantes de la Comisión Interna los Sres. Claudio Balladares y Pablo López; en adelante el SMATA, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones de negociación, acuerdan cuanto sigue:
Que Treves Argentina SA. manifiesta que dado la baja de volúmenes y actividad en la Semana 53, ha decidido cerrar la Planta durante ese período realizando solamente tareas de Mantenimiento lo que implicaría la suspensión de 40 personas los días 28, 29 y 30 de Diciembre.
Los mismos recibirán una asignación económica extraordinaria no remunerativa equivalente al 75% setenta y cinco del salario bruto que le hubiera correspondido al trabajador.
También acuerdan las partes que, si se presentan nuevos programas de trabajo no previstos ni previsibles a la fecha, la empresa podrá convocar al personal de referencia a prestar labores efectivas, debiendo para ello cumplir con una antelación mínima de 24 hs., supuesto en el cual no se aplicarán las suspensiones por los días y/o plazos de la convocatoria.
La empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal y el aporte correspondiente al trabajador, con destino al régimen de obras sociales y aportes sindicales, evitando afectar la cobertura medico asistencial en la coyuntura definida.La presente acta se elevará por ante el Ministerio de Trabajo, empleo y seguridad social de la Nación, para su homologación.No siendo para más, se da por terminada la reunión en la fecha indicada al inicio del presente.
Legajo 1000062
1000143
1000144
2000012
2000044
2000083
2000123
2000133
2000252
2000305
2000510
2000524
2000536
2000540
2000548

Apellido y Nombres Segovia, Juan Manuel Kalau Federico Gabriel Molina Pablo Emiliano Rodriguez, Hugo Ariel Ibañez Guillermo Leon German A.
Sosa, Carlos Ramon Maldonado, Jose Muñoz, Matias Daniel Gallego, Nelson Javier Caro Maximiliano Cruz Walter Daniel Parks Jesús Damián Fernandez Ivan Alberto Bazan Maximiliano Nicolas
CUIL
20-32911447-4
20-26691263-4
20-36091245-1
20-26112120-5
20-23156219-3
20-30600849-9
20-21934741-4
20-22232157-4
20-28585205-7
20-31717570-2
23-23754815-9
20-33911504-5
20-35159049-2
20-33300839-5
20-36237262-4

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/05/2016

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First edition02/01/1989

Last issue08/08/2024

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