Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, jueves 19
de mayo de 2016

Año CXXIV
Número 33.382
Precio $ 6,00

Sumario
DECRETOS

Pág.

DECRETOS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 691/2016
Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública. Aprobación 1
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 692/2016
Decreto N357/2002. Modificación 6
ENERGÍA ELÉCTRICA
Decreto 695/2016
Ley N23.681. Déjase sin efecto recargo 15
MINISTERIO DEENERGÍA YMINERÍA
Decreto 696/2016
Comisión Técnica Mixta de Salto Grande. Designaciones 15
MINISTERIO PÚBLICO
Decreto 694/2016
Acéptase renuncia 16
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 693/2016
Trasládase funcionario 16

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 489/2016
Desígnase Director General de Relaciones Institucionales 16
MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 493/2016
Desígnase Director Nacional de Desarrollo Territorial Rural 16
MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 494/2016
Desígnase Director General de Relaciones Institucionales 17
MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 486/2016
Desígnase Director de Compras y Contrataciones 17
MINISTERIO DEEDUCACIÓN YDEPORTES
Decisión Administrativa 484/2016
Modifícase la distribución del Presupuesto General para la Administración Nacional Recursos Humanos para el Ejercicio 2016 18
MINISTERIO DEEDUCACIÓN YDEPORTES
Decisión Administrativa 495/2016
Apruébase Estructura Organizativa 19
MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 496/2016
Designaciones en la Dirección General de Infraestructura y Servicios Generales 29
MINISTERIO DEPRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 490/2016
Desígnase Directora Nacional de Fortalecimiento Institucional 30
Continúa en página 2

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 691/2016
Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública. Aprobación.

Bs. As., 17/05/2016
VISTO el Expediente N44954/2016 del Registro de MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario N25.561 y sus modificatorias y reglamentarias, los Decretos Nros. 214 del 3 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 1295 del 19 de julio de 2002 y 634 del 21 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1 de la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario N25.561 y sus modificatorias y reglamentarias, declaró con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.
Que la declaración de emergencia pública dispuesta por la citada Ley N 25.561, sus modificatorias y reglamentarias, en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria fue prorrogada sucesivamente por las Leyes Nros. 25.972, 26.077, 26.204, 26.339, 26.456, 26.563, 26.729, 26.896 y 27.200.
Que la Ley N25.561 sus modificatorias y reglamentarias, en su Artículo 4 del Título III
De las modificaciones a la Ley de Convertibilidad mantuvo derogadas con efecto al 1 de abril de 1991, todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación de precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios, aún para los efectos de las relaciones y situaciones jurídicas existentes al momento del dictado de la norma.
Que asimismo, en el Artículo 8 de la ley citada en el considerando anterior, se dispuso que en los contratos celebrados, por la Administración Pública bajo normas de derecho público, comprendidos entre ellos los de obra y servicios públicos, quedan sin efecto las cláusulas de ajuste en dólar u en otras divisas extranjeras y las cláusulas indexatorias basadas en índices de precios de otros países y cualquier otro mecanismo indexatorio.
Que el Artículo 5 del Decreto N214 de fecha 3 de febrero de 2002 estableció que las obligaciones de cualquier naturaleza u origen que se generen con posterioridad a la sanción de la Ley N25.561 no podrán contener ni ser alcanzadas por cláusulas de ajuste.
Que no obstante ello y dadas las características de la emergencia pública declarada por la Ley N25.561 y sus modificatorias y reglamentarias y a la necesidad de adecuar determinadas disposiciones vigentes en la materia, se dictó el Decreto N1295 de fecha 19 de julio de 2002 con el objetivo de establecer un régimen tendiente al mantenimiento de la ecuación económico-financiera original de los contratos de obras públicas durante todo
PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN
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Secretario
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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/05/2016

Page count72

Edition count9396

First edition02/01/1989

Last issue14/07/2024

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