Boletín Oficial de la República Argentina del 27/05/2010 - Primera Sección
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Primera Sección
Jueves 27 de mayo de 2010
BOLETIN OFICIAL Nº 31.911
27
Que el referido aporte consistirá en un monto no reintegrable de PESOS DOSCIENTOS
$ 200 por única vez y por ternero macho, proveniente de un rodeo de tambo y, que asimismo, cumpla con los requisitos establecidos por la citada Resolución Nº2240/09.
luciones Nros. 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS y 2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Que las solicitudes presentadas, fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1/5, 12/16, 23/27, 35/39, 43/47, 51/55, 59/63, 74/78, 83/87, 101/105 y 111/114.
Por ello,
Que, la Coordinación del Area de Compensaciones, considera que resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas, conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Reso-
EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, los que ascienden a la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MIL
CUATROCIENTOS $81.400.
Art. 2º Autorízase el pago de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos mencionados en el anexo que forma parte de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS $81.400.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido en el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
ANEXO S01-0069565/2010
PAGO COMPENSACIONES A TERNEROS OVEROS RES ONCCA 2240/09
EXPEDIENTE
RAZON SOCIAL DEL PRODUCTOR TAMBERO
CUIT
CBU
AUTORIZADOS
MONTO A PAGAR
LOCALIDAD
1
S01-0069565/10
DUTTO RICARDO DANIEL
20-11527559-4
1910112755011200816478
93
18.600,00
ARROYO ALGODON
PROVINCIA
CORDOBA
2
S01-0069565/10
DEPETRIS LUCIA M. Y BESSONE MAURO N. S.H.
30-70844029-5
0110171920017100087521
12
2.400,00
CALCHIN
CORDOBA
3
S01-0069565/10
GERLERO DIEGO M. Y GERLERO PABLO D.
30-71010682-3
0110508720050800183650
66
13.200,00
SAN GUILLERMO
SANTA FE
4
S01-0069565/10
SCHINNER FLORIANO
20-06230494-5
2850356930000040009550
15
3.000,00
SAN JERONIMO NORTE
SANTA FE
5
S01-0069565/10
LOVERA MARIA ANGELICA
27-16031237-3
3300520925200017539051
16
3.200,00
RAFAELA
SANTA FE
6
S01-0069565/10
GROSSO SERGIO JUAN LUIS
20-06288124-1
0200372401000000064283
20
4.000,00
LOS ZORROS
SANTA FE
7
S01-0069565/10
HIJOS DE RENE BERTERO DE BERTERO CARLOS RICARDO JORGE
Y ANA
30-60099318-2
3300518615180005049010
44
8.800,00
RIVADAVIA
SANTA FE
8
S01-0069565/10
BOSIO HUGO JUAN
20-06300499-6
1910266355126600529799
34
6.800,00
EL TREBOL
SANTA FE
9
S01-0069565/10
BESSONE MIGUEL A. Y MARIO S. S.H.
30-70844033-3
0110171920017100088555
61
12.200,00
CALCHIN
CORDOBA
10
S01-0069565/10
MANERA ABEL PEDRO, MANERA FERNANDO JORGE PEDRO Y MANERA GERMAN ABEL
33-64236276-9
0110373940037361376208
46
9.200,00
MORTEROS
CORDOBA
407
81.400,00
TOTAL
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas, conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida.
INDUSTRIA LACTEA
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.
Resolución 1512/2010
Autorízase el pago de aportes no reintegrables.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005.
Bs. As., 21/5/2010
VISTO el Expediente NºS01:0035793/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS y 2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, se aprobó un sistema de compensaciones destinado a productores tamberos que críen y/o recríen terneros machos.
Que por el Artículo 3º de la mencionada Resolución Nº170/09, se delegó en la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO la implementación de la compensación, pudiendo dictar las medidas reglamentarias e interpretativas, y mecanismos de control necesarios a tal fin.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Que mediante Resolución Nº2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se reglamentó el procedimiento adecuado y los sujetos beneficiarios para acceder al aporte establecido en dicha normativa.
Artículo 1º Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, los que ascienden a la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE
MIL DOSCIENTOS $77.200.
Que el referido aporte consistirá en un monto no reintegrable de PESOS DOSCIENTOS
$ 200 por única vez y por ternero macho, proveniente de un rodeo de tambo y, que asimismo, cumpla con los requisitos establecidos por la citada Resolución Nº2240/09.
Art. 2º Autorízase el pago de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos mencionados en el anexo que forma parte de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS $77.200.
Que las solicitudes presentadas, fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1/5, 10/14, 24/28, 35/39, 45/49, 55/59, 66/70, 78/82, 90/94, 101/105, 111/115 y 121/125.
Que, la Coordinación del Area de Compensaciones, considera que resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido en el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
ANEXO
S01:0035793
PAGO COMPENSACIONES A TERNEROS OVEROS RES ONCCA 2240/09
EXPEDIENTE
RAZON SOCIAL DEL PRODUCTOR TAMBERO
CUIT
CBU
AUTORIZADOS
MONTO A PAGAR
LOCALIDAD
1
S01-0035793/10
GALLO, JAVIER HECTOR
20-17102165-1
2850891530000030042000
20
4.000,00
ATALIVA
PROVINCIA
SANTA FE
2
S01-0035793/10
MASZNIEZ, ROLANDO
20-05048791-2
0140335801678300127315
96
19.200,00
PELLEGRINI
BUENOS AIRES
3
S01-0035793/10
CONRERO, JUAN DOMINGO Y LUIS S.H.
33-70927528-9
0110564320056400354614
55
11.000,00
SILVIO PELLICO
CORDOBA