Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 13
de febrero de 2009

Boletin Oficial
Año CXVII
Número 31.594

de la RepUblica Argentina Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario Pág.

1

GANADERIA OVINA
77/2009-SAGPA
Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina. Facúltase a la Autoridad de Aplicación a brindar ayuda a los productores de ganado ovino

1

PESCA
78/2009-SAGPA
Suspéndase el uso de un dispositivo de pesca para la captura de merluza común

2

EXPORTACIONES
80/2009-SAGPA
Modifícase la Resolución Nº60/07, relacionada con la Creación del Registro para las Empresas Exportadoras, de pasta de maní a los Estados Unidos de América

3

PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES
306/2009-MJSDH
Modificación de la Resolución Nº279/06

3

INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
7/2009-INYM
Desígnanse miembros del Directorio

5

COMERCIO EXTERIOR
42/2009-MP
Procédese al cierre de la investigación por presunto dumping sobre operaciones con cadenas de acero de bajo carbono, originarias de la República Popular China
REGIMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES
General 2558-AFIP
Seguridad Social. Decreto Nº10/09. Nuevo importe de remuneración bruta mensual para la determinación de los aportes y contribuciones con destino al Fondo Solidario de Redistribución.
Resolución General Nº3834 DGI, texto sustituido por la Resolución General Nº712, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº2192 sus modificatorias y complementaria.
Nuevo programa aplicativo. Su aprobación. Norma complementaria

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto PEN
101/85.

Resolución 100/2009

Por ello,
Establécese que se pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, la mercadería comprendida en los términos del artículo 4º de la Ley Nº25.603, con destino a la población afectada por desastre climático en Tartagal, Provincia de Salta.
Bs. As., 10/2/2009

CONSIDERANDO,
4

5

6

7

AVISOS OFICIALES

Que la Ciudad de Tartagal se encuentra en la situación de catástrofe humanitaria.
Que la Ley 25.603, establece que el Servicio Aduanero pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, los alimentos, artículos para la higiene personal, ropa de cama y de vestir y calzado, todas ellas mercaderías básicas y de primera necesidad y medicamentos, para que sean afectados para su utilización por algún organismo, repartición nacional, provincial o Municipal u organizaciones no gubernamentales, cuando las condiciones de emergencia social del lugar lo aconsejen.
Que en los depósitos de las Aduanas cercanas al lugar de los hechos existen mercaderías encuadradas en la Ley 25.603 cuya disponibilidad por parte de los organismos estatales específicos contribuirán a paliar la situación crítica de la población afectada por el desastre climático.
Que en tal circunstancia resulta necesario dictar una medida de alcance general que contenga la aceptación y designación del/los organismos que recepcionarán y distribuirán las mercaderías puestas a disposición por las Aduanas de Orán, Jujuy, Salta, Pocitos y La Quiaca, para su distribución de acuerdo a las necesidades sociales derivadas del desastre climático de Tartagal, Provincia de Salta.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Nuevos

8

Anteriores .

38

Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

43

Que conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes la Secretaría General de la Presidencia de la Nación cederá sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación la mercadería en condiciones de ser puesta a Disposición de la Jurisdicción SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION por el SERVICIO ADUANERO en el marco del artículo 4º de la Ley 25.603.

ZONA DE DESASTRE Y
EMERGENCIA ECONOMICA Y
SOCIAL

VISTO la ley 25.603, el Decreto PEN 1805/2007, y
PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA
123/2009-ENRE
Apruébanse con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones Kp que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de enero de 2009 y el 9 de febrero de 2009

FRUTICULTURA
109/2009-SAGPA
Régimen transitorio de excepción para Pequeños y Medianos Productores que acondicionan fruta con destino al mercado interno

RESOLUCIONES

Secretaría General
Resoluciones ZONA DE DESASTRE Y EMERGENCIA ECONOMICA Y SOCIAL
100/2009-SG
Establécese que se pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, la mercadería comprendida en los términos del artículo 4º de la Ley Nº25.603, con destino a la población afectada por desastre climático en Tartagal, Provincia de Salta

Precio $ 0,90

DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º Cédase sin cargo y en el estado en que se encuentran al MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION para su distribución inmediata y directa a los afectados, las mercaderías de rezago alcanzadas por el artículo 4º de la Ley 25.603 y que sean factibles de ser puestas a disposición de la SECRETARIA
GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, dentro de los próximos treinta días por los Administradores de las Aduanas de Orán, Jujuy, Salta, Pocitos y La Quiaca.
Art. 2º Reglaméntese administrativamente, en forma conjunta con todos los organismos del Estado Nacional y Provincial, el procedimiento establecido en artículo 1º en un plazo no mayor a 30 treinta días a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente.
Art. 3º Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en un todo de acuerdo con el artículo 9º de la Ley 25.603 y oportunamente archívese.
Oscar I. J. Parrilli.

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
GANADERIA OVINA
Resolución 77/2009
Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina. Facúltase a la Autoridad de Aplicación a brindar ayuda a los productores de ganado ovino.
Bs. As., 10/2/2009
VISTO el Expediente Nº S01:0510615/2008 del Registro del MINISTERIO DE PRODUC-

www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº723.199
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/02/2009

Page count52

Edition count9383

First edition02/01/1989

Last issue01/07/2024

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