Boletín Oficial de la República Argentina del 18/10/2005 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 18 de octubre de 2005

4

BOLETIN OFICIAL Nº 30.761

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 657/2005

Decisión Administrativa 658/2005

Apruébase una contratación de la citada Jurisdicción celebrada bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

Apruébase la enmienda a un contrato de locación de servicios que fuera oportunamente aprobado por la Resolución Nº 38/2005 del citado Ministerio.
Bs. As., 11/10/2005

Bs. As., 11/10/2005
VISTO el Expediente Nº 1.122.877/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 25.967, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 de fecha 7
de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, la Circular Nº 4 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de marzo de 2002, lo solicitado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
VISTO el expediente Nº E-30844-2005 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 577 del 07 de agosto de 2003 y Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, la Resolución MDS Nº 038/05, y CONSIDERANDO:
Que a la Sra. LEOZ, Mabel Dora, DNI Nº 5.430.141, se le han encomendado tareas que conllevan modificaciones respecto de sus funciones.
Que atento a la nueva función que cumple como Consultor B-II, se hace necesaria la modificación del Contrato de Locación de Servicios aprobado por Resolución MDS Nº 038 del 10
de enero de 2005, con el objetivo de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2005.

Que por el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.-.

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció que toda contratación será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en dicha previsión normativa quedan incluidos los contratos de locación de servicios personales celebrados en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1184/01, los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nº 1023/01 y Nº 436/00 y los contratos regidos por la Ley Nº 25.164, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.

Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.
Que por el Decreto Nº 577/03 se modificaron determinados aspectos del Decreto Nº 491/02
relativos a los contratos, estableciéndose entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros en los casos de nuevos contratos que superen la suma mensual de PESOS DOS MIL $ 2.000.- y en los casos de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones originalmente pactadas.

Que, por su parte, mediante el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades incluidas en el artículo 1º del referido Anexo I, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la propuesta de contratación de la persona cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la SECRETARIA DE TRABAJO de dicha Cartera de Estado.

Que a fin de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, es necesario proceder a la enmienda de la contratación como excepción a lo establecido por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, con la pertinente autorización otorgada al efecto por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas, de conformidad con la Circular Nº 4 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de marzo de 2002.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida, será atendida con cargo al Programa 20, Partida Presupuestaria 1.8.7. Contratos Especiales Fuente de Financiamiento 11 TESORO NACIONAL correspondiente a la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.967.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.

Artículo 1º Apruébase, como excepción a lo establecido por el artículo 7º del anexo I del Decreto Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, la enmienda del contrato de locación de servicios que fuera aprobado oportunamente por Resolución MDS Nº 038 del 10 de enero de 2005, con la persona que se consigna en la Planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a partir de la fecha allí indicada, de acuerdo a las tareas, condiciones e importe mensual y total, que en concepto de honorarios, se indica en el mismo.

Por ello,
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto corriente para el presente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase la contratación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se detalla en la planilla, que como Anexo, forma parte integrante de la presente Decisión, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión, será atendido con cargo al Programa 20, Partida Presupuestaria 1.8.7. Contratos Especiales Fuente de Financiamiento 11 TESORO NACIONAL, correspondiente a la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.
ANEXO I
JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

APELLIDO NOMBRES

DOC. Nº
INICIO DEL
CONTRATO

FIN DEL
CONTRATO

FUNCION Y
RANGO

IMPORTE
MENSUAL

IMPORTE
TOTAL

LEOZ

5.430.141

01/08/2005

31/12/2005

CB-II

$ 2.600,00

$ 13.000,00

$ 2.600,00

$ 13.000,00

Mabel Dora
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Carlos A. Tomada.

ANEXO

MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
APELLIDO Y NOMBRE

IRIBARNE, ALBA
ESTER

DNI

25.523.358

Funcion y Rango
Honorario Mensual
Honorario Total
CONSULTOR B I

2.200

13.200

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Desde
Hasta Lugar Prest. Serv.

Apruébase la enmienda a un contrato de locación de servicios celebrado por la citada Jurisdicción.
01/07/05 31/12/05 SECRETARIA DE
TRABAJO

Cuenta Ministerio de Trabajo E. y S.S
Total Ministerio de Trabajo E. y S.S

2.200

13.200

Decisión Administrativa 659/2005

1

Bs. As., 11/10/2005
VISTO el expediente Nº E-34402-2005 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 577 del 07 de agosto de 2003 y Nº 1184 de 20 de septiembre de 2001, la Resolución MDS Nº 038 del 10 de enero de 2005, y

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/10/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/10/2005

Page count32

Edition count9423

First edition02/01/1989

Last issue10/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2005>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031