Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.257 1 Sección
Viernes 17 de octubre de 2003

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estricto cumplimiento al pago de los aportes y contribuciones a la seguridad social parágrafo 5 artículo citado así como los aportes y contribuciones para la Obra Social, aporte solidario y contribución empresaria establecida en esta convención.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Para las empresas pequeñas art. 83 ley 24.467, el período de prueba podrá extenderse a 12
meses, cumpliendo estrictamente con las obligaciones legales y convencionales y en tanto se trate exclusivamente de personal calificado, que conforme a esta convención está referido a las categorías de Operario Calificado. Asimismo se deberá cumplimentar las obligaciones enunciadas en el parágrafo precedente y las pautas y requisitos establecidos en el art. 92 bis de la LCT agreg. Ley 25.013.

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica: Que por Resoluciones números: 2328, 2329 y 2330/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR Y CANCELAR
LA MATRICULA correspondiente a las entidades: MUTUAL DE SOCIOS DEL CLUB ATLETICO SAN MARTIN
DE LABOULAYE, mat. 634; MUTUAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA COOPERATIVA
AGROPECUARIA GENERAL CABRERA LIMITADA EDUARDO JOSE PONZIO, mat. 258; MUTUAL DE
ASOCIADOS DEL CLUB CENTRAL ARGENTINO, mat. 595, las mencionadas entidades tienen domicilio legal en la provincia de Córdoba. Por Resolución N 2333/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA
FUNCIONAR Y CANCELAR LA MATRICULA de la ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS PANADEROS Y
AFINES A.M.E.P.A., mat. 171, de la provincia de Entre Ríos. Por Resolución N 2340/03, dispuso RETIRAR
LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR Y CANCELAR LA MATRICULA de la entidad MUTUAL DEL
PERSONAL DE AGUA Y ENERGIA ELECTRICA-SANTA CRUZ, mat. 13, de la provincia de Santa Cruz.
Por Resoluciones Nros. 2331 y 2332/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR Y
CANCELAR LA MATRICULA de las entidades: ASOCIACION MUTUAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS
DE FRIAS, mat. 63; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS PEAJE ESTACION FERNANDEZ DE LA
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, mat. 124, ambas con domicilio legal en la provincia de Santiago del Estero. Por Resoluciones Nros: 2338 y 2339/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA
FUNCIONAR Y CANCELAR LA MATRICULA de las entidades: MUTUAL DEL NORTE. mat. 324;
ASOCIACION MUTUAL 3 DE ABRIL, mat. 121, estas mutuales radicadas en la provincia de Mendoza. Por Resolución N: 2334/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR Y CANCELAR LA
MATRICULA de la entidad ASOCIACION MUTUAL DE VILLA LA ANGOSTURA, mat. 27, radicada en la provincia de Neuquén. Por Resolución N 2335/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA
FUNCIONAR Y CANCELAR LA MATRICULA de la ASOCIACION MUTUAL PERSONAL ADMINISTRATIVO
CERAMICA A.M.P.A.C., mat. 55. De la provincia de Salta. Por Resoluciones Nros. 2336 y 2337/03, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR Y CANCELAR LA MATRICULA de las entidades:
CENTRO MUTUAL DE EMPLEADOS DE DEFENSA CIVIL, mat. 42 y M.A.T.P. MUTUAL DE LA ASOCIACION
DE TRABAJADORES PROVINCIALES, mat. 72, ambas domiciliadas en la provincia de La Rioja. Contra la medida dispuesta Art. 40, Decreto N 1759/72 son oponibles los recursos de: REVISION Art. 22, inc. a
10 días y Art. 22, incisos b, c y d 30 días Ley N 19.549. RECONSIDERACION Art. 84, Decreto N 1759/72 10 días. JERARQUICO Art. 89, Decreto N 1759/72 15 días Y ACLARATORIA Art.
102, Decreto N 1759/72 5 días. Asimismo, en razón de la distancia se les concede un plazo ampliatorio de CUATRO 4 días a las mutuales ubicadas en la provincia de Córdoba, de TRES 3 para la entidad de Entre Ríos, de TRECE 13 para la de Santa Cruz, de SEIS 6 para las ubicadas en Santiago del Estero, Neuquén y La Rioja, de SIETE 7 días a las entidades ubicadas en la provincia de Mendoza; y de OCHO
8 para la radicada en Salta. Quedan notificadas Artículos 40 y 42 del Decreto N 1759/72-t.o. 1991.
C. P. SARA JULIA DUBINSKI, a/c Gerencia de Administración y Finanzas.

La decisión de ampliar el período de prueba deberá ser comunicado, en todos los casos, al sindicato respectivo, afiliado a la FTIA, con 45 días de anticipación a su aplicabilidad.
Es obligatorio para la Empresa informar trimestralmente al sindicato respectivo las altas y bajas que se produzcan por contrataciones a prueba.
El incumplimiento con las formalidades de la ley hará caducar los derechos aquí establecidos.
ANEXO V
Aportes y contribuciones destinados entre otros objetivos a la acción gremial, capacitación, acción social, la formación profesional, la investigación y el desarrollo convencional.
APORTE SOLIDARIO
a De conformidad con las facultades legales y estatutarias y el mandato de la representación negociadora sindical conferido por el Congreso Nacional Extraordinario de delegados de la FTIA del 23 de Abril ppdo. y los fundamentos aportados a la Comisión Negociadora, la representación sindical establece que los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo 244/94, de conformidad a lo preceptuado en el art. 9 de la ley 14.250.t.o. aporten solidariamente a cada entidad sindical de primer grado adherida a la Federación de Trabajadores de la Industria de la Alimentación, durante la vigencia del mismo y a partir del mes Septiembre 2003, una suma equivalente al 2% sobre las remuneraciones mensuales que los mismos perciban.
Este aporte de los trabajadores, beneficiarios, entre otros destinos, estará destinado a cubrir los gastos ya realizados y a realizar en la concertación de las convenciones colectivas de diferentes niveles. Asimismo coadyuvará, entre otros objetivos, al desarrollo de la capacitación, acción social, a la formación profesional de equipos pluri-disciplinarios, sindicales y técnicos, que posibiliten el desarrollo de la negociación colectiva favorable a mejores condiciones para todos los trabajadores beneficiarios y al desenvolvimiento económico y financiero de servicios y prestaciones que determine la asociación sindical que posibiliten una mayor y mejor calidad de vida del trabajador y su grupo familiar.

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

NOTA: Se publica nuevamente en razón de haberse omitido en la edición del 15/10/2003.
e. 16/10 N 428.512 v. 20/10/2003

La parte empleadora, teniendo presente lo expresado precedentemente en el parágrafo primero, relativo a facultades y mandato de la representación sindical, manifiesta que sujeto a la homologación ministerial, acuerda en cumplimiento de la normativa vigente en actuar como agente de retención del aporte, el que se depositará en la cuenta habilitada de cada sindicato de primer grado, afiliado a la FTIA, que corresponda al establecimiento respectivo, dentro de los 15 días posteriores al mes que se devenguen.
Los sindicatos destinatarios del aporte solidario podrán disponer del pago del mismo a quienes ya vienen realizando aportes correspondientes.
CONTRIBUCION EMPRESARIA
b Con el objeto de prestar apoyo la labor de formación profesional y capacitación de los trabajadores que viene desarrollando la Ftia, las empresas comprendidas en la CC se obligan a realizar una contribución mensual de cuatro pesos por cada trabajador comprendidos en esta convención El importe mensual deberá ser depositado por cada empleador, a partir del mes de Septiembre 2003 y durante la vigencia del presente, dentro de los 15 días posteriores al mes que se devenguen, en la cuenta habilitada número 1.000.252/72 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal número 0046 Carlos Calvo, a nombre de la FTIA o en la que ésta habilitase en el futuro.
e. 17/10 N 33.756 v. 17/10/2003

AVISOS OFICIALES
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

HORARIO
DE ATENCION
Sede Central Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires 11.30 a 16.00 hs.
Delegación Tribunales Libertad 469 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires 8.30 a 14.30 hs.
Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes 1441Ciudad Autónoma de Buenos Aires 10.00 a 15.45 hs.

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido Salvador Alfredo GALATI, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5039/41, Capital Federal.
10 de Octubre de 2003.
Firmado: ALICIA INES LORENZONI DE SANGUINETI, Jefe Int. Sección J División Beneficios.
e. 15/10 N 428.811 v. 17/10/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido Julio César BARRIOS, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5039/41, Capital Federal.
10 de Octubre de 2003.
Firmado: ALICIA INES LORENZONI DE SANGUINETI, Jefe Int. Sección J División Beneficios.
e. 15/10 N 428.812 v. 17/10/2003

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/10/2003

Page count16

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