Boletín Oficial de la República Argentina del 06/10/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.249 1 Sección que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha elevado la propuesta de contratación del personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 20 - 01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACION.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1º y 2º, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase el contrato celebrado entre la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, en las condiciones, por el período y monto mensual indicado en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será atendido con cargo a la partida específica del Presupuesto de la Jurisdicción 20 - 01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

OFICINA ANTICORRUPCION

Bs. As., 3/10/2003

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

VISTO el Expediente Nº 138.877/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.725, el Decreto Nº 751 del 29 de agosto de 2000, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y la Decisión Administrativa Nº 7 del 24 de enero de 2003, y
Artículo 1º Apruébase el contrato celebrado entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y la persona que se menciona en el Anexo I que forma parte de la presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales, y totales allí consignados, y la asignación de las funciones conforme lo establecido en el Anexo mencionado.

Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso, entre otros aspectos, que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación, y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 436/00 y 1023/01, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.
Que en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03
se ha establecido que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL
$ 2000.-.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 40 Programa 27 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - OFICINA
ANTICORRUPCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 25.725 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 7/03, a fin de atender el gasto resultante de las contrataciones alcanzadas por la presente medida.

OFICINA ANTICORRUPCION

Apruébanse contratos celebrados por la citada entidad, del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello,
Bs. As., 3/10/2003
VISTO el expediente Nº 138.719/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 751 del 29 de agosto de 2000, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003 y la Decisión Administrativa Nº 7 del 24
de enero de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2003.
Que por el Decreto Nº 751/00 se aprobó el Modelo de Carta Acuerdo correspondiente a la Donación para el Apoyo a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS realizada por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO
Donación BIRF IDF 027282, y se facultó al ex Ministro de Economía a suscribir dicha Carta Acuerdo.
Que por el mencionado expediente y de acuerdo a las normas citadas en el VISTO,
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tramita la suscripción de DOS 2 contratos de locación de obra con personal especializado para ejecutar una actividad prevista en el Plan de Trabajo Anual acordado entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Decisión Administrativa 128/2003

Lunes 6 de octubre de 2003

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébanse los contratos celebrados entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y las personas que se mencionan en el Anexo I que forma parte de la presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales, y totales allí consignados, y la asignación de las funciones conforme lo establecido en el Anexo mencionado.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica del Programa 27 OFICINA
ANTICORRUPCION Jurisdicción 40 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Gustavo Beliz.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Decisión Administrativa 129/2003
Apruébase un contrato celebrado por la citada entidad, del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2003.
Que por el Decreto Nº 751/00 se aprobó el Modelo de Carta Acuerdo correspondiente a la Donación para el Apoyo a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS realizada por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO
Donación BIRF IDF 027282, y se facultó al señor Ministro de Economía y Producción a suscribir dicha Carta Acuerdo.
Que por el mencionado expediente y de acuerdo a las normas citadas en el VISTO, tramita la suscripción de un contrato de locación de obra con personal especializado para ejecutar una actividad prevista en el Plan de Trabajo Anual acordado entre la OFICINA
ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y el BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001
en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso, entre otros aspectos, que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación, y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros.
436/00 y 1023/01, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.
Que en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03
se ha establecido que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 40 Programa 27 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - OFICINA
ANTICORRUPCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 25.725 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 7/03, a fin de atender el gasto resultante de las contrataciones alcanzadas por la presente medida.
Que ha tomado intervención la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el
artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nro. 577/03.
Por ello,
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica, del Programa 27 OFICINA ANTICORRUPCION Jurisdicción 40 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Gustavo Beliz.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS
Decisión Administrativa 130/2003
Dase por aprobada uno contratación de la citada Jurisdicción, celebrada bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 3/10/2003
VISTO el expediente Nº 139.148/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.246, los Decretos Nº 1019 del 3 de noviembre de 2000, Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601
de fecha 11 de abril de 2002 y Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y las Decisiones Administrativas Nº 5 del 31 de enero de 2000
y Nº 7 del 27 de enero de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.246 se creó la UNIDAD
DE INFORMACION FINANCIERA U.I.F., organismo que se desempeña con autarquía funcional en Jurisdicción del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que atento el requerimiento efectuado por el señor Vicepresidente de dicha Unidad, el señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos solicita la aprobación de las contrataciones con carácter de locación de servicios en el marco del Decreto Nº 1184/01, de DOS 2 profesionales para desempeñarse en el área Jurídica de dicha Unidad.
Que por los Decretos Nº 491/02 y Nº 601/02
se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que asimismo el Decreto Nº 577/03 estableció, en su artículo 1º, que toda contratación encuadrada en el citado Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000,00.
Que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el artículo 3º del Decreto Nº 1019/00, acreditándose que las personas a designar por la presente no se encuentran comprendidas en la prohibición establecida en el artículo 10 del Anexo I a la Decisión Administrativa Nº 5/00.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/10/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/10/2003

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Last issue11/07/2024

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