Boletín Oficial de la República Argentina del 06/10/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.249 1 Sección Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS y la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en lo que resulta materia de su competencia.

DAD COORDINADORA DEL PROGRAMA
DE MODERNIZACION PORTUARIA a que hace referencia el considerando anterior, deben celebrarse los contratos de locación de obra o de servicios que fueren menester para la ejecución del mismo.

Que la competencia para el dictado del presente acto surge de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.

Que para asegurar el cumplimiento de los objetivos, resultados y actividades comprometidos por el Organismo Ejecutor del Programa se hace aconsejable proceder a la aprobación de las contrataciones de los consultores de la UNIDAD COORDINADORA
DEL PROGRAMA DE MODERNIZACION
PORTUARIA que se detallan en el Anexo de la presente medida.

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada la contratación celebrada ad referendum del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, a partir del 1º de abril de 2003 y por el término de NUEVE 9 meses, del personal cuyos apellidos y nombres, tipos y números de documento, funciones, rangos, montos mensuales y totales se detallan en la, planilla que cómo Anexo I forma parte, integrante de la presente Decisión Administrativa.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados para tal fin en la Jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Gustavo Beliz.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 131/2003
Danse por aprobadas contrataciones celebradas en el marco del Programa de Modernización Portuaria, Contrato de Préstamo BID
Nº 962/OC-AR, de la Secretaría de Transporte.
Bs. As., 3/10/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0105108/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, el Decreto Nº 595 de fecha 1 de julio de 1997, el documento del PROGRAMA
DE MODERNIZACION PORTUARIA Contrato de Préstamo BID Nº 962/OC-AR, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 595 de fecha 1 de julio de 1997 se aprobó el modelo del Contrato de Préstamo Nº 962/OC-AR a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO para el PROGRAMA DE MODERNIZACION PORTUARIA, designándose a la entonces SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la ex SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS como Organismo Ejecutor del mencionado Programa.
Que por el Artículo 6º del decreto citado en el considerando anterior se creó en el ámbito de la entonces SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la ex SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA DE MODERNIZACION PORTUARIA, la que será responsable de su ejecución así como de la administración de los fondos asignados al mismo.
Que en los documentos del PROGRAMA DE
MODERNIZACION PORTUARIA se establece que, con el objeto de conformar la UNI-

Que el Artículo 1º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 establece que las disposiciones del Decreto Nº 491 de fecha 12
de marzo de 2002 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 436 de fecha 30 de mayo de 2000, como así también a los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
en aquellos casos en que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL
$ 2.000, incluidos los contratos de locación de servicios personales celebrados en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre, de 2001, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.
Que en las contrataciones propiciadas se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que asimismo, dichas contrataciones se encuentran respaldadas por los créditos presupuestarios existentes en las cuentas del Programa mencionado.
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO ha prestado su conformidad con las contrataciones que se aprueban por la presente decisión administrativa.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577
de fecha 7 de agosto de 2003.
Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobadas las contrataciones celebradas en el marco del PROGRAMA DE MODERNIZACION PORTUARIA, Contrato de Préstamo BID Nº 962/OC-AR, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se
imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto del Contrato de Préstamo BID Nº 962/OC-AR, PROGRAMA DE MODERNIZACION PORTUARIA de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE, de la Jurisdicción 54 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, del ejercicio de su devengamiento.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Julio M. De Vido.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 132/2003
Apruébase un contrato de locación de servicios encuadrado en las previsiones del Decreto Nº 491/2002 y su reglamentación, celebrado bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 3/10/2003
VISTO el Expediente Nº S01-0141849/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de setiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24 de enero de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de personal especializado a celebrarse bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de setiembre de 2001.
Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha elevado la propuesta de contratación de la persona que se detalla en el Anexo que integra esta medida, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Subsecretaría.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL
$ 2.000.-.
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la persona involucrada en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 25.725 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24
de enero de 2003, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.

Lunes 6 de octubre de 2003

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Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto 577/03.
Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase al MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de lo dispuesto por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de setiembre de 2001, al solo efecto de posibilitar la contratación de la persona que se detalla en el Anexo a la presente medida.
Art. 2º Apruébase el contrato de locación de servicios encuadrado en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, celebrado bajo el régimen del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de setiembre de 2001
entre el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de conformidad con el período, monto mensual y función y rango indicado en el mismo, en el marco de los contratos individuales del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
Art. 3º EI gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, aprobados para el corriente ejercicio por la Ley Nº 25.725 y distribuidos por la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24 de enero de 2003.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Julio M. De Vido.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ORGANO DE CONTROL
DE CONCESIONES VIALES
Decisión Administrativa 133/2003
Apruébase una contratación de locación de servicio personal encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/2002 y su reglamentación, celebrada bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001 por el citado organismo, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Bs. As., 3/10/2003
VISTO el Expediente Nº 3196/2003 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993, 87 de fecha 25 de enero de 2001, 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601
de fecha 11 de abril de 2002, 27 de fecha 27
de mayo de 2003 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24 de enero de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de personal especializado a celebrarse bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001.
Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha elevado la propuesta de contratación de la persona que se detalla en el Anexo I que integra esta medida, cuya aprobación resulta indispensable

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/10/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/10/2003

Page count28

Edition count9416

First edition02/01/1989

Last issue03/08/2024

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