Boletín Oficial de la República Argentina del 09/08/1993 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL I a S e c c i ó n deberán ser radiados del servicio y ser inutilizados totalmente, afinde imposibilitar su reutilización en la actividad.
A tal efecto, las plantas se obligan a observar el siguiente procedimiento, según el caso:
a Si el envase está individualizado con marca o leyenda inscripta a su nombre, la planta deberá remitirlo a u n taller habilitado para su inutilización.
b Cuando el envase no se halle individualizado con leyenda inscripta para la planta, ésta lo pondrá a disposición de la titular de la leyenda colocando en el cuerpo del recipiente con pintura que se destaque netamente la palabra CANJE y la denominación de su planta.

podrán ser mantenidos en circulación mientras cumplan eficazmente su función.
i
Con respecto a esas operaciones, se considerará que la planta está en infracción:
a Si cuando no se está envasando, se encuentran en planta garrafas o cilindros llenos sin taponar y/o precintar, admitiéndose a este efecto sobre plataforma hasta 2 envases, en estas condiciones por balanza instalada, al finalizar la jornada de labor. No obstante, cuando el personal de inspección de LA SOCIEDAD verificare que se han suspendido las tareas de envasado de gas licuado dentro de la jomada de labor, a los fines que el personal respectivo proceda a tomar un refrigerio o almuerzo, se admitirá sobre plataforma la cantidad de envases sin taponar y/o precintar indicada en b.

Cuando la inspección de LA SOCIEDAD verifique en una planta envases averiados que no admitan reparación, dará plazo a la misma para b En el caso de que se esté envasando, sólo que proceda en forma indicada en a y / o b, se admitirá en plataforma, la existencia de hasta debiendo luego la planta acreditar su cumpli- 10 envases llenos sin taponar y/o precintar por miento en término.
balanza instalada, siempre que se encuentren en el proceso de realización de dichos trabajos.
Los cilindros que no tengan aro de protección de 4.10. Normas Generales:
válvula fijo, deberá salir de Planta con casquete Por razones de seguridad, las válvulas de de protección de ésta, aprobado por LA SOCIEmaniobra de las garrafas hasta 15 kgs. de DAD. roscado de forma tal que cumpla su finacapacidad no deben contar con dispositivos de lidad.
alivio.
4.15. Estanquidad:
4.11. Para optimizar la protección y conservación de los envases propios o ajenos que se Las válvulas de todos los envases antes del encuentren en la planta o instalaciones compleprecintado deben soportar satisfactoriamente mentarias, los mismos no deberán ser depositala prueba de estanquidad.
dos sobre tierra omaterial agresivo para el metal del recipiente.
Se verificará el correcto cierre de válvula y la eficiencia del tapón con válvula abierta.
4.12. Cuando en la revisión indicada en 4.7.
a, se verifiquen oxidaciones que no impliquen Las pruebas se realizarán teniendo en cuenta averia por disminución apreciable del espesor las siguientes pautas:
de la chapa de acuerdo a las "Especificaciones"
citadas 4.8, se regularizará el envase procedien1 Sumergiendo en agua la parte a ensayar, o do a limpiar la zona afectada, aplicando luego la bien utilizando agua jabonosa con pincel. Cualrespectiva protección anticorrosiva y pintura.
quier otro sistema que no se base en estos principios, deberá contar con aprobación previa Queda a criterio de las plantas, efectuar el de LA SOCIEDAD.
lavado o repintado de los envases que llenen en cuanto se refiere a su presentación.
2 Se efectuará normalmente con los envases en posición vertical con la válvula hacia arriba, Para los procesos de repintado de envases, se pero si la planta lo entiende necesario, puede observará el procedimiento que para cada caso realizarla acostando la garrafa o cilindro.
se establece a continuación:
3 Se probará la boca de salida y el vastago de la válvula:
a Pintura de aluminio color aluminio:
Una vez sometidos los envases a prueba hidráulica, sólo podrá utilizarse pintura con las especificaciones ajustadas a la Norma IRAM
Ns 2529 y 1115, no pudiendo en consecuencia ser pintados o repintados total o parcialmente con otra calidad de pintura, salvo autorización expresa de LA SOCIEDAD.
b Otro tipo de pintura Se utilizará únicamente en los envases que por su fecha de fabricación o de realización de prueba hidráulica no estén pintados conforme lo establecido en a.
En las operaciones de pintado deberá tenerse especialmente en cuenta el eficaz cubrimiento del fondo y del interior del faldón de apoyo del envase. Asimismo se protegerá la válvula, a fin de evitar que la pintura se deposite én la boca de salida o penetre en el vastago, cualquiera sea el sistema de pintado: de ocurrir eventualmente esto último, se deberá limpiar la pintura que no hubiere penetrado en dichos lugares de la válvula.
Las plantas de fraccionamiento se obligan a exigir los fabricantes de envases en el momento de encomendar su fabricación, que los mismos sean sometidos a los procesos de fosfatizado, pintura anticorrosiva y pintura de aluminio, de acuerdo con lo establecido en las normas de LA SOCIEDAD.
4.13. Para el llenado de garrafas y cilindros se respetará la tara indicada en cada uno de ellos.
Asimismo, los envases llenos antes del taponado y precintado serán sometidos a control de repesado.
4.14. Taponado v precintado.
Los envases deben salir de las plantas de fraccionamiento para la distribución, con tapones de seguridad roscados y eficientemente ajustados y con precintos en el que se indique el contenido en kilogramos de gas licuado y el nombre de la planta llenadora consignada en el Anexo N l a las presentes.
Los tapones deben ser inequívocamente identificables como aprobados por LA SOCIEDAD y
a Con válvula cerrada, sin tapón.

Los sistemas de control indicados precedentemente, podrán ser reemplazados por otro que cuente con aprobación previa de LA SOCIEDAD.

B Envases con válvula no convencional Garrafas individualizadas con leyenda ESSO
GAS que poseen válvula especial tipo "KOSAN":

4.16. Los envases llenos deben llevar adherido u n impreso con "Recomendaciones a los señores usuarios" sobre utilización de garrafas o cilindros en condiciones de seguridad, según los siguientes textos:

RECOMENDACIONES A LOS SEÑORES
USUARIOS

A Envases con válvula convencional Garrafas:
"RECOMENDACIONES A LOS SEÑORES
USUARIOS"
1 8 Para conectar o desconectar esta garrafa, mantener cerrada la válvula de la misma y verificar que no haya llamas en el local o personas fumando.

4" En caso de advertirse una fuga, cerrar la válvula, suprimir toda llama en las proximidades, ventilar el local y no encender ni apagar luz eléctrica en las cercanías hasta tanto la pérdida haya sido subsanada.
Si el gas fugado se inflamase, cerrar la válvula y extinguir con trapos húmedos.
5 9 La garrafa debe ubicarse parada en un lugar bien ventilado; nunca en un sótano.
En caso de emergencia dirigirse al proveedor de este envase.
6 8 "MUY IMPORTANTE": PROHIBIDO EL
USO DEL GAS LICUADO CONTENIDO EN ESTE
RECIPIENTE COMO COMBUSTIBLE EN AUTOMOTORES DECRETO N9 66/75 DEL P.E.N.
Este envase debe ser conectado exclusivamente a artefactos, reguladores, accesorios, etc., aprobados con LA SOCIEDAD, significando en caso contrario serio peligro.
7 9 La garrafa debe conectarse a un regulador de presión aprobado por LA SOCIEDAD.
Cilindros:
"RECOMENDACIONES A LOS SEÑORES
USUARIOS"

En las inspecciones, los controles referidos a la estanquidad, se realizarán con el envase en igual posición que la elegida por la planta y empleando el mismo método que aquella utilice.
Las pruebas se efectuarán en una sola oportunidad para cada válvula, abriéndola en forma paulatina, de una sola vez y sin forzar el vastago en el extremo del recorrido, para después proceder a cerrarla en la misma forma, siguiendo para ello las indicaciones del inspector.

l 8 Este cilindro debe ubicarse: en posición vertical, en lugares descubiertos y bien ventilados patios, jardines, etc., alejado de toda abertura del edificio puertas, piletas de desages, etc., de acuerdo a las normas de LA SOCIEDAD.

Las pruebas de estanquidad de las garrafas con válvula de maniobra tipo "KOSAN" se realizarán sobre envases llenos, previo al taponado y precintado, observando el siguiente procedimiento:
1 Se probará la estanquidad de la pastilla de cierre del cuerpo de la válvula y de la conexión de ésta con la brida de la garrafa, sumergiendo en agua las partes a probar o utilizando agua jabonosa y pincel.
2 Se verificará la efectividad del anillo de goma sintética, acoplando un regulador adecuado al tipo de válvula, con salida obturada pero que permita determinar eventualmente que el mecanismo de apertura es eficiente sumergiendo luego al envase en agua y colocando la palanca del regulador en posición de abierta, comprobándose de esta forma si existe pérdida de gas.
Todas las plantas que llenen envases con válvula tipo "KOSAN", deberán contar con el regulador indicado en el punto 2 precedente; la planta que en el momento de la inspección de LA SOCIEDAD, tuviere de esos envases llenos y careciere del citado elemento de control, se hará pasible de la penalidad establecida al respecto.

1 8 Antes de conectar la garrafa, verifique la manguera esté en buen estado y las abrasadoras bien ajustadas. Su conexión y / o desconexión se hará previo control de que en el local no haya llamas o personal fumando.
2 8 Al tomar en sus manos el regulador verifique que su llave esté cerrada llama roja hacia abajo. Verifique con agua jabonosa que no haya pérdida en las conexiones.

3 8 Presione con los dedos hacia arriba el anillo negro de base regulador y móntelo sobre la válvula. A continuación presione sobre el anillo negro hacia abajo en todo su contorno 2 8 Antes de conectar la garrafa, verificar hasta oir el "klick" que asegura la conexión que la manguera esté en buen estado y las hermética.
abrazaderas bien ajustadas.
4 8 Una vez conectada, abra la llave del 8
3 Una vez conectada, abrir lentamente la regulador llama roja hacia arriba. Verifique válvula de la garrafa y verificar, con agua jabocon agua jabonosa que no haya pérdida en las nosa, que no haya pérdidas en las conexiones. conexiones.

b Con válvula abiertay tapón colocado, en las distintas posiciones de la carrera del vastago.

Solamente en el caso de observarse una pérdida por el vastago de la válvula, se repetirá el ensayo una o dos veces en la forma señalada a fin de verificar si la anormalidad desaparece por acomodación de los anillos del cierre, en cuyo caso no será de aplicación la penalidad prevista al respecto.

Lunes 9 de agosto de 1993 3

El lugar donde esté instalado, se usará exclusivamente para ese fin, manteniéndoselo limpio y libre de elementos extraños.
No deberá instalarse en cocinas ni otros ambiente interiores.
2 8 Para conectar o desconectar este cilindro, mantener cerrada la válvula del mismo y verificar que no haya llamas o personas fumando en las proximidades.
3 8 Antes de conectar el cilindro, verificar que la instalación esté en buenas condiciones de funcionamiento.
4 8 Una vez conectado, abrir lentamente la válvula del cilindro y verificar con agua jabonosa, que no haya pérdidas en las conexiones.
5 8 En caso de advertirse una fuga, cerrar la válvula suprimir toda llama en las proximidades y no encender ni apagar luces en las cercanías hasta tanto la pérdida haya sido subsanada. Si el gas fugado se inflamase, cerrar la válvula y extinguir con trapos húmedos.
6 8 "MUY IMPORTANTE: PROHIBIDO EL
USO DEL GAS UCUADO CONTENIDO EN ESTE
RECIPIENTE COMO COMBUSTIBLE EN AUTOMOTORES DECRETO N8 66/75 DEL P.E.N
Este envase debe ser utilizado exclusivamente con artefactos reguladores, accesorios, etc.
aprobados por LA SOCIEDAD, significando en caso contrario serio peligro.
En caso de emergencia dirigirse al proveedor de este envase.

5 8 En caso de advertirse una fuga, cierre la llave del regulador y desconéctelo presionando hacia arriba el anillo negro dentro de sus alojamiento. Suprima todas las llamas en las proximidades, ventile el local y no encienda ni apague luz eléctrica en las cercanías hasta tanto la pérdida haya sido subsanada.
Si el gas fugado se inflamase extingalo con trapos húmedos.
6 8 La garrafa debe ubicarse parada en u n lugar bien ventilado, nunca en u n sótano.
En caso de emergencia dirigirse al proveedor de este envase.
7" "MUY IMPORTANTE: PROHIBIDO EL
USO DE GAS LICUADO CONTENIDO EN ESTE
RECIPIENTE COMO COMBUSTIBLE EN AUTOMOTORES DECRETO N8 6 6 / 7 5 DEL P.E.N
Este envase debe conectarse exclusivamente a artefactos, reguladores, accesorios, etc. aprobados por LA SOCIEDAD, significando en caso contrario serio peligro.
8 S La garrafa debe conectarse exclusivamente a u n regulador de presión aprobado por LA SOCIEDAD.
Dichos ingresos podrán colocarse directamente adheridos sobre el envase o bien alrededor de la válvula si los mismos son confeccionados con una abertura adecuada para tal fin.
Como alternativa, las "Recomendaciones a los señores usuarios" podrán ser incorporados en el precinto respectivo, pero se deberán adoptar los recaudos necesarios para que los mismos sean colocados de manera tal, que permitan al usuario leer sin dificultad todas s u s inscripciones, sin que por ello el precinto deje de cumplir con su función especifica de inviolabilidad.
Cuando las "Recomendaciones" se incorporen al precinto y la planta omita la colocación de éste, cometerá doble infracción por falta de precinto y de recomendaciones, tomándose también en cuenta para esta segunda falta, la norma de aplicación establecida para los precintos.
NOTA: Cuando en las garrafas se envase eventualmente propano, las plantas deberán incorporar al recipiente u n impreso adherido adecuadamente, con el siguiente texto:
"IMPORTANTE"
Este envase contiene gas propano No instalarlo próximo a fuentes de calor.
CAPITULO II
Comercialización de GLP en cilindros de 45 kg. de capacidad.
4.17. El fraccionamiento y comercialización de GLP en cilindros de 45 kg. de capacidad, se rige por las normas establecidas en el CAPITULO I en lo atinente a envases a utilizar, individualización y condiciones de aptitud para el llenado.
CAPITULO III ACONDICIONAMIENTO
INTEGRAL DE ENVASES
4.18. Cada 10 años, las garrafas y cilindros serán sometidos por las plantas a acondiciona-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 09/08/1993 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date09/08/1993

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