Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/5/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL

Artículo 4.- PASE a Gobernación Secretaría Legal y Técnica y a la Caja de Previsión Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido ARCHIVESE.Sr. PERALTA Sr. José Manuel Córdoba ________

RIO GALLEGOS, 22 de Mayo de 2012.-

por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 5º.- PASE a la Jefatura de Gabinete de Ministros Dirección Provincial de Administración de la Gobernación a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Dr. Pablo Gerardo González ________

DECRETO Nº 1531

DECRETO Nº 1537

RIO GALLEGOS, 20 de Julio de 2011.VIS TO :
El Expediente JGM-Nº 900.994/11; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita la renovación del Contrato de Servicio suscripto entre la Jefatura de Gabinete de Ministros, representado por su titular, Doctor Pablo Gerardo GONZALEZ por una parte y, por la otra la firma RICARDO JOSE
INFANTE, representada por su Propietario, don Ricardo J. INFANTE, el cual forma parte integrante del presente;
Que la citada firma, será la encargada del Servicio de Vigilancia de Alarma Electrónica con Monitoreo destinado a las dependencias de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que dicho Convenio tiene vigencia a partir del día 1º de febrero del año 2011 y por el término de 24
veinticuatro meses, el que podrá ser renovado por período de igual término y en las mismas condiciones, conforme lo dispone la Cláusula Tercera de dicho contrato;
Que el monto total de la referida Contratación, asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y
DOS MIL SETECIENTOS VEINTE $ 192.720,00, a razón de PESOS OCHO MIL TREINTA $ 8.030,00
en forma mensual;
Que a fojas 12/13 la Dirección Provincial de Administración, suministró el formulario de ejecución del gasto por el período desde Febrero a Diciembre del año 2011;
Que en consecuencia se hace procedente la ratificación de dicho Contrato;
POR ELLO;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Contrato de Servicio suscripto entre la Jefatura de Gabinete de Ministros, representado por su titular, Doctor Pablo Gerardo GONZALEZ por una parte y, por la otra la firma RICARDO JOSE INFANTE, representada por su Propietario, don Ricardo J. INFANTE, relacionado con el Servicio de Vigilancia de Alarma Electrónica con Monitoreo destinado a dependencias de la Subsecretaría de Medio Ambiente, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- APROBAR, el gasto que demandará la contratación aludida, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA $ 88.330,00, a razón de PESOS OCHO MIL TREINTA $ 8.030,00 en forma mensual, a partir del día 1º de febrero y hasta el día 31
de Diciembre del año 2011.Artículo 3º.- AFECTAR la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTE $ 192.720,00, correspondiente al período del 1º de Febrero del año 2011 al 1º de Febrero del año 2013, con cargo al ANEXO: Jefatura de Gabinete de Ministros - ITEM: Ministerio - CARACTER: Administración Central - FINALIDAD: Administración Gubernamental - FUNCION: Administración General SUBFUNCION: Dirección Superior Ejecutiva - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL: Servicios No Personales - PARTIDA PARCIAL: Otros Servicios - PARTIDA SUBPARCIAL: Servicios de Vigilancia, del Ejercicio 2011.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado
RIO GALLEGOS, 20 de Julio de 2011.VIS TO :
El Expediente MG-Nº 550.666/11, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado de referencia se tramitan las Negociaciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Provincial que llevan adelante los representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de los gremios Asociación del Personal de la Administración Pública APAP, Unión Personal Civil de la Nación UPCN y la Asociación Trabajadores del Estado ATE en nombre y representación de los trabajadores públicos, en los términos de la Ley Provincial Nº 2986 y Decreto Reglamentario Nº 2290/07;
Que en esta oportunidad, se ponen a consideración los acuerdos arribados en la audiencia celebrada con fecha 29 de junio de 2011, referidos a la recategorización de los empleados públicos con antigedad superior a los 20 años y el ingreso a la planta permanente del personal designado con Jefaturas de Departamento, División y Sección en los términos de la Ley Nº 1831 y del personal contratado durante los años 2008, 2009;
Que en primer lugar, y analizando las conclusiones emitidas por la Subcomisión de Recategorizaciones integrada por las partes, se acordó la recategorización de aquellos trabajadores que hubieran ingresado a la Administración Publica Provincial en planta permanente con la categoría 10 y que posean una antigedad igual o mayor a los veinte 20 años en esa planta al 31 de diciembre del año 2010, otorgándoles seis 6 categorías;
Que en segundo orden, se acordó el ingreso a planta permanente del personal designado sin estabilidad y en los términos de la Ley Nº 1831 con Jefaturas de Departamento, División y Sección, con reconocimiento a una recategorización en función a la antigedad detentada en la Administración Pública Provincial, todo ello de acuerdo a las pautas previstas en el acta pertinente;
Que en tercer término, las partes aunaron criterios respecto al ingreso a la planta permanente del personal contratado durante los años 2008 y 2009, fijándose los requisitos y condiciones para efectivizar dicha incorporación;
Que finalmente se pactó recategorizar al personal que ingresó a la planta permanente de la Administración Pública y que revistaba en planta contratada hasta el año 2007, reconociéndoles una 1 categoría por cada tres 3 años de servicios al 30 de junio de 2011, según los términos y condiciones allí especificados;
Que cabe tener presente que dichas iniciativas fueron aprobadas por unanimidad por los integrantes de la Mesa Paritaria, por lo cual la Autoridad Administrativa del Trabajo elevó las actuaciones a este Poder Ejecutivo para su consideración;
Que en virtud a lo expuesto, al estado de las actuaciones y con arreglo a lo preceptuado por el Artículo 13 de la Ley Nº 2986, corresponde homologar los acuerdos alcanzados;
Por ello y atento a Nota SL y T-GOB-Nº 832-11, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 8;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- HOMOLOGAR los acuerdos celebrados el día 29 de junio del año 2011 entre el Poder
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4592 DE 22 PAGINAS

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Ejecutivo Provincial, la Unión Personal Civil de la Nación U.P.C.N., la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial A.P.A.P. y la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E. en el marco de la Negociación Colectiva de la Administración Pública Provincial, en lo concerniente a otorgar una recategorización para los empleados públicos con antigedad superior a los 20 años y el pase a planta permanente del personal designado con Jefaturas de Departamento, División y Sección en los términos de la Ley Nº 1831 y del personal contratado durante los años 2008 y 2009, en la forma y condiciones establecidas en el acta labrada al efecto, la cual como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 2º.- ENCOMENDAR a los titulares de los Ministerios, entes y organismos Descentralizados a disponer de la realización de los trámites administrativos pertinentes para que procedan a concretar el nombramiento del personal comprendido en el acuerdo que por el presente se homologa, previa verificación y control de los requisitos y condiciones allí previstas.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Gobierno Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, quien realizará las comunicaciones de práctica a sus efectos, tomen conocimiento Jefatura de Gabinete de Ministros y a los Ministerios de Gobierno, de Economía y Obras Públicas, de Desarrollo Social, de Salud, de la Secretaría General de la Gobernación y de la Producción, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Dr. Pablo Gerardo González C.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 1541
RIO GALLEGOS, 22 de Julio de 2011.VIS TO :
El Expediente MSGG-Nº 325.188/11; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar en todos sus términos el Convenio Marco de Colaboración, suscripto con fecha 26 de Mayo del año 2011, entre Casa de la Provincia de Santa Cruz con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dependiente del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, representada por su Secretario de Estado Director, don Mario Alfredo METAZA, por una parte y, por la otra Casa de la Provincia de Jujuy, representada por su Secretaría de Estado Representante Oficial del Gobierno de Jujuy en Buenos Aires, Doctora Olga BADRA, el cual forma parte integrante del presente;
Que por el citado convenio ambas partes se comprometen a promover la cooperación y el intercambio entre las instituciones y los agentes culturales de cada provincia, fomentando todas las labores que contribuyan al mejor conocimiento de sus respectivas culturas, de sus hechos históricos, de sus costumbres y de sus principales actividades intelectuales y científicas;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 511/11, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 9;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Convenio Marco de Colaboración, suscripto con fecha 26 de Mayo del año 2011, entre Casa de la Provincia de Santa Cruz con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dependiente del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, representada por su Secretario de Estado Director, don

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/5/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date22/05/2012

Page count22

Edition count1774

First edition19/02/2002

Last issue06/08/2024

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