Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/2/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4

vértice Sud Oeste Punto 2 sobre la margen Norte del Río Fitz Roy a 3.000 mts., del punto anterior, su vértice Nord Este punto 3 s/margen O. del Río de Las Vueltas a 3.000 mts. del Norte del Punto 1 y su vértice Nord Oeste en un punto 4 situado a 3.000
mts. al Norte, del vértice 2 dirección Norte y en línea recta desde allí hasta el vértice 3, lo que queda determinado con nomenclatura catastral: 71-0000-2019.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno y los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y Obras Públicas y Secretaría General de la Gobernación. Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA Lic. Paola Natalia Knoop
C.P.N. Roberto Ariel Ivovich Ingº. Francisco Juan Oscar Anglesio ________

RESOLUCION
I.E.S.C

RESOLUCION Nº 172
RIO GALLEGOS, 08 de Diciembre de 2011.VISTO:
El Expediente Nº 000.383/2011 del Instituto de Energía de la Provincia, que caratula AJUSTE DE
TARIFAS y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional N 44 de 1991, reglamenta el transporte de hidrocarburos realizado por oleoductos, poliductos y/o cualquier otro servicio prestado por medio de instalaciones permanentes y fijas vinculado con dicho transporte.Que el Artículo 7º del mencionado decreto faculta a la Autoridad de Aplicación a aprobar las tarifas aplicables a los cargadores por los servicios de transportes de hidrocarburos por oleoductos, gasoductos, poliductos y/o cualquier otra instalación permanente y fija para el transporte, carga, despacho, infraestructura de captación, de compresión, acondicionamiento y tratamiento de hidrocarburos. Que la Ley Nacional 26.197 dispone en su Artículo 2 que a partir de su promulgación, las provincias asumirán en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios y en el lecho y subsuelo del mar territorial del que fueren ribereñas; quedando transferidos de pleno derecho todos los permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos, así como cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos otorgado o aprobado por el Estado Nacional en uso de sus facultades, sin que ello afecte los derechos y las obligaciones contraídas por sus titulares.Que la Ley Provincial N 3067, de creación del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, erige al mencionado Instituto de Energía en Autoridad de Aplicación en la Provincia el Decreto 1649/10
aprueba el Reglamento Orgánico Funcional del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz;
Que tras diversas actualizaciones, mediante la Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación N
05/2004 se aprueban las tarifas máximas a aplicar en la materia.Que la Resolución 963/2004 y la Resolución 972/2005
ambas de la Secretaría de Energía de la Nación, prorrogan por ciento ochenta 180 días el cuadro tarifario impuesto por la Resolución 04/2004.Que la Resolución 118/2011 de la Secretaría de Energía de Nación, realiza una nueva actualización de tarifas máximas.Que obra a fs. 74 informe de la Subgerencia de Control de Regalías e Inversiones que da cuenta de la forma en que progresivamente la legislación vigente y anteriormente descripta en el presente, ha ido adaptando el cuadro tarifario a la realidad imperante. Que a instancias de la Empresa TERMAP S.A. se
RIO GALLEGOS, 07 de Febrero de 2012.propicia un ajuste del cuadro tarifario que permita afrontar los costos operativos y el plan de inversiones y mantenimiento previsto, garantizando la integridad de las instalaciones, la seguridad de las personas y los procesos.Que cuenta con Dictamen Legal favorable;
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO
DE ENERGÍA DE LA PROVINC1A
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR las tarifas máximas correspondientes a los sistemas de transporte y almacenaje de petróleo crudo indicados en el ANEXO 1
que como parte integrante de la presente se acompaña, las que reemplazarán a las aprobadas mediante la Resolución N 05 de 2004 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.ARTICULO 2o.- Los valores tarifarios a que refiere el Artículo 1o de la presente Resolución, tendrán un vigencia de CINCO 05 años contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial, salvo que motivos de razón suficiente invocados por las partes involucradas, lleven a una nueva revisación y eventual modificación por parte de la Autoridad de Aplicación.ARTICULO 3.- Las inversiones proyectadas por los transportistas para asegurar la calidad del servicio y las condiciones de seguridad operativa del sistema de transporte de que se trate, serán oportunamente auditadas por la Autoridad de Aplicación, dado que al ser incluidas en el cálculo tarifario respectivo revisten el carácter de inversiones comprometidas por parte de aquellos.ARTICULO 4.- Notifíquese a la empresa interesada.ARTICULO 5.- Regístrese y cumplido archívese.Lic. JUAN ANTONIO FERREIRO
Presidente Instituto de Energía Santa Cruz ANEXO I
TERMINALES MARITIMAS

BOLETIN OFICIAL

RESOLUCIONES
SINTETIZADAS
I.D.U.V.

RESOLUCION Nº 0014

RIO GALLEGOS, 10 de Enero de 2012.Expediente IDUV Nº 054.012/2012.APROBAR la Documentación Técnica elaborada por la Dirección General de Programas Habitacionales de este Organismo que consta de Pliego de Bases Generales Reglamentarias, Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, Anexo, Planillas y Planos del Llamado a Licitación Pública IDUV Nº 01/2012, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: REDES DE INFRAESTRUCTURA URBANIZACION 270 LOTES PLANES FEDERALES DE VIVIENDA EN PUERTO
DESEADO, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.LLAMAR a Licitación Pública IDUV Nº 01/2012, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: REDES DE INFRAESTRUCTURA URBANIZACION 270 LOTES PLANES FEDERALES DE VIVIENDA EN PUERTO DESEADO, fijándose la fecha de apertura de las ofertas el día 24 de Febrero de 2012 a las 11:00 hs., en la Sede IDUV Don Bosco Nº 369 de Río Gallegos.La venta y/o consulta de Pliegos se efectuará en el Departamento Tesorería de este Organismo sito en la calle Don Bosco Nº 369 de esta ciudad Capital, a partir del 20 de Enero de 2012, siendo el valor del mismo de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA
Y DOS $ 5.242,00.-, ascendiendo el Presupuesto Oficial a la suma de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA $ 10.484.450,00.- a razón de PESOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SIETE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS $ 2.133.907,92.- Renglón 1 y PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y DOS CON OCHO CENTAVOS
$ 8.351.542,08.- Renglón 2.________
RESOLUCION Nº 0015

Las tarifas no incluyen IVA.


RESOLUCION
SINTETIZADA
C.A.P.

RESOLUCION Nº 615

RIO GALLEGOS, 31 de Octubre de 2011.Expediente Nº 488.251/11.Establecese, a partir del día de la fecha, que el valor de la tierra en zonas periurbanas de las localidades de Jaramillo, Fitz Roy y Tres Lagos es de 1,1 módulos el metro cuadrado, y en Hipólito Yrigoyen 2,2 módulos el metro cuadrado.Establecese, que la forma de pago se especificará en cada caso particular según el proyecto productivo basándose el mismo en los tiempos que conlleve cada tipo de producción.En cada adjudicación en particular se instaurarán los requisitos a cumplimentar teniendo en cuenta cada proyecto específico y la zona a desarrollarse, de acuerdo con los considerandos del presente acuerdo.Dejase establecido que el presente instrumento legal deja sin efecto a cualquier otro que se contraponga al mismo.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4560 DE 12 PAGINAS

Dra. SILVIA G. BATAREV
Presidente Consejo Agrario Provincial P-2

RIO GALLEGOS, 10 de Enero de 2012.Expediente IDUV Nº 054.015/2012.APROBAR la Documentación Técnica elaborada por la Dirección General de Programas Habitacionales de este Organismo que consta de Pliego de Bases Generales Reglamentarias, Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, Anexo, Planillas y Planos del Llamado a Licitación Pública IDUV Nº 02/2012, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: AMPLIACION SECTOR
AULAS EGB Nº 62 EN RIO GALLEGOS, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.LLAMAR a Licitación Pública IDUV Nº 02/2012, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: AMPLIACION SECTOR AULAS EGB Nº 62 EN RIO
GALLEGOS, fijándose la fecha de apertura de las ofertas el día 24 de Febrero de 2012 a las 11:00 hs., en la Sede IDUV Don Bosco Nº 369 de Río Gallegos.La venta y/o consulta de Pliegos se efectuará en el Departamento Tesorería de este Organismo sito en la calle Don Bosco Nº 369 de esta ciudad Capital, a partir del 20 de Enero de 2012, siendo el valor del mismo de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS
SESENTA $ 1.460,00.-, ascendiendo el Presupuesto Oficial a la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA MIL $ 1.460.000,00..________
RESOLUCION Nº 0071
RIO GALLEGOS, 17 de Enero de 2012.Expediente IDUV Nº 053.645/2011.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/2/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date07/02/2012

Page count12

Edition count1774

First edition19/02/2002

Last issue06/08/2024

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