Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 06 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 2

Banco de Desarrollo de Jujuy 27/30 DIC. 03/06/08/10/13/15/17 ENE. 2020
Banco de Desarrollo de Jujuy S.E en adelante el BANCO.Visto el Acta de Directorio N 33 de fecha 26/12/2019 y la Ley Provincial N
5994; CONSIDERANDO:
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes de diciembre de 2019
siendo las once 11 hs. se reúne el Directorio del BANCO DE DESARROLLO
DE JUJUY S.E. la Sociedad, con intervención de la Gerencia General, y del encargado del Área Resguardo de Activos. Toma la palabra el señor Marcelo Horacio Fernández, Presidente, e informa que se encuentra reunido el quórum requerido por los estatutos sociales y la Ley 19.550 y sus modificatorias, a los fines de llevar adelante la presente reunión. A continuación, el señor Presidente, procede a dar lectura del primer y único punto del orden del día: Consideración del otorgamiento de una prórroga de los plazos fijados para la presentación de propuestas en el marco de la Licitación Nacional e Internacional sobre Licencias de juego on-line. En uso de la palabra, el señor Presidente, expresa que en el marco de la situación política actual del país, y considerando el tratamiento del proyecto de ley denominado Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública presentado ante el Congreso Nacional y ante la incertidumbre de su resultado y de las posibles medidas que el Gobierno Nacional tome y sus posibles consecuencias, es que resulta conveniente considerar el otorgamiento de una prórroga de los plazos fijados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el Otorgamiento de Licencias de Juego On Line el Pliego y en la Resolución Nº 330-D/2019
publicada por la Sociedad en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy en fecha 6
de diciembre de 2019 la Resolución, aprobados por el presente Directorio con fecha 21-11-2019 en el marco de la Licitación Nacional e Internacional sobre Licencias de juego on-line, para la presentación de propuestas de los potenciales postulantes a los efectos de obtener las licencias de juego on-line. Luego de una breve deliberación, por unanimidad de votos presentes RESUELVE
ARTICULO 1.- Aprobar el otorgamiento de una PRÓRROGA DE LOS
PLAZOS FIJADOS en el Pliego y en la Resolución para la presentación de propuestas de los potenciales postulantes a los efectos de obtener las LICENCIAS
DE JUEGO ON-LINE, por el término de NOVENTA Y NUEVE 99 DÍAS
corridos, estableciéndose en consecuencia como nueva fecha, hora y lugar para la recepción de la documentación exigida en el Pliego, el día 15-04-2020 a las once 11:00 horas en sede central del Banco de Desarrollo de Jujuy SE, sito en calle San Martín N 1112 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, momento en el cual también se llevará a cabo la apertura de las propuestas.ARTICULO 2.- Efectuar las publicaciones necesarias en los diarios Pregón y Tribuno de Jujuy por el termino de siete 7 días, en el diario Clarín por el termino de cinco 5 días y en Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy por el termino de nueve 9 días, con el objeto de comunicar la prórroga otorgada.ARTICULO 3.- Autorizar a Resguardo de activo a realizar todos los actos necesarios o convenientes a fin de coordinar las publicaciones aprobadas en el Articulo 2 precedente.C.PN. Marcelo Horacio Frenandez Banco de Desarrollo de Jujuy 27/30 DIC. 03/06/08/10/13/15/17 ENE. 2020

MUNICIPIOS - COMISIONES MUNICIPALES

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE YALA
RESOLUCION N 1 CONCEJO DELIBERANTE YALA 2019
VISTO:
La Ley Nº 5881 de creación de la Municipalidad de Yala y la convocatoria a sesión preparatoria por el Decreto Nº 222/19 PCMY
CONSIDERANDO:
Siendo las 18 30hs del 6 de Diciembre del 2019, estando presentes los Sres.
Santiago Tizón, Sr. Santiago Bejarano, Sr. Juan Gabriel Raúl Cabezas y el Sr.
Mario Manuel Santiago Machaca; habiendo quórum para sesionar;
No habiendo recibido impugnaciones al diploma de ninguno de los electos, se procede a aprobar los diplomas y recibir juramento.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las elecciones municipales del 9 de Junio del 2019
Conforme Art. 78 Ley Nº 4466
Artículo 2.- Aprobar el Diploma de Intendente del Yala del Dr. Santiago Tizón DNI 33.236.599 por el periodo del 10 de Diciembre 2019 al 10 de Diciembre del 2023.Artículo 3.- Aprobar los diplomas de Concejales por el periodo del 10 de Diciembre 2019 al 10 de Diciembre del 2023 de los Sres.: Santiago Bejarano D.N.I. 8.303.262 y Juan Gabriel Raúl Cabezas D.N.I. 33.236.477 Conforme Art.
78 Ley Nº 4466 y Ley Nº 6109.-

Artículo 4.- Aprobar los diplomas de Concejales por el periodo del 10 de Diciembre 2019 al 10 de Diciembre del 2021 de los Sres. Mario Manuel Santiago Machaca y Gabriela de los Ángeles Chapor D.N.I. 28.646.267 Conforme Art. 78
Ley Nº 4466 y Ley Nº 6109.
Artículo 5.- Recibir juramento del Sr. Intendente de la Municipalidad de Yala Dr.
Santiago Tizón.Artículo 6.- Efectuar la elección de autoridades del Concejo Deliberante por el periodo del 10 de Diciembre 2019 al 10 de Diciembre del 2020, que quedara conformado:
Presidente: Santiago Bejarano.
Vicepresidente 1º: Juan Gabriel Cabezas.
Vicepresidente 2º: Mario Manuel S. Machaca.
Secretario parlamentario: Jorge Nicolás Almada Murillo D.N.I. 14.787.741.Artículo 7.- Recibir juramento de ley a los Concejales y Secretario Parlamentario.
Artículo 8.- Efectuar cuarto intermedio de la sesión preparatoria el sábado 7 de Diciembre a las 18: 30 hs. para recibir juramento a la Sra. María de los Ángeles Chapor.Artículo 9.- Publíquese en el Boletín Oficial.San Pablo, Municipalidad de Yala, a los 06 días del mes de diciembre de 2019.Santiago Bejarano Presidente CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUYALA
RESOLUCION N 2 Concejo Deliberante Yala-2019.VISTO:
La Ley Nº 5881 de creación de la Municipalidad de Yala y la convocatoria a sesión preparatoria por el Decreto Nº 222/19 PCMY
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1/19 CDY se paso a cuarto intermedio la sesión preparatoria, que estando presente el Presidente del Concejo Santiago Bejarano, los Concejales Juan Gabriel Cabezas, Mario Manuel Machaca y Gabriela de los A
Chapor.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA RESUELVE:
Artículo 1.- Recibir juramento como Concejal e incorporar al Concejo a Gabriela de los Angeles Chapor DNI 28.646.267.
Artículo 2.- Téngase por constituido como domicilios electrónicos los siguientes:
Santiago Tizón: santizon@hotmail.com Santiago Bejarano: santiagobejaranoconsejal@gmail.com Juan Gabriel Cabezas: juan_cabe2 @hotmail.com Mario Manuel Machaca: mariomanuelcd@gmail.com Gabriela de los Ángeles Chapor: gabrielachapordemendoza@gmail.com Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial.San Pablo, Municipalidad de Yala, a los 07 días del mes de diciembre de 2019.Santiago Bejarano Presidente RESOLUCION N 3 Concejo Deliberante Yala-2019.VISTO:
La convocatoria a sesión extraordinaria por el Decreto Nº 10/19 IMY
CONSIDERANDO:
Estando presente el Presidente del Concejo Santiago Bejarano, los Concejales Juan Gabriel Cabezas y Mario Manuel Machaca.
La nota Nº 064-XII-19 de renuncia al cargo de la Concejal Gabriela de los Ángeles Chapar, que se encuentra asumida y en ejercicio del citado cargo electivo;
Que de conformidad con los Arts. 52 y 56 del Código Electoral Provincial Ley Nº 4164 y el Art. 86 Inc. 13 de la Constitución Provincial, en caso de renuncia le corresponde asumir al 1º candidato suplente de la respectiva lista partidaria;
En este caso, conforme la resolución del Tribunal Electoral de la Provincia, el primer candidato suplente de la lista del Partido Socialista Nº 50 es el Sr. Mariano Mendoza;
Que el Concejo Deliberante es Juez de los diplomas y títulos de sus miembros, y es de su competencia llamar a cubrir las vacantes producidas art.80 Ley 4466;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia al cargo de Concejal de la Sra. Gabriela de los Ángeles Chapor DNI 28.646.267 presentada por nota Nº 064-XII-19
Artículo 2.- Llamar a integrar el Concejo Deliberante al suplente 1º de la lista de Concejales de la Municipalidad de Yala del Partido Socialista, al Sr. Mariano Mendoza DNI 26.055.188
Artículo 3.- Aprobar y expedir el diploma de Concejal -por el periodo del 10 de Diciembre del 2019 al 10 de Diciembre del 2021- al Sr. Marino Mendoza DNI
26.055.188
Artículo 4.- Se toma juramento de ley al Sr. Marino Mendoza DNI 26.055.188 y queda incorporado al cuerpo.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial.
San Pablo, Municipalidad de Yala, a los 13 días del mes de diciembre de 2019.Santiago Bejarano Presidente
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date06/01/2020

Page count8

Edition count1233

First edition10/01/2018

Last issue10/07/2024

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