Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 06 de 2020.-

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Boletín Oficial Nº 2

geomembrana se coloca una capa de suelo vegetal para permitir el crecimiento de la vegetación sobre nivel y perfilando la superficie en forma de bóveda favoreciendo así el escurrimiento del agua de lluvia hacia el canal perimetral. Los posibles lixiviados serán conducidos hasta una cámara de control, donde se podrá tomar muestras del lixiviado que podría generarse.- El presente proyecto cuenta con Pre factibilidad Ambiental otorgada por la Secretaría de Calidad Ambiental mediante Resolución N 422-SCA/2019
y el Informe de Impactos Ambientales se encuentra a disposición del público en general para su consulta, en las oficinas de la secretaría de Calidad Ambiental, sita en calle República de Siria N 147, 3 piso, de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- Fdo. Téc.
Leañez Diego.30 DIC. 03/06 ENE. LIQ Nº 19979 $615,00.Referencia Expediente N 1101-433-C-2019 Resolución 493-SCA/2019 de la Secretaría de Calidad Ambiental dependiente del Ministerio de Ambiente de Jujuy.- La empresa CIGARRILLOS Y TABACOS S.A. ha solicitado la prefactibilidad ambiental para el proyecto Planta de Fabricación de Cigarrillos a ejecutarse en la Localidad de Palpalá Provincia de Jujuy. El proyecto consistirá en la instalación y operación de una nueva planta de fabricación de cigarrillos de la empresa CIGARRILLOS Y TABACOS
S.A. en un inmueble ubicado en Calle Colectora sobre Ruta Nacional N 66 de la localidad de Palpalá Jujuy. El correspondiente Estudio de Impacto Ambiental Simplificado se encuentra a disposición del público en general para su consulta, en las oficinas de la Secretaría de Calidad Ambiental, ubicada en República de Siria N147, Piso 3, de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial. Asimismo se expresa que se emite la presente declaración en cumplimiento de lo dispuesto por la Autoridad Ambiental según Resolución N 493-SCA/2019 de fecha 26 de Diciembre del 2019, para ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.30 DIC. 03/06 ENE. LIQ Nº 19993-19994-19995 $615,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-115663/18, caratulado: Ejecutivo: BURGOS RAFAEL EDUARDO c/
GUTIERREZ WALTER FABIAN, se hace saber al demandado Sr. GUTIERREZ
WALTER FABIAN, la siguiente Sentencia: San Salvador de Jujuy, 10 de Octubre de 2019.- Autos y Vistos:Considerando:Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr.
Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. GUTIERREZ WALTER FABIAN, a merito de las facultades conferida a fs. 45.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BURGOS RAFAEL EDUARDO, en contra de GUTIERREZ WALTER FABIAN, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Ochenta y Seis Mil $86.000, con más las costas del juicio y el interés a la TASA
ACTIVA cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Santiago Eugenio Chávez en la suma de Pesos Diez Mil Trescientos Ochenta y Cinco $10.385 y la Dra. Verónica Analía Verdun en la suma de Pesos: Diez Mil Trescientos Ochenta y Cinco $ 10.385 conforme lo dispuesto por el art. 35 de la ley 6112 atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado acaecido, suma, ésta, calculada a la fecha del presente y la que sólo en caso de mora devengará interés a Tasa Activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, con mas I.V.A. si correspondiere.- III.- Notificar la presente resolución a la accionada en la persona del Sr.
Defensor Oficial de Pobres y Ausente y mediante Edictos.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.Fdo. Dra. Liz Valdecantos BernalJuezAnte mi: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art.
162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaria.- Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.San Salvador de Jujuy, 10 de Octubre de 2019.-

hará por tres 3 veces en cinco 5, de conformidad a lo establecido por el Art. 203 del C.P.P. , bajo apercibimiento de declarar su rebeldía si dejara de concurrir sin causa debidamente justificada Art. 120 del C.P.P..- Fdo. Dr. Aldo H. LozanoAgente Fiscal:
Dr. Guillermo D. NavarroSecretario.- Publíquese por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial.- Unidad Fiscal de Delitos Económicos y contra la Administración Pública, 16 de Diciembre de 2019.03/06/08 ENE. S/C.El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaria N 3, en el EXPTE. N C-123597/2018 caratulado: Sumario para añadir apellido materno solicitado por Navarro Anahi Laura Romina c/ Carlos Alberto Martínez, procede a notificar los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 20 de septiembre de 2019. I.Proveyendo a la presentación de fs. 44 y la pretensión de la actora, corresponde reconducir el presente proceso como sumario para añadir apellido materno, solicitado por NAVARRO ANAHI LAURA ROMINA, contra CARLOS ALBERTO MARTINEZ, respecto de la menor J.G.M. de conformidad a lo normado por el art. 84 y demás concordantes de la ley N 26413 y Código Civil y Comercial de la Nación. A tales efectos remítanse las presentes actuaciones a la Mesa General de Entradas para su correcta registración. 2- Désele el trámite de Proceso Sumario en términos del art. 381 y demás siguientes y concordantes del C.P.C. 3.-Admítase la documentación presentada y téngase presente la demás ofrecida. 4- De la demanda promovida córrase traslado por el termino de diez días al demandado CARLOS ALBERTO MARTINEZ, DNI N
31.704.434, en el domicilio de calle Independencia N 257 de esta ciudad, bajo apercibimiento de ley. 5- Intimase al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de los tres km. del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de la Ley art.52 del C.P.C. 6-Notificaciones en Secretaría Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado. 7-Impóngase a la letrada Soledad P. Navarro la confección del oficio y mandamiento correspondiente para su posterior control y firma a titulo de colaboración arts. 50 y 72 del C.P.C. 8-Notifíquese art. 155 del C.P.C. Fdo.
Dr. Diego A. PucaJuezAnte mi Dra. Agustina María NavarroProsecretaria Técnica del Juzgado. San Salvador de Jujuy, 06 de noviembre de 2019. 1-Dese cumplimiento a lo ordenado a fs. 46 apartado 1.- in fine, remítanse las presentes actuaciones a Mesa General de Entradas, a los fines de ser caratulada como Sumario para añadir apellido materno, solicitado por Navarro Anahi Laura Romina c/ Carlos Alberto Martínez. 2.Atento a las constancias de autos, líbrese edictos a fin de notificar al demandado del proveído de fs.46 de los presentes autos el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y en caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. 3Notifíquese Art.155 del C.P.C. Ofíciese, debiendo el letrado confeccionar las diligencias para su correspondiente control y firma. Fdo. Dr. Diego Armando PucaJuezAnte Mi Dra. Buljubasich Natacha, Prosecretaria Técnicas del Juzgado. Publíquese por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y un Diario Local. San Salvador de Jujuy, 25
de noviembre de 2019. Dra. Buljubasich Natacha, Prosecretaria Técnicas del Juzgado.06/08/10 ENE. LIQ. Nº 19984 $615,00.POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, Área de Sumarios Dependiente de Unidad Regional CincoLa Quiaca - EXPTE. ADMINISTRATIVO N 40-JURC/19 Rfte.
Actuaciones Sumarias Administrativas por Infracción del Art. 15º Inc. D agravado por el Art. 40º Inc. C y G del R.R.D.P., donde Resulta Infractor: Oficial Sub. Inspector Leg. Nº 16.931 ARIEL EUSEBIO TOLABA, Hecho Ocurrido: 24-05-18 Al 27-06-18;
por la presente se cita al Oficial Sub-Inspector Leg. Nº 16.931 Ariel Eusebio Tolaba para que haga presente en esta Jefatura Unidad Regional Cinco La Quiaca en el término de 48 cuarenta y ocho horas de su notificación, en el horario de 18:00 a 21:00 por ante el Crio. Insp. Gustavo Laureano a los efectos de hacerle conocer causa de imputación administrativa y recepcionarle declaración indagatoria en la causa citada en epígrafe conforme lo previsto en el Art. 47 y 50 del R.N.S.A. San Salvador de Jujuy, 03 de enero.
Fdo. Gustavo Ceferino Laureano - Comisario.06/08/10 ENE. S/C.-

03/06/08 ENE. LIQ. Nº 20001 $615,00.-

EDICTOS SUCESORIOS

Dr. Aldo Hernán Lozano-Agente Fiscal de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Económicos y contra la Administración Pública de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N
P-195629-MPA/17, recaratulado: SANTOS, BRUNO EMANUEL; FERREYRA, HECTOR DANIEL; VELAZQUEZ, DAVID VALENTIN Y UNA PERSONA A
ESTABLECER P.S.A. ROBO EN POBLADO Y EN BANDA CALIFICADO POR EL
USO DE ARMA DE FUEGO. CIUDAD.- Recaratulado: FERREYRA, HECTOR
DANIEL; SANTOS BRUNO Y VELAZQUEZ, DAVID VALENTIN P.S.A. ESTAFA.FERREYRA, HECTOR DANIEL P.S.A. FALSA DENUNCIA EN CONCURSO
REAL-CIUDAD, de conformidad al Art. 203 del C.P.P., por el presente se procede a notificar al llamado HECTOR DANIEL FERREYRA, que en la causa de mención se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 16 de diciembre de 2019.Atento al estado de trámite y sin perjuicio de lo dispuesto a fs. 271, corresponde notificar mediante edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de esta provincia, al imputado HECTOR DANIEL FERREYRA, de 29 años de edad, con DNI N 35.558.855, nacido en fecha 07-07-1990, con ultimo domicilio conocido en Ruta Provincial N 505, Dpto. 3
del B Chijra de esta ciudad de la Provincia de Jujuy, a los fines de que se haga presente ante esta Unidad Fiscal sita en Avda. Urquiza N 462-ciudad a estar en derecho en la presente causa, en el término de cinco 5 días a partir de esta ultima publicación que se
Ref. Expte. N D-031310/19 Caratulado: Sucesorio Ab Intestato de Don NAZARIO
LUCIO HUMBERTO. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaria N 18, cita y emplaza por treinta días a herederos de Don NAZARIO, LUCIO HUMBERTO DNI N 8.200.958, en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días. Dra. Mariana Valeria Palavecino Prosecretaria Técnica Administrativa. San Pedro de Jujuy, 28 días del mes de noviembre de 2019.06/08/10 ENE. LIQ. Nº 19926 $205,00
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 Secretaría N 3. Cita y emplaza por treinta días a herederos de PEÑA ADRIANA ELENA DNI. N
F.2.792.022. Publíquese por un día en el Boletín Oficial; y en un Diario Local por tres 3 veces en cinco 5 días. Juez Dr. Puca Diego Armando. Prosecretaria. Proc. Agustina Navarro. San Salvador de Jujuy, 19 de Diciembre de 2019.06 ENE. LIQ. Nº 20010 $267,00

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date06/01/2020

Page count8

Edition count1234

First edition10/01/2018

Last issue12/07/2024

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