Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas en el artículo anterior".
Art. 3º: Incorpórase como artículo 20 bis de la Ley 8.973, el siguiente texto:
Artículo 20 bis: Además de la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos - o el organismo que en el futuro lo reemplace será autoridad de aplicación de los artículos 5 bis y 5 ter, el ente regulador respectivo.
Art. 4º: Sustituyáse el artículo 21 de la Ley N 8.973 por el siguiente texto:
Artículo 21: Los sujetos obligados por la presente, que realicen las prácticas abusivas contrarias al trato digno dispuestas por la Ley 24.240, serán sancionados con multa, la que será graduada parla autoridad de aplicación en los términos que fije la reglamentación; y/o con la clausura del local por hasta diez 10 días.
En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la reglamentacíón. A tales efectos, se considera reincidencia toda nueva infracción cometida en el término de un año contado a partir del dictado de la resolución firme que establece la sanción.
Art. 5º: Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 15 de agosto de 2013
Ester González Vicepresidente 1 H.C. de Senadores a/c de la Presidencia Mauro G. Urribarri Secretario H.C. de Senadores José Angel Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 29 de agosto de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 29 de agosto de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10236. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10237
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación tres 3 fracciones de terrenos ubicados en la ciudad de San Salvador, departamento San Salvador, Concesión 141, que seguidamente se detallan:
1 Una fracción de terreno de cinco mil trescientos noventa y ocho metros cuadrados con ochenta y tres centímetros cuadrados 5.398,83 m2., que es parte integrante de un inmueble de mayor superficie ubicado en la manzana 2, lote 11, domicilio parcelario esquina de Avenida de La Paz y calle Teniente Gutierrez de la ciudad de San Salvador, matrícula 100.603, plano N 33707, propiedad de Zegarelli Federico y Zegarelli Georgina; con los siguientes límites y linderos:
NORESTE: recta al rumbo S 45 39 E de noventa y ocho metros con ochenta centímetros 98,80 metros de longitud divisoria con Federico Zegarelli y Georgina Zegarelli de 98,80 metros de longitud.
SURESTE: recta al rumbo S 44 21 O de cincuenta y seis metros con cuarenta y cuatro centímetros 56,44 metros de longitud divisoria con calle Colonia San Gregorio.
SUROESTE: tres rectas a saber: al rumbo N
45 39 O de setenta y ocho metros con veinte centímetros 78,20 metros divisoria con Municipalidad de San Salvador; recta al rumbo N

BOLETIN OFICIAL
44 21 E de 9,87 metros nueve metros con ochenta y siete centímetros y recta al rumbo N 45 39 O de veinte metros con sesenta centímetros 20,60. metros, estas dos últimas divisorias de un lote deslindado de esta manzana.
NOROESTE: recta al rumbo N 44 21 E de cuarenta y siete metros 47,00 metros divisoria con Avenida de La Paz.
2 Una fracción de terreno de seis mil doscien to s c in cue nta metros cuadrados, con ochenta y ocho centímetros cuadrados 6.250,88 m2. ubicado en la manzana 5, lote 9, domicilio parcelario esquina de Avenida de los Rusos y calle Alberto T. Velzi, de la ciudad de San Salvador, matrícula N 100.602, plano N 33.705, propiedad de los señores Zegarelli Federico y Zegarelli Georgina con los siguientes límites y linderos:
NORESTE: recta al rumbo S 45 39 E de sesenta y cuatro metros con setenta y cinco centímetros 64,75 metros de longitud divisoda con calle Hipólito Irigoyen.
SURESTE: recta al rumbo S 44º 21 O. de cien metros con setenta centímetros 100,70
metros . de longitud divisoria con calle Alberto T. Velzi.
SUROESTE: recta al rumbo S 45 39 O de cincuenta y nueve metros con cuarenta centímetros 59,40 metros divisoria con Avenida de Los Rusos.
NOROESTE: recta al rumbo N 44 18 E de cien metros con ochenta y cuatro centímetros 100,84 metros divisoria con Sucesión de José Salud y otros.
3 Una fracción de terreno de seis mil cuatrocientos ochenta y cuatro metros cuadrados con veintinueve centímetros cuadrados 6.484,29
m2. que es parte integrante de un imnueble de mayor superficie ubicado en la manzana 6, lote 10, domicilio parcelario esquina de calles Colonia San Gregorio y Teniente Gutiérrez de la ciudad de San Salvador, matricula N100.601, plano N 33.706, propiedad de los señores Zegarelli Federico y Zegarelli Georgina con los siguientes límites y linderos:
NORESTE: recta al rumbo S 45 39 E de noventa y nueve metros con diez centímetros 99,10 metros divisoria con Federico y Georgina Zegarelli.
SURESTE: recta al rumbo S 44 21 O de setenta metros 70,00 metros divisoria con calle Alberto T. Velzi.
SUROESTE: tres rectas a saber: al rumbo N
4539 O de sesenta y cinco metros con ochenta y dos centímetros 65,82 metros divisoria con calle Hipólito Irigoyen; recta al rumbo N
41 18 E de trece metros con ochenta y cuatro centímetros 13,84 metros y recta al rumbo N
4559 O de treinta y dos metros con cincuenta centímetros 32,50 metros, estas dos últimas divisorias con Municipalidad de San Salvador.
NOROESTE: rectas al rumbo N 44 21 E de cincuenta y seis metros con treinta y siete centímetros 56,37 metros divisoria con calle Colonia San Gregorio.Art. 2º: Los inmuebles individualizados en el artículo precedente serán destinados a la ampliación del Cementerio Municipal de la ciudad de San Salvador.Art. 3º: Facúltase a la Unidad de Control de Inmuebles a comunicar al Registro de la Propiedad Inmueble, la declaración de utilidad pública.Art. 4º: Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.Art. 5º: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias, a los efectos de atender el gasto que. demande lo dispuesto en la presen-

Paraná, viernes 20 de septiembre de 2013
te ley, una vez producida la tasación por parte del Consejo Provincial de Tasaciones.Art. 6º: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial para disponer la donación a favor de la Municipalidad de la ciudad de San Salvador, de los inmuebles individualizados en el Artículo 1.
Art. 7º: Comuníquese, etcétera.Paraná, Sala de Sesiones, 15 de agosto de 2013
José Angel Allende Presidente H.Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. Diputados José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.Cámara Senadores Paraná, 29 de agosto de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 29 de agosto de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10237. CONSTE Adán Humberto Bahl.

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 2035 MPIyS
Paraná, 5 de julio de 2013
Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a efectuar el llamado a licitación pública, para adjudicar la ejecución de la obra Restauración y Puesta en Valor Escuela N 5 Manuel Belgrano Paraná, Departamento Paraná, con un presupuesto oficial con valores al mes a febrero de 2013 de $
9.685.473,02, en concepto de Materiales y Mano de Obra y un plazo de ejecución de los trabajos de 730 días corridos, de conformidad a la documentación técnica aprobada por Resolución N 216 SSAyC de fecha 5 de mayo de 2013.
Encuadrando la presente gestión por el sistema de contratación, de conformidad a lo establecido en el artículo 9, inciso a y artículo 10, inciso a punto 1 por unidad de medida y artículo 12º primer párrafo, 1 parte del Decreto Ley de Obras Públicas N6351 y su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP, en concordancia con los pliegos aprobados por Decreto N 27/06 GOB, como así también el artículo 17, inciso a de la Ley 5140 de Administración Financiera de los Bienes y Contrataciones, t.u.o. por Decreto N 404/95 MEOySP, atento la incidencia en más de un ejercicio presupuestario.
Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, a invertir hasta la suma de $ 1.000.000, en el presente ejercicio presupuestario, con destino a la obra motivo de estos actuados.
DECRETO Nº 2036 MPIyS
Paraná, 5 de julio de 2013
Aprobando una partida inicial de $ 100.000, con destino a la obra Reparación de Sanitario Varones E.E.T. N 2 Almirante Guillermo Brown -ParanáDepartamento Paraná.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10, inciso a, apartado 4 y artículo 12, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351- ratificado por Ley N
7495 y concordantes de su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP y Decreto N 4693/91
MGJOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date20/09/2013

Page count26

Edition count4784

First edition01/12/2003

Last issue10/07/2024

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